BASES DE PARTICIPACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 59114001-002-08
RELATIVA A LA ADQUISICION DE
EQUIPO DE TRANSMISION Y RECEPCION SATELITAL.
GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ
DE IGNACIO DE LA LLAVE
RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
BASES
DE PARTICIPACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 59114001-002-08
RELATIVA A LA ADQUISICION DE EQUIPO DE TRANSMISION Y RECEPCION
SATELITAL.
La Subdirección Administrativa de
Radiotelevisión de Veracruz del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de
la Llave con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos 1, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 y demás
relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público; 26, 28 y 30 de su Reglamento; 40 y demás relativos de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz; 186 y 213 del Código Financiero del
Estado de Veracruz; ha publicado el día 15 de abril del
2008, en el Diario Oficial de la Federación y a través de las direcciones
electrónicas www.veracruz.compranet.gob.mx y www.rtv.org.mx,
CONVOCATORIA dirigida a todas
aquellas personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las
Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL No. 59114001-002-08,
RELATIVA A LA ADQUISICION DE EQUIPO DE TRANSMISION Y RECEPCION SATELITAL, por lo que los interesados deberán
sujetarse a las siguientes:
B A
S E S
CAPÍTULO I
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA
CONTRATACION
PRIMERA.- El objeto de la presente licitación lo
constituye la adquisición de equipo de transmisión y recepción satelital.,
de conformidad con las cantidades, especificaciones y características
establecidas en el anexo técnico de las presentes bases.
SEGUNDA.- Las personas o empresas interesadas podrán
participar por una, varias o la totalidad de las partidas en licitación,
admitiéndose sólo una opción de cotización, misma que deberá sujetarse a las
características, especificaciones y a las condiciones estipuladas en las
presentes bases de licitación y sus anexos.
TERCERA.- La adjudicación se efectuará por partida, al
licitante o licitantes que conforme al dictamen técnico-económico, haya
cumplido con los aspectos administrativos, técnicos y económicos establecidos
en las presentes bases de licitación y anexos, y que su oferta económica
resulte ser la solvente más baja y satisfactoria para la convocante.
Si resultare que dos o más
proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los
requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien
presente la proposición cuyo precio sea el más bajo; en igualdad de
condiciones, se dará preferencia a personas con discapacidad o a la empresa que
cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento,
cuando menos, de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea
inferior a seis meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al
régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.
CUARTA.- El o los licitantes que resulten adjudicados
deberán entregar los bienes objeto del
contrato, libre a bordo en el almacén de Radiotelevisión de Veracruz,
localizado en Cerro de la Galaxia s/n, Col. Unidad del Bosque, C.P. 91010, en
Xalapa, Ver., de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 15:00 y de 18:00 a
21:00 horas, dentro de un plazo de cuarenta y cinco días naturales
contados a partir de la firma del contrato.
QUINTA.- El pago de los bienes se hará dentro de los 20
días naturales, contados a partir de la entrega total de los mismos, previa
entrega de la factura.
SEXTA.- La facturación se efectuará a nombre de
Radiotelevisión de Veracruz, con RFC. RVE 990320 HG0. y domicilio fiscal en Cerro de la Galaxia
S/N, Col. Unidad del bosque, C.P. 91010, en Xalapa, Ver.
SEPTIMA.- Los participantes deberán sostener sus
precios por un término de 45 días, después de celebrada la junta de
presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas en términos del
artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios del Sector Público
y además se obligará a mantener en estricta confidencialidad toda la
información que de esta licitación se derive.
OCTAVA.- Todos los costos que erogue el participante
en la preparación y presentación de su propuesta serán totalmente a su cargo,
liberando al Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave de la
obligación de reintegrarlos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.
CAPÍTULO II
DESIGNACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LA
COMISION QUE TENDRÁ A CARGO EL PROCEDIMIENTO GENERAL DE LA LICITACIÓN
NOVENA.- De conformidad con el artículo 43 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la convocante
tendrá a su cargo el procedimiento general del concurso, mismo que estará a
cargo de una Comisión de Licitación integrada por servidores públicos de la
Subdirección Administrativa, la Subdirección de Recursos Materiales y la
Subdirección de Ingeniería de este Organismo.
A los actos de apertura de propuestas técnicas y económicas
concerniente al procedimiento de licitación, se invitará a los representantes de la Secretaría de
Finanzas y Planeación del Estado y de la Contraloría Interna de la Dirección
General de Comunicación Social.
DECIMA.- La Comisión de Licitación, tendrá amplias
facultades para aplicar las presentes bases y las leyes que sean relativas a la
licitación y será la única autoridad facultada para desechar cualquier
proposición que no sea presentada conforme a lo dispuesto por la convocatoria,
las presentes bases y sus anexos.
DÉCIMA PRIMERA.- Para los efectos anteriormente mencionados, el
domicilio de la Comisión de la Licitación será el ubicado en la Subdirección de
Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, sito en Cerro de la
Galaxia, S/N, Colonia Unidad del bosque, de la Ciudad de Xalapa, Ver., con
teléfonos 01 (228) 842 35 00 ext. 503 y 505.
CAPITULO III
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA
PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
DECIMA SEGUNDA.- En la presente licitación pública podrán
participar todas las personas físicas y morales legalmente constituidas
conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objeto social
corresponda específicamente al tipo de bienes requeridos en la presente
licitación, debiendo además, cumplir con los requisitos de la convocatoria,
bases, anexo técnico y los señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
DECIMA TERCERA.- No podrán participar las personas físicas o
morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en
los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas;
así como, aquellas personas que se
encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público.
DECIMA CUARTA.- En el caso de que los licitantes o sus
representantes asistan a los actos del proceso de licitación, deberán
registrarse dentro del lapso de los treinta minutos previos al inicio de cada
evento, debiendo acreditar su personalidad en el acto con una copia fotostática
del poder correspondiente e identificación oficial vigente y con fotografía
(original y copia).
DECIMA QUINTA.- Para efectos de pago de los bienes motivo de
la presente licitación; el o los proveedores
que resulten adjudicados deberá inscribirse, si no lo está, previo a la
formalización del contrato, en el Padrón de Proveedores del Poder Ejecutivo del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentando los siguientes
documentos:
I. Para las personas físicas: originales o
copias certificadas por Fedatario Público y copia fotostática para cotejo de:
acta de nacimiento, de identificación oficial, de la cédula de identificación
fiscal como contribuyente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de
las últimas declaraciones de las obligaciones fiscales.
