BASES DE LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA NUMERO
LS/RTV/29952/012/2004 PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO
ELECTRÓNICO PARA RADIO Y TELEVISIÓN. |
PRIMERA.-
El objeto de la presente
licitación lo constituye la ADQUISICIÓN DE EQUIPO ELECTRÓNICO PARA
RADIO Y TELEVISIÓN, de conformidad con las especificaciones que se señalan
en el anexo técnico.
SEGUNDA.-
Las condiciones de
contratación son las siguientes:
Plazo
de entrega: |
30 de septiembre del año en curso. El plazo tiene carácter de
improrrogable. |
Pago: |
A crédito en 20 días naturales a partir
de la recepción total de los equipos a entera satisfacción de la convocante y de recibida la factura debidamente requisitada. El pago se efectuará mediante sistema
electrónico a la cuenta del proveedor. |
Lugar
de entrega: |
L.A.B. en las instalaciones de
Radiotelevisión de Veracruz, sita en Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad
del Bosque, Xalapa, Veracruz |
Garantía: |
Por el término de 1 año, a partir de su
recepción comprometiéndose a su reposición en caso de defectos y/o vicios
ocultos. |
TERCERA.- Cada participante entregará dos sobres debidamente cerrados, uno
con la propuesta técnica y otro con la económica, elaborándolas conforme a los criterios siguientes:
I.- Una sola propuesta por partida,
mecanografiada en papel membretado de la empresa, sin
tachaduras o enmendaduras, en idioma español y PRECIOS EN MONEDA NACIONAL.
II.- La propuesta técnica deberá precisar
la descripción técnica, marca, especificaciones y características del equipo y
los servicios solicitados, agregando catálogos y/o folletos del equipo. Así
mismo, el sobre de la propuesta técnica deberá incluir debidamente requisitados los anexos 2 y 3 adjuntos a las presentes
bases, elaborados en hoja membretada de la empresa y
firmados por quien tenga facultades para tales efectos. El incumplimiento de estas disposiciones será motivo de descalificación.
III.- La propuesta económica deberá
contener el precio unitario y global, desglosando el importe por concepto del
Impuesto al Valor Agregado, así como los descuentos que en su caso se ofrezcan,
así mismo; hará mención del tiempo, lugar y forma de entrega, garantía del
servicio y todas aquellas condiciones que puedan favorecer el interés de la convocante.
IV.- Los documentos que integren la
propuesta deberán ser firmados por quien tenga facultades legales para asumir
las obligaciones que de esta licitación se generen, debiendo sostenerse los precios, aún en caso de errores aritméticos o
de otra naturaleza, por un término mínimo de 45 días naturales, contados a partir del acto de
apertura de propuestas.
V.- Los documentos que al efecto se
presenten, deberán ser en original, especialmente para la
presente licitación, señalando domicilio y teléfono donde se le pueda
hacer cualquier tipo de notificación.
CUARTA.- La recepción y apertura de propuestas se
llevará a cabo en los términos siguientes:
I.- La recepción y apertura de propuestas
técnicas y económicas, se llevará a cabo el día 7 septiembre de 2004, a las 13:00 hrs., en la Sala de Juntas de
Radiotelevisión de Veracruz, sita en Cerro de la Galaxia s/n, Colonia Unidad
del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
QUINTA.-Las propuestas podrán presentarse
personalmente o bien remitirse oportunamente al domicilio antes señalado, en el
entendido que toda propuesta extemporánea a la fecha y hora del acto de
apertura será desechada. Así mismo el concurso se
realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 43 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes
Muebles del Estado de Veracruz-Llave. La asistencia de los participantes es
opcional.
SEXTA .- La adjudicación se hará por partida al
proveedor que cumpla con las especificaciones requeridas y garantice a la convocante las mejores condiciones disponibles en cuanto a
precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
pertinentes.
SÉPTIMA.- Se descalificará a los participantes
que no cumplan con cualquiera de los requisitos exigidos en las presentes bases
o cuando se compruebe que algún proveedor ha acordado con otro u otros elevar
los precios del servicio.
OCTAVA-
El fallo se sustentará
en un dictamen técnico y económico que será notificado por escrito dentro de
los tres días hábiles siguientes al acto de apertura de propuestas, de
conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,
Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave.
Por circunstancias económicas se podrá
ajustar o ampliar lo estipulado en el anexo técnico, en tal caso la convocante lo hará saber oportunamente por escrito a los
participantes, antes del acto de recepción y apertura de propuestas.
NOVENA.- Dentro de los cinco días hábiles
siguientes a fecha de notificación del fallo, el representante legal del
participante que resulte ganador deberá comparecer ante la Subdirección de
Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, para suscribir el contrato
correspondiente; de no comparecer en el plazo indicado se cancelará la
adjudicación otorgándose a la siguiente mejor postura en caso de que resulte
conveniente al interés de la convocante.
Quien resulte ganador deberá obtener o
actualizar su registro en el Padrón de
Proveedores del Poder Ejecutivo, en la Secretaría de Finanzas y Planeación del
Gobierno del Estado.