II. Para las personas morales: originales
o copias certificadas por Fedatario Público y copia fotostática para cotejo de:
acta constitutiva de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro Público
de la Propiedad, de la cédula de identificación fiscal como contribuyente ante
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del poder general (para actos de
administración o de dominio) o especial (para intervenir en los procedimientos
a que esta Ley se refiere en nombre y representación del poderdante)
debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de las últimas
declaraciones de las obligaciones fiscales.
La inscripción al padrón de proveedores es
gratuita y se realizará en la Subdirección de Adquisiciones y Control de
Inventarios de la Secretaría de Finanzas y Planeación, en días hábiles de 8:30
a 14:30 horas y de 16:30 a 17:30 horas.
CAPITULO IV
DEL PROCEDIMIENTO DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA
DECIMA SEXTA.- El procedimiento de la presente licitación
pública nacional, se compondrá de la siguiente forma:
a).- Venta de bases;
b).-Junta de aclaraciones;
c).-Acto de presentación y apertura de proposiciones
técnicas y económicas;
d).- Elaboración de dictamen técnico económico; y
e).- Notificación de fallo.
DECIMA SEPTIMA.- Cuando en las diversas etapas o actos del
procedimiento de licitación, comparezca una persona distinta al representante o
apoderado legal de la empresa, deberá
exhibir al momento de su registro, carta poder simple específica para la
participación del acto que corresponda, debidamente firmada por el poderdante,
el aceptante y dos testigos, acompañado de una identificación oficial vigente y
con fotografía (original y copia).
Lo anterior con excepción del acto de suscripción del contrato, en
donde invariablemente deberá presentarse el representante o apoderado legal de
la empresa que cuente con poder general o
especial para suscribir el contrato que derive de la presente licitación.
CAPITULO V
DE LA VENTA DE BASES
DECIMA OCTAVA.- La venta de bases estará disponible en los
términos siguientes:
A) En la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de
Veracruz, con domicilio en Cerro de la Galaxia S/N, Colonia Unidad del Bosque
de la Ciudad de Xalapa, Ver., los días 15,
16, 17, 18, 21, 22, 23 y 24 de abril de 2008,
en un horario de 10:00 a 14:00 y 18:00 a 20:00 horas, su costo será de $1,500.00 (MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.
).
B) En el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales
(COMPRANET), en la dirección electrónica en http://compranet.gob.mx, durante el
período del 15 al 24 de abril de 2008;
su costo será de $1,300.00 (MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y su pago se hará
a través del sistema de pago en banco por medio de los recibos que para dicho
efecto genere COMPRANET-VER.
Cuando
la adquisición de las bases se realice a través de COMPRANET-VER, deberá
remitirse, con carácter no obligatorio, el comprobante de pago al fax 01 (228)
842 35 00 ext. 502 teniendo como fecha límite el día 23 de abril de 2008. (En el entendido de que solo serán considerados para la
junta de aclaraciones los proveedores que hayan remitido el comprobante de pago
de bases).
DECIMA NOVENA.- Será requisito indispensable para participar
en la presente licitación la adquisición de las bases y en ningún caso el
derecho de participación será transferible.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
VIGESIMA.- Cualquier duda o aclaración con respecto a la
convocatoria y bases de licitación será resuelta en la junta de aclaraciones que se llevará a cabo el día 24 de abril del 2008, a las 12:00 horas
en la sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, con domicilio en Cerro de la Galaxias S/N,
Colonia Unidad del Bosque, en la Ciudad de Xalapa, Ver., ante la presencia de
la Comisión de la Licitación, invitándose a representantes de la Contraloría
Interna y de la Contraloría General.
La asistencia a este acto será opcional para
los participantes, pero los acuerdos que se tomen serán obligatorios para
todos.
En el supuesto de que la empresa licitante determine comparecer deberá concurrir únicamente un representante por empresa participante, ajustándose a lo dispuesto por la base décima séptima.
VIGESIMA PRIMERA.- Los participantes que formulen preguntas
deberán remitirlas vía correo electrónico a las siguientes direcciones: aparraortv@hotmail.com y aparra@rtv.org.mx
en el supuesto de que no puedan ser remitidas por dicho conducto, deberán
enviarlas al fax. 01 (228) 8 42 35 00 ext. 502 y confirmar de recibido a la
extensión 505 o 503.
La convocante solo dará respuesta a las preguntas que reciba a más
tardar a las 12:00 horas del día 23 de abril
del 2008, las cuales se detallarán en el acta que se levante al efecto.
En la junta se dará respuesta a las preguntas que sean presentadas en
tiempo y forma por los participantes. Los concursantes se abstendrán de
formular preguntas que no se realicen en su oportunidad.
VIGESIMA
SEGUNDA.- Concluido el acto,
se elaborará acta circunstanciada que deberá rubricase por los asistentes,
entregándoles una copia de la misma; la omisión de firma por parte de alguno de
ellos no invalidará su contenido. Será responsabilidad de los concursantes que
no asistan al acto de junta de aclaraciones, recabar el acta de dicha junta a
través de las direcciones electrónicas www.veracruz.compranet.gob.mx
y www.rtv.org.mx
o directamente en las oficinas de la Subdirección de Recursos Materiales.
CAPITULO VII
INSTRUCCIONES PARA LA
ELABORACIÓN DE PROPOSICIONES
VIGESIMA TERCERA.- Los licitantes participantes solo podrán
presentar una proposición (técnica y
económica) por licitación, se presentará en un sobre cerrado y acompañado de copia del recibo de pago de
las bases respectivas, ya que en caso contrario no se admitirá su
participación; el sobre de referencia contendrá los datos que a
continuación se indican, debiéndose entregar de la siguiente forma:
I.- Impresas en
papel membretado de la empresa participante, sin que contengan tachaduras o
enmendaduras. Las propuestas deberán ser en idioma español y totalmente en
moneda nacional (PESOS MEXICANOS), indicando domicilio y teléfono donde se le
pueda hacer cualquier tipo de notificación.
II.- Las ofertas
técnica y económica, deberán presentarse cada una de manera separada (en
carpetas), incluyendo ambas en un solo sobre debidamente cerrado de
manera que lo haga inviolable.
III.- Las propuestas
técnica y económica, así como
los documentos que las integran, deberán ser firmados de manera autógrafa, por
quien legalmente tenga facultad para asumir las obligaciones que de esta
licitación pública se generen, debiendo
sostenerse los precios aun en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza.
IV.-La propuesta técnica, deberá contener lo siguiente:
1) La documentación técnica ordenada por partida, que indique la
descripción completa, especificaciones y características de los bienes
ofertados, catálogos, manuales de operación, etc.; cumpliendo de manera clara y
precisa, con todos y cada unos de los
requerimientos establecidos en el anexo técnico de las presentes bases de
licitación.
2) El licitante deberá presentar carta
que avale la garantía de un año,
para los artículos correspondientes a las partidas del anexo técnico.
3) Escrito bajo protesta de decir verdad, de que
por su conducto, no participan en los procedimientos de contratación
establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por la
Secretaría de la Función Pública por incumplimiento a la referida Ley o de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, con el propósito
de evadir los efectos de la inhabilitación.
4) Escrito
bajo protesta de decir verdad, de
conocer las especificaciones y condiciones de contratación establecidas en las
presentes bases de licitación y demás anexos.
5) El escrito de acreditación legal conforme al anexo N°.1, ó la Cédula del Padrón de
Proveedores del Poder Ejecutivo del Estado (copia y original para cotejo).
6) Copia de identificación oficial vigente y con fotografía, del
representante legal de la empresa que suscriba las propuestas técnica y
económica.
7) Escrito en el cual señale domicilio, teléfono, fax, correo
electrónico, donde se le harán las
notificaciones que de esta licitación se generen.
8) Escrito bajo protesta de decir verdad, de
conocer ampliamente las disposiciones de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin encontrarse dentro de los
supuestos que establece su artículo 50, como impedimentos para celebrar pedidos
o contratos conforme al anexo Nº. 2.
9) Escrito bajo protesta de decir verdad, donde manifieste el licitante que es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los bienes que oferta y entregará, tendrán un grado de contenido nacional de por lo menos el cincuenta por ciento, o el correspondiente a los casos de excepción que establezca la Secretaría de Economía.
10) Escrito de declaración de integridad, en el que manifieste el licitante que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, debidamente firmado.
11) Copia del comprobante de pago de las presentes bases, ya que en caso contrario no se admitirá su participación.
VI.- La propuesta económica, deberá
contener lo siguiente:
1) Dicha propuesta, deberá precisar en forma clara y
concreta los importes unitarios y totales por cada una de las partidas en que
participa, desglosando el importe del Impuesto al Valor Agregado; mencionando
las condiciones de venta, forma de pago, de los bienes ofertados, señalando los
tiempos de entrega, debiéndose ajustar a los requerimientos establecidos por la
convocante en las presentes bases.
2) Escrito donde se manifieste, estar de acuerdo en
que el pago se realice mediante depósito electrónico, de conformidad al anexo Nº. 3
VII.- Los documentos que elabore el licitante, deberán ser
en original, específicamente para la presente licitación.
VIII.-
Cuando exista discrepancia
entre los precios unitarios y los precios globales propuestos, se considerarán
válidos los precios unitarios; igualmente, cuando el importe señalado en número
difiera al establecido en letra prevalecerá este último.
CAPITULO VIII
ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPUESTAS
TECNICAS Y ECONOMICAS.
VIGESIMA CUARTA.- El acto de presentación y apertura de
proposiciones técnicas y económicas, se llevará a cabo el día 30 de abril de 2008, a las 12:00 hrs., en la sala de juntas de
Radiotelevisión de Veracruz, localizado en el Cerro de la Galaxia S/N, Colonia
Unidad del Bosque, en la Ciudad de Xalapa, Ver.; ante la presencia de la
Comisión de licitación, invitándose a representantes de la Contraloría Interna
y de la Contraloría General del Estado.
VIGESIMA QUINTA.- La asistencia al acto de presentación y
apertura de proposiciones técnicas y económicas será opcional, por lo que la
entrega de las propuestas podrá realizarse personalmente; o bien, remitirlas a
través de servicio postal o mensajería certificada, directamente a la
Subdirección de Recursos Materiales, sito en Cerro de la Galaxia S/N, Colonia
Unidad del Bosque, en la Ciudad de Xalapa, Ver., con teléfonos 01 (228) 842 35
00 ext. 503 ò 505, por lo que no se aceptará el envío de propuestas por medios
remotos de comunicación electrónica.
VIGESIMA SEXTA.- El acto de presentación y apertura de
proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida, por lo que cualquier
proposición extemporánea no será considerada; en tal virtud, será responsabilidad
de las empresas participantes implementar las medidas que consideren adecuadas
para que sus representantes se encuentren presentes o para que sus propuestas
se reciban en la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de
Veracruz (en sobre cerrado), previo al inicio de dicho acto de presentación y
apertura de proposiciones técnicas y económicas.
VIGESIMA SEPTIMA.- En el supuesto de que la empresa licitante
determine comparecer en el acto de presentación y apertura de proposiciones
técnica y económica, deberá concurrir únicamente un representante por empresa
participante, ajustándose a lo dispuesto por la base décima séptima.
VIGESIMA OCTAVA.- Iniciado el acto de presentación y apertura de
proposiciones técnica y económica; se pasará lista de asistencia de los
licitantes, quienes procederán a entregar dentro de un solo sobre cerrado sus proposiciones técnica y económica. En el
caso de que existieran proposiciones de empresas que no se encuentren
presentes, se informará a los presentes de que empresas se trata.
VIGESIMA NOVENA.- El servidor público que presida la Comisión de
la Licitación, mostrará a los asistentes todos los sobres para demostrar que no
han sido abiertos previamente y procederá a su apertura, de conformidad al
orden de registro de los licitantes; verificando el cumplimiento cuantitativo
de la documentación solicitada y dando lectura a la parte sustantiva de cada
proposición técnica, y mencionando el valor
total de cada una de ellas, antes de, y después del Impuesto al Valor Agregado; aclarando, que el
detalle de todas las partidas será anexado al acta correspondiente a este acto.
En el caso de aquellas que hayan omitido algún requisito o documento solicitado
en las presentes bases serán desechadas, procediéndose a descalificar a la
empresa o empresas respectivas.
Las propuestas técnicas y económicas deberán firmarse en las partes
sustanciales correspondientes a las especificaciones técnicas, precios y
condiciones de contratación, por los servidores públicos presentes y cuando
menos por dos representantes de las empresas participantes, en el supuesto de
que hubiesen comparecido.
TRIGESIMA.- En el acta circunstanciada que se levante para
este acto, se harán constar las proposiciones técnicas y económicas recibidas
que serán objeto de análisis y dictamen técnico y en su caso las desechadas;
asentándose en este caso, las razones de descalificación y las observaciones
que manifiesten los participantes, así como los precios ofertados por cada
licitante. Asimismo, se establecerá que el análisis cualitativo, tanto de las
proposiciones técnicas como económicas de las proposiciones recibidas, será
materia del dictamen técnico-económico.
El acta será firmada por los servidores públicos y representantes de
las empresas presentes, entregándose a cada uno de ellos copia de la misma. La
omisión de firmas por parte de alguno de ellos no invalidará el contenido y
efecto del acta.
TRIGESIMA PRIMERA.- Por cuestión de orden, queda prohibida la
utilización de teléfonos celulares o localizadores durante el acto de
presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas.
CAPITULO IX
DE LA DICTAMINACION DEL PROCESO
DE LICITACION
TRIGESIMA SEGUNDA.- Una vez que termine el acto de presentación y
apertura de proposiciones técnicas y económicas, se turnarán las proposiciones
técnicas al área requirente de estos bienes, a efecto de que proceda a la
elaboración del dictamen técnico.
Cuando para el análisis de las propuestas técnicas, se requiera un
conocimiento especializado de bienes o servicios que no posea el personal de la
convocante, ésta podrá recurrir a una instancia privada u oficial; además,
podrá realizar visitas a las instalaciones de los participantes, cuando así lo
determine conveniente, con el fin de comprobar y determinar su capacidad y
aptitud para dar cumplimiento a su oferta.
TRIGESIMA TERCERA.- El dictamen técnico deberá formularse por
escrito, debiendo contener de manera clara y concreta los razonamientos y
sustentos técnicos, por los cuales las empresas cumplan o incumplan con las
especificaciones y características que la convocante haya estipulado en: la
convocatoria, bases de licitación, sus anexos y en su caso, en la junta de
aclaraciones.
TRIGESIMA CUARTA.- El dictamen técnico sustentará, en su aspecto
de evaluación técnica, al dictamen
técnico-económico del proceso de la licitación, que servirá de fundamento
para la emisión del fallo.
TRIGESIMA QUINTA.- El dictamen
técnico-económico será elaborado por la Comisión de la Licitación y
contendrá una cronología del procedimiento; los resultados de la evaluación a
las propuestas técnicas, señalando las razones de cumplimiento o
incumplimiento; el comparativo de las ofertas y condiciones de venta; el
análisis de cual es la proposición más solvente o conveniente para la convocante,
o en su caso, los sustentos para declararla desierta; el fundamento legal y los
resolutivos en los cuales se ha de apoyar el fallo.
TRIGESIMA SEXTA.- El dictamen técnico-económico se emitirá el día 07 de mayo de 2008, dicho plazo
podrá prorrogarse por una sola vez hasta por veinte días naturales contados a
partir del plazo establecido originalmente.
TRIGESIMA SEPTIMA.- Ninguna de las condiciones contenidas en las
presentes bases, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes
podrá ser negociada.
CAPITULO X
DESCALIFICACION DE PARTICIPANTES
TRIGESIMA OCTAVA.- Se descalificará a los licitantes que incurran
en los siguientes supuestos:
a)
Que
presenten u ofrezcan información falsa o documentación alterada.
b)
Realicen
prácticas desleales que afecten los intereses legales de la convocante.
c)
Incumplan
con los requisitos establecidos en la convocatoria, en las bases de licitación,
o de aquellos que deriven de la junta de aclaraciones.
La descalificación procederá en cualquier etapa del proceso de
licitación, cuando el incumplimiento sea notorio y/o flagrante; o bien, en las
etapas de dictaminación y de notificación del fallo.
CAPITULO XI
NOTIFICACION DEL FALLO
TRIGESIMA NOVENA.- El fallo se notificará por escrito y con acuse
de recibido, a través de correo certificado o cualquier otro medio electrónico,
el día 09 de mayo del 2008. Lo anterior, si la convocante no se encuentra
en la necesidad de prorrogar el plazo para la emisión del dictamen, conforme a
la cláusula trigésima sexta.
Si el licitante se negará a acusar de recibido, la convocante por
conducto de la Subdirección de Recursos Materiales certificará este hecho,
dejando constancia en el expediente del proceso de licitación, que el fallo fue
remitido conforme a los términos y formalidades
establecidas.
CUADRAGESIMA.- Cuando dos o más proposiciones en igualdad de
circunstancias, cumplan con los requisitos establecidos y ofrezcan las mejores
condiciones de contratación, la comisión de licitación adjudicará el contrato
mediante el procedimiento de insaculación, en cumplimiento de lo previsto por
el artículo 44 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, el cual consistirá en la participación de un
boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la
que se extraerá el boleto del licitante ganador, para lo cual se invitará a los
licitantes y de un representante del órgano interno de control y se levantará
acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma
de los licitantes invalide el acto.
CUADRAGESIMA
PRIMERA.- El fallo de la licitación contendrá el resultado de la evaluación de las
proposiciones de cada licitante, las descalificaciones que en su caso se
efectúen, así como el señalamiento de que empresa es la adjudicada.
CAPITULO XII
SUSCRIPCION DEL CONTRATO
CUADRAGESIMA SEGUNDA.- El licitante o licitantes que resulten
adjudicados en la licitación, deberá comparecer el día 12 de mayo de 2008 ante el titular de la Subdirección de Recursos
Materiales, para suscribir el contrato correspondiente. Presentando la
documentación siguiente:
a) Copia certificada y copia simple del acta constitutiva de la persona
moral y en su caso, la de sus correspondientes reformas.
b) Copia certificada y copia simple del testimonio que acredite la personalidad del representante.
c) Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes.
d) Original y copia de una identificación oficial vigente con
fotografía del representante legal.
e) Escrito bajo protesta de decir verdad que el poder del representante
no se ha modificado ni revocado en forma alguna.
CUADRAGESIMA TERCERA.- El contrato lo firmará la Subdirectora
Administrativa, apoderado legal de Radiotelevisión de Veracruz y el proveedor
adjudicado o su representante facultado legalmente para ello, conforme al tipo
y modelo presentado en el anexo 4;
en caso de no comparecer el proveedor en el plazo arriba citado, la convocante
revocará la adjudicación y tramitará las sanciones que correspondan.
CUADRAGESIMA
CUARTA.- Si dentro del término
establecido para la firma del contrato el proveedor no suscribe el mismo, se
procederá a celebrarlo con el licitante que haya ocupado la segunda mejor
opción solvente, siempre que la diferencia en precio, con respecto a la
proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al
diez por ciento.
CUADRAGESIMA
QUINTA.- En caso de que la convocante requiera incrementar la cantidad de bienes
a adquirir, posteriormente a la conclusión de la presente licitación, podrá para estos efectos, pactar con la empresa o
empresas ganadoras la modificación al contrato formalizado, siempre y cuando no
represente más del veinte por ciento del monto total de la partida que se
amplíe y que el proveedor sostenga en la ampliación el precio pactado
originalmente. Las ampliaciones procederán siempre que se realicen dentro de
los doce meses posteriores a la firma del contrato.
CUADRAGESIMA SEXTA.- Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir
administrativamente el contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones
a cargo del proveedor.
CUADRAGESIMA SEPTIMA.- Con la finalidad de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente, la
calidad de los bienes, vicios ocultos, el pago de daños y perjuicios
ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas
las obligaciones pactadas, el contratante deberá entregar, dentro de los diez
días naturales posteriores a la firma del contrato, a favor de la Secretaría de
Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de
Veracruz, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para
ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato,
sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme al anexo No. 5.
Para este efecto la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente
cumplir con los siguientes requisitos:
I.- La fianza deberá estar vigente a partir de su expedición y hasta un año más a partir de la entrega de los bienes.
II.- Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
III.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la
fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" el
cumplimiento del contrato.
IV.- La póliza sólo podrá cancelarse a petición por escrito, de la
Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz.
CUADRAGESIMA OCTAVA.- La dependencia convocante, únicamente pagará
el Impuesto al Valor Agregado; las demás contribuciones que se causen por
motivo de la celebración de los contratos o pedidos correrán a cargo del
proveedor contratante.
CUADRAGESIMA NOVENA.- El proveedor se deberá responsabilizar
expresamente en los casos que se infrinjan derechos de autor, patentes o
marcas, quedando liberado totalmente de ello Radiotelevisión de Veracruz.
CAPITULO XIII
QUINCUAGESIMA.- La dependencia convocante podrá declarar
desierta la presente Licitación Pública y expedirá una nueva convocatoria en
los siguientes casos:
I. Cuando vencido el plazo de venta de las bases
de licitación, ningún interesado las adquiera o no se presenten proposiciones
en el acto de presentación y apertura de proposiciones;
II. Se acredite de manera fehaciente, que los
precios de mercado son inferiores a las mejores ofertas recibidas;
III. Los licitantes incumplan con los requisitos
previos establecidos en la convocatoria y en las bases respectivas;
IV. No lo permita el presupuesto;
V. Los montos de las ofertas económicas excedan
lo autorizado; y
VI. Se presente caso fortuito o fuerza mayor.
QUINCUAGESIMA PRIMERA.- En caso de declararse
desierta la presente licitación, se expedirá una segunda convocatoria.
La declaración que haga la convocante de considerar desierta la
presente Licitación Pública, se comunicará por escrito a los participantes.
CAPÍTULO XIV
QUINCUAGESIMA SEGUNDA.- Por razones de caso fortuito o de fuerza
mayor, la dependencia convocante podrá proceder a la cancelación, reducción o
ampliación parcial o total de los conceptos de bienes a contratar, de igual
manera, podrá cancelar cuando existan circunstancias, debidamente justificadas,
que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir los bienes, y que de
continuarse con el procedimiento de contratación, se pudiera ocasionar un daño
o perjuicio a la propia dependencia haciendo del conocimiento de los
participantes en forma oportuna.
CAPITULO XV
QUINCUAGESIMA
TERCERA.- Los actos o resoluciones definitivos dictados dentro del
procedimiento de licitación, podrán ser impugnados por el licitante agraviado
mediante inconformidad, la cual se interpondrá ante la Secretaría de la Función
Pública, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación
electrónica que establezca dicha Secretaría, dentro de los diez días hábiles
siguientes que para cada caso establece el artículo 65 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CAPITULO XVI
DE LAS SANCIONES
QUINCUAGESIMA CUARTA.- Las sanciones que se aplicarán con motivo del
incumplimiento de las obligaciones derivadas de la convocatoria, bases y
contrato respectivo de la presente licitación pública serán las siguientes:
I.- Cuando el licitante adjudicado no sostenga
sus propuestas; no suscriba el contrato en la fecha establecida; incumpla en
los términos del contrato; presente información falsa o documentación alterada;
realice prácticas desleales en contra de la convocante o lesione el interés
público y la economía, se le aplicará multa equivalente a la cantidad de
cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito
Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
II.- Cuando exista incumplimiento total del
contrato se hará efectiva la fianza relativa al cumplimiento del contrato.
III.- Cuando el participante ganador una vez celebrado el contrato se atrase en la entrega de los bienes o en la entrega de la fianza de cumplimiento de contrato, se aplicará una pena convencional consistente en el importe correspondiente al CINCO AL MILLAR por cada día de atraso, el cual será deducido del importe total a pagar; dicha sanción se establecerá en el contrato
QUINCUAGESIMA QUINTA.- La Secretaría de la Función Pública, además de
la sanción que se refiere la cláusula anterior, inhabilitará temporalmente para
participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos a las
personas que se encuentren en algunos de los supuestos del artículo 60 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CAPITULO XVII
DE LAS MODIFICACIONES A LAS
BASES
QUINCUAGESIMA SEXTA.- La Comisión de licitación podrá modificar el
contenido de estas bases en la junta de aclaraciones y estas pasarán a formar
parte de las mismas, debiendo dar aviso de las modificaciones a los licitantes.
A T E N T A
M E N T E
Xalapa, Ver., a 15 de abril de 2008
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA
C.P. MARTHA ELENA LAJUD NEME
ANEXO Nº. 1
C.P. MARTHA ELENA LAJUD NEME
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA
DE RADIOTELEVISION DE VERACRUZ
P R E S E N T E.
(nombre) manifiesto bajo protesta de decir
verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente
verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la
propuesta concernientes a la Licitación Pública Nacional número No.
____________, relativa a la
adquisición de ________, en nombre y representación de: (persona física o moral).
Nº. de licitación:
Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación
o Municipio: Código Postal: Entidad
federativa: Teléfonos: Fax: Nº. de la escritura pública en la que consta su acta
constitutiva: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el
cual se dio fe de la misma: Lugar , fecha y número de inscripción en el Registro
de Comercio: Relación de accionistas: Apellido Paterno: Apellido
Materno: Nombre
(s): Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva: |
Nombre del apoderado o representante legal que
suscribirá el contrato en caso de que la empresa resulte ganadora: Datos del documento mediante el cual acredita su
personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el
cual se otorgó: Lugar , fecha y número de inscripción en el Registro
de Comercio: |
(Lugar
y fecha)
Protesto
lo necesario
(firma)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido en papel membreteado por cada
participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar estrictamente
su contenido. La omisión a este requisito será motivo de descalificación.
C.P. MARTHA ELENA LAJUD NEME
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA
DE RADIOTELEVISION DE VERACRUZ
P R E S E N T E.
En relación a la Licitación Pública Nacional Nº _______, relativa a la adquisición
de ___________ en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este
concurso, en mi carácter de representante legal de la empresa
____________________, manifiesto bajo
protesta de decir verdad que
conozco ampliamente las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, sin encontrarse dentro de los supuestos que establece su artículo 50, como impedimentos para
celebrar pedidos o contratos.
A T E N T A
M E N T E
___________________________________
REPRESENTANTE
LEGAL
Este formato deberá
ser presentado en papel membreteado de la participante.
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Artículo 50.- Las dependencias y
entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en las
materias a que se refiere esta Ley, con las personas siguientes:
I.
Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del
procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar
o de negocios, incluyendo aquéllas de las que pueda resultar algún beneficio
para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por
afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales,
laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el
servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte
durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de
contratación de que se trate;
II.
Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien,
las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización
previa y específica de la Secretaría de la Función Pública;
III.
Aquellos proveedores que, por causas imputables a ellos mismos, la dependencia
o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente más de un
contrato, dentro de un lapso de dos años calendario contados a partir de la
notificación de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la
propia dependencia o entidad convocante por el plazo que se establezca en las
políticas, bases y lineamientos a que se refiere el artículo 1 de esta Ley, el
cual no podrá ser superior a dos años calendario contados a partir de la
notificación de la rescisión del segundo contrato;
IV. Las que se encuentren inhabilitadas por
resolución de la Contraloría en los términos del Título Sexto de este
ordenamiento y Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas;
V. Los proveedores que se encuentren en
situación de atraso en las entregas de los bienes o en la prestación de los
servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto de otro u otros
contratos celebrados con la propia dependencia o entidad, siempre y cuando
éstas hayan resultado gravemente perjudicadas;
VI.
Aquellas que hayan sido declaradas sujetas a concurso mercantil o alguna figura
análoga;
VII. Aquellas que presenten propuestas en una
misma partida de un bien o servicio en un procedimiento de contratación que se
encuentren vinculadas entre sí por algún socio o asociado común;
VIII. Las que pretendan participar
en un procedimiento de contratación y previamente hayan realizado o se
encuentren realizando, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo
grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de análisis y control
de calidad, preparación de especificaciones, presupuesto o la elaboración de
cualquier documento vinculado con el procedimiento en que se encuentran
interesadas en participar;
IX. Aquellas que por sí o a través de empresas
que formen parte del mismo grupo empresarial pretendan ser contratadas para
elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser
utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que
dichas personas o empresas sean parte;
X. Las que celebren contratos sobre las materias
reguladas por esta Ley sin estar facultadas para hacer uso de derechos de
propiedad intelectual, y
XI.
Las que hayan utilizado información privilegiada, proporcionada indebidamente
por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y, por
afinidad hasta el cuarto grado, o civil;
XII.
Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo
de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que
todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su
vez, son recibidas por servidores públicos por si o por interpósita persona,
con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la
contratación, y
XIII.
Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por
disposición de Ley.
Las políticas,
bases y lineamientos a que alude el artículo 1 de esta Ley, que emitan las
dependencias y entidades cuyo objeto comprenda la prestación de servicios de
salud, podrán establecer que las hipótesis previstas en las fracciones III y V
de este artículo, se encuentren referidas solamente a cada una de sus áreas
facultadas para llevar a cabo procedimientos de contratación, de tal manera que
el impedimento de una de éstas para contratar en dichos casos, no se hará
aplicable a las demás.
En estos
supuestos, el oficial mayor o su equivalente de la dependencia o entidad,
deberá llevar el registro, control y difusión de las personas con las que se
encuentren impedidas de contratar.
ANEXO No. 3
C.P. MARTHA ELENA LAJUD NEME
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA
DE RADIOTELEVISION DE VERACRUZ
P R E S E N T E.
Por este
conducto le manifiesto a Usted mi consentimiento para que en caso de resultar
adjudicado en la Licitación Pública Nacional número No.
_____________, relativa a la adquisición de material de iluminación y eléctrico, para el
estudio de producción y nuevo estudio de deportes, se proceda a efectuar los
pagos correspondientes a través de transferencias Bancarias de conformidad a
los datos siguientes:
NOMBRE DEL
TITULAR
DE LA CUENTA:
______________________________________________
BANCO:
______________________________________________
N°. DE CUENTA: (18
DIGITOS)__________________________________________
SUCURSAL:
_______________________________________________
POBLACION:
_______________________________________________
NOM. DE LA PERSONA QUE
AUTORIZA: (A) ______________________________
PUESTO O CARGO EN LA
EMPRESA: ___________________________________
FECHA DE AUTORIZACION:
___________________________________________
__________________________________________
(A)
DEBERA TENER FIRMA AUTORIZADA EN LA CUENTA DE REFERENCIA
(B)
FAVOR DE ENVIAR LOS DATOS EN HOJA MEMBRETADA
ANEXO
No. 4
TIPO
Y MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE ADQUISICION, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE RADIOTELEVISION DE
VERACRUZ, REPRESENTADO POR EL C.P. MARTHA ELENA LAJUD NEME, A QUIEN EN LO SUCESIVO
SE LE DENOMINARÁ COMO “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" Y LA EMPRESA
“_____________", REPRESENTADA POR ______________, EN SU CARACTER DE
REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ COMO “______", SUJETÁNDOSE LAS
PARTES AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E
D E N T E S
a).- El día __ de
_______ de 2008, Radiotelevisión de Veracruz a través de la Subdirección
Administrativa publicó convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y a
través de las direcciones electrónicas www.veracruz.compranet.gob.mx
y www.rtv.org.mx, dirigida a todas aquellas personas físicas y morales legalmente
constituidas en participar en la Licitación Pública Nº 59114001-002-08, relativa a la adquisición de equipo de
transmisión y recepción satelital., estableciéndose el periodo para la
venta de bases a partir del día_______, al día______ de 2008.
b).- De conformidad con la convocatoria y las bases de licitación, los días___ y___ del año en curso se estableció la fecha para los actos de Junta de Aclaraciones y de Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas respectivamente, siendo presididos por la Comisión integrada para la referida licitación.
c).- El día ___ de
___ de 2008, se dio la notificación del fallo correspondiente en el que resultó
adjudicado “_______" en las
partidas______ .
D E C L A R
A C I O N E S
I.- DE
RADIOTELEVISION DE VERACRUZ
a).- Que “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" está facultado para celebrar el
presente contrato, conforme a su decreto de creación, publicado en la Gaceta
Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz, el 20 de marzo de 1999; así como
los artículos 3º,4º y 40 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Veracruz-Llave, 45 del Decreto número
837 de Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, 1º, 13, 28, 56,
57, 58 y demás relativos y aplicables de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes
Muebles del Estado de Veracruz-Llave.
b).- Que su representante legal acredita su personalidad mediante Poder
Notarial No. 15,755 del volumen LXXVIII-D de fecha 21 de enero del año 2005,
pasado ante la fe del Lic. Miguel Ángel Díaz Pedroza, Notario Público No. 11 de
la ciudad de Xalapa, Veracruz.
c).- Que es su
voluntad celebrar el presente contrato con “______"
de acuerdo a la adjudicación del fallo de la Licitación Pública Nacional
referida en el antecedente a).
d).- Que “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" señala como su domicilio para los
efectos de este contrato el ubicado en Cerro de la Galaxia s/n Colonia Unidad
del Bosque, en la ciudad de Xalapa, Veracruz.
I.- DE “_______"
a).- Que es una Sociedad
Mercantil debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas,
justificándolo con la escritura pública número _____ de fecha _____ de _____ de
___, pasada ante la fe del Notario Público Nº. ___, Lic. _______, de la ciudad
de _______, e inscrita en el Registro Público, Sección Comercio de _______,
bajo el Folio mercantil número ______, el ______ de ______ de _______
b).- Que su
representante acredita su personalidad mediante el Instrumento Público No. ___,
de fecha ___de _______ de _______, otorgado ante la fe del Lic. ________,
Notario Público No. _______ de la Ciudad de ________
c).- Que señala como
domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en _______, Col.
______, C.P. ____, en _______, con Tels. ______ y Fax ______; con R.F.C.
__________
d).- Que cuenta con los recursos y la capacidad suficiente para el cumplimiento de las obligaciones de este contrato y que es su voluntad obligarse en los términos del presente instrumento.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- “________" vende a “RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ" a precio fijo los Equipos de Cómputo, cuyas cantidades,
características, y especificaciones, se señalan en el anexo único de este
instrumento, mismo que debidamente firmado pasa a formar parte integrante de
este instrumento.
Las partes acuerdan que en caso de duda y siempre para una mejor
ejecución de las obligaciones derivadas de este contrato, se estarán a lo que
se establece en la Proposición Técnica presentada por “EL PROVEEDOR" en el proceso de adjudicación en la licitación pública
nacional No. 59114001-002-08, que se
indica en el antecedente a).
SEGUNDA.- “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" pagará a “EL
PROVEEDOR" la cantidad de $______.
(______________ pesos 00/100 M.N.) Mas el IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO, previa recepción total de conformidad de los equipos en
la cláusula primera del presente acuerdo de voluntades y de la presentación de
la factura debidamente requisitada para su trámite de pago.
Las partes acuerdan
que “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" no
hará algún otro pago por cualquier otro concepto.
“EL PROVEEDOR" acepta
que el pago se efectúe mediante depósito electrónico a su cuenta
No._________del Banco___________ Suc.________
La facturación previa
coordinación con la Subdirección de Recursos Materiales de “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" debe ser a nombre de “RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ", ubicada en el Cerro de la Galaxia s/n Colonia Unidad del Bosque, en
la ciudad de Xalapa, Veracruz,
con R.F.C. RVE990320HG0
TERCERA.- “_____" se compromete con “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" a
entregar libre a bordo los equipos objeto de este contrato, en el almacén de la
Subdirección de Recursos Materiales en horario de 10:00 a 15:00 horas, en un plazo de 20 días
naturales; contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.
CUARTA.- “______ " se obliga a garantizar la buena calidad de los
equipos que constituyen el objeto del presente instrumento contra cualquier
defecto de fabricación, vicios ocultos por el término que para cada equipo se
establece en el anexo técnico de este instrumento.
QUINTA.- “_______" se compromete con
“RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" a
cambiar a su entera satisfacción los equipos que resulten defectuosos, por
otros similares de la calidad requerida y totalmente nuevos, en un término que
no excederá de tres días hábiles, bastando para ello el requerimiento a sus
oficinas.
SEXTA.- las partes acuerdan que “______", debe entregar la garantía del
fabricante de los equipos objeto de este acuerdo de voluntades.
“______" acepta que en el caso de que en el plazo de tres años y dentro de la
garantía de los equipos objeto del presente señalada en el párrafo anterior,
hiciere las reparaciones que fueren necesarias para su óptimo funcionamiento,
éstas serán sin cargo alguno para “RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ".
SEPTIMA.- “_______" acepta expresamente que “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" podrá, cuando lo determine conveniente,
a través de la Subdirección Administrativa, quien es la administradora de este
contrato, efectuar labores de supervisión en la ejecución de las obligaciones
derivadas del mismo instrumento.
OCTAVA.- “EL PROVEEDOR" se obliga a mantener en estricta confidencialidad toda
la información que se origine con el desarrollo y cumplimiento del presente
contrato, en caso de no ser así serán aplicables en su contra las sanciones que
señalan los artículos 59 y 60 y demás relativos del capítulo único, del Título
Sexto de la Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público.
NOVENA.- “_____" se responsabiliza totalmente de cualquier violación o
infracción a las disposiciones relativas a la propiedad industrial, de patentes
o marcas, eximiendo de esta a “RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ".
DECIMA.- Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente
contrato, no podrán cederse o traspasarse bajo ninguna modalidad a favor de
persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión
del mismo, sin responsabilidad para “RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ".
DÉCIMA PRIMERA.- “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" podrá rescindir administrativamente este
contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor,
así como revocarlo anticipadamente cuando concurran razones de interés público,
de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DECIMA SEGUNDA.- “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" vigilara el cumplimiento de las obligaciones
de “EL PROVEEDOR" y en su caso,
tendrá el derecho irrenunciable de hacer efectiva la garantía que se menciona
en la cláusula Décima Cuarta en caso de incumplimiento.
DÉCIMA TERCERA.- “EL PROVEEDOR" se obliga a pagar a “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" como pena
convencional, la cantidad equivalente UN
CINCO AL MILLAR por cada día de atraso en la entrega de los equipos objeto
del presente contrato o en la entrega de la póliza de fianza de cumplimiento de
contrato, mismo que será calculado sobre el monto de los mismos que no sean
entregados en tiempo y forma y con la calidad requerida; efectuándose el
descuento que resulte, al momento de efectuarse el pago del presente o en la
entrega de la póliza de fianza de cumplimiento de contrato, mismo que será
calculado sobre el monto total a pagar señalado en la cláusula segunda, importe
que será descontado al momento de efectuarse el pago, de conformidad con lo
establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y en su caso se procederá a hacer efectiva la
póliza de fianza respectiva.
Se entenderá como
atraso en la entrega de los bienes objeto de este contrato, cuando “______" no entregue la totalidad de
los bienes o los entregados no correspondan o no puedan recibirse por alguna
circunstancia imputable a “EL
PROVEEDOR". En consecuencia; el plazo se computará hasta la recepción de
conformidad del mismo por parte de "RADIOTELEVISION
DE VERACRUZ".
El monto de
aplicación de la penalidad antes señalada a “_____", no excederá el monto de la fianza de cumplimiento de este
instrumento.
DÉCIMA CUARTA.- Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de
este contrato, la buena calidad de los bienes objeto del mismo contra defectos
de fabricación o vicios ocultos, el pago de daños y perjuicios ocasionados por
su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones
contraidas, “_____________" otorga a
la firma de este contrato póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello
por el importe de: $_____
(___________ pesos 00/100 M.N.), equivalente al 10% (Diez por ciento) del monto total del contrato adjudicado en la
Licitación Pública referida en el antecedente a) del presente; sin incluir el
concepto del I.V.A., a favor de la Secretaría
de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz, para este efecto
la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente cumplir con los siguientes
requisitos:
a).- Deberá aceptar
expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido por los
artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
b).- Se deberá de
comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su
fiado no justifique plenamente y a satisfacción de “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" el cumplimiento del contrato,
inclusive las cláusulas penales.
c).- La fianza estará
vigente a partir de la firma del contrato y por 1 año más de la fecha en que se
reciban de conformidad los bienes materia del mismo y sólo podrá cancelarse por
orden escrita de “RADIOTELEVISION DE
VERACRUZ"
d).- La afianzadora
acepta plenamente que la fianza seguirá vigente aún en caso de que se le
concedan a “_______" prórrogas o
esperas en los mismos términos y plazos, sin necesidad de hacerlo constar por
escrito.
e) La afianzadora
reconoce la personalidad de la Procuraduría Fiscal de la secretaría de Finanzas
y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para
hacer efectiva esta fianza.
DECIMA QUINTA.- “EL PROVEEDOR" se compromete a entregar la póliza de Fianza
señalada en la cláusula anterior en un plazo no mayor a diez días naturales,
siguientes a la suscripción del presente instrumento.
DECIMA SEXTA.- Las partes se reconocen mutua y recíprocamente, la personalidad
con que se ostentan en este acto jurídico y externan libremente su voluntad
para obligarse en los términos y cláusulas de este contrato.
DECIMA SEPTIMA.- Las partes acuerdan que podrá acordarse el incremento
de los bienes objeto de este contrato, mediante la modificación
correspondiente, dentro de los doce meses posteriores a su firma, siempre que
el monto total de las modificaciones, no rebase en conjunto el 20% de los
conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes y servicios
sea igual al pactado originalmente.
DECIMA OCTAVA.- Las partes manifiestan que en el presente contrato no
existe error, dolo o mala fe ni lesión alguna que pudiera invalidarlo,
comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo lugar y bajo las condiciones
pactadas.
DECIMA NOVENA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente
instrumento, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y
competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de Xalapa-Enriquez,
Veracruz, renunciando al fuero que les corresponda en atención a sus domicilios
presentes o futuros. En cuanto al objeto de este contrato serán aplicables las
Leyes Federales vigentes en la República Mexicana a este respecto.
Enteradas las partes
del alcance, contenido y fuerza legal del presente instrumento lo firman en la
ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, el día ____ de _______ del dos mil ocho.
POR
“RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" ____________________ REPRESENTANTE
LEGAL |
POR
“____" REPRESENTANTE LEGAL |
ANEXO
DEL CONTRATO QUE CELEBRAN “RADIOTELEVISION DE VERACRUZ" Y LA EMPRESA
“_______", DERIVADO DE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL No. __________ PARA LA ADQUISICION
DE EQUIPO DE TRANSMISION Y RECEPCION SATELITAL. |
PARTIDAS QUE RESULTEN ADJUDICADAS DEL ANEXO TECNICO LAS CUALES SE
ENUMERAN A CONTINUACION:
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10.
A N E X O No. 5
TEXTO QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES QUE DEBERÁN
INCLUIRSE EN LA PÓLIZA DE GARANTÍA SOLICITADA PARA CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN
LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº _____________.
Ante: la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
Para garantizar por (nombre de la empresa), el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, penas convencionales pactadas, así como para responder de los defectos y vicios ocultos que resulten de los bienes derivados del contrato de adquisición No. ________ , de fecha __ de ____ de _____, celebrado entre el Gobierno del Estado de Veracruz, a través de Radiotelevisión de Veracruz, relativo a (nombre de la compra), con un monto total de _________ (_______________ 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la compañía afianzadora expresamente declara: a) Que la presente fianza se expide de conformidad con el texto íntegro de dicho contrato, b) En el caso de que sea prorrogado el plazo establecido para la entrega de los bienes objeto del contrato a que refiere la fianza, o exista espera o bien se hubiese celebrado algún convenio modificatorio de plazo, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera, sin necesidad de solicitar endoso, c) La afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido por los artículos 95, 95 bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianza en vigor, y conforme en que se aplique dicho procedimiento con exclusión de cualquier otro, d) Que para cancelar la fianza será requisito indispensable orden expresa de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado, e) La afianzadora no goza de los derechos de orden y excusión, la presente fianza estará en vigor a partir de la fecha que calza, f) En caso de controversia sobre la interpretación de la presente, la afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Xalapa, Veracruz, g) La afianzadora reconoce la personalidad de la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para hacer efectiva esta garantía h) La garantía de vicios ocultos que cubre esta fianza estará vigente por un año posterior a la fecha de la recepción formal de los bienes por parte de la contratante". Fin de texto.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------