DÉCIMA.- Con la finalidad de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones derivadas del
contrato correspondiente, la calidad del servicio y del funcionamiento
correcto del equipo, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su
incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones
pactadas, el contratante deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y
Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz, al momento de la firma del
contrato, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para
ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO), del monto total del contrato,
incluyendo el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a la redacción
del ANEXO No. 1
DÉCIMA
PRIMERA.-
Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir administrativamente el contrato en
caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así como
revocarlos anticipadamente cuando concurran razones de interés público,
comunicándolo con toda oportunidad y por escrito al proveedor correspondiente.
DÉCIMA
SEGUNDA.- Los
proveedores adjudicados se responsabilizan expresamente en los casos que se
infrinjan derechos de autor, patentes o marcas, quedando liberado totalmente de
ello Radiotelevisión de Veracruz.
DÉCIMA
TERCERA.- El Organismo convocante podrá declarar desierta la presente licitación
cuando ningún proveedor presente propuesta o cuando ninguna de las presentadas
reúnan los requisitos establecidos en las bases de la licitación o que sus
precios no sean aceptables.
Cuando solo se cuenta con una propuesta,
la convocante procederá a efectuar un estudio de
mercado para determinar si dicha oferta garantiza el interés del Estado y
conviene adjudicarla.
DÉCIMA
CUARTA.- El concurso
podrá ser cancelado sin responsabilidad para la convocante,
en caso fortuito o de fuerza mayor o cuando por restricciones presupuestales, se haga imposible el cumplimiento económico
del presente concurso. Lo anterior se comunicará con toda oportunidad y por
escrito a todos los participantes.
DÉCIMA
QUINTA.- Las sanciones
que se aplicarán con motivo del incumplimiento de las obligaciones derivadas de
las bases, pedidos ó contratos de la presente licitación serán las siguientes:
I.- Cuando el participante ganador una vez celebrado
el contrato se atrase en la prestación del servicio, se aplicará una pena
convencional consistente en el importe correspondiente al CINCO AL MILLAR por cada día de atraso, el cual se cuantificará en
relación a los bienes no entregados de manera oportuna y será deducido del
importe total a pagar, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, dicha sanción
se establecerá en el contrato o pedido respectivo.
II.- Cuando sin causa justificada incumpla en la
entrega de los bienes en el término convenido, se hará efectiva la fianza
relativa al cumplimiento del contrato.
III.-
Multa de cien a mil días de salario mínimo general diario, vigente en la
capital del estado en la fecha en que se cometa la infracción; y prohibición
para participar en los procesos de licitación durante dos años, en términos del
artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y
Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave.
DÉCIMA
SEXTA.- El procedimiento
de licitación estará a cargo de una comisión integrada por los CC. M.A. Noralina Hernández Huesca,
Subdirectora de Recursos Materiales, Ing. Leonel
Bellido Villa, Encargado de la Subdirección Técnico, Ing. Alfredo Romero Salas,
Jefe de Operaciones de Noticias, e Ing. Juan Ramón Guevara Mota, Jefe
Operaciones de Televisión, de todos ellos servidores públicos de
Radiotelevisión de Veracruz. Esta comisión tendrá amplias facultades para
aplicar las presentes bases y leyes que sean relativas a la licitación y estará
presidida por la M.A. Noralina
Hernández Huesca.
DÉCIMA
SÉPTIMA.- Las presentes
bases podrán ser modificadas por la convocante,
debiendo notificar dichas modificaciones por lo menos con veinticuatro horas
previas al acto de apertura de propuestas.
Para aclarar cualquier duda sobre el
servicio objeto de la presente licitación, deberán dirigirse a la Subdirección
de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, sita en Cerro de la
Galaxia s/n, Colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Ver., o bien
comunicarse al teléfono 842-35-00 ext. 505 y fax
842-35-72.
A T E N T A M E N T E
Xalapa, Ver., a 1° de septiembre de 2004
JUAN FLORES ROSAS
ENCARGADO DE LA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
Ante: la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE.
Para garantizar por: ( nombre de la persona que participa en la licitación ), hasta por la expresada cantidad de: $ ________ (número y letra) el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato con folio no. ____ celebrado con Radiotelevisión de Veracruz de fecha _________________________ para la adquisición de equipo electrónico para radio y televisión.- Esta fianza así mismo garantiza la calidad, defectos de fabricación vicios ocultos del servicio materia del contrato. La compañía afianzadora acepta expresamente continuar garantizando las obligaciones a que esta póliza se refiere aún en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al deudor para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.- La institución afianzadora se somete al Procedimiento Administrativo de Ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otra.- Esta fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización por escrito de la dependencia o entidad convocante."
A N E X O
Nš 2
LICITACIÓN SIMPLIFICADA Nš. LS/RTV/29952/012/2004
RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE CÁMARAS DIGITALES DE VIDEO
R.F.C. |
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NOMBRE DE SU APODERADO: |
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DOMICILIO: |
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CALLE |
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COLONIA |
C.P. |
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MUNICIPIO: |
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ESTADO: |
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TELÉFONO: |
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FAX: |
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CORREO ELECTRÓNICO: |
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ESCRITURA PÚBLICA DONDE CONSTE: |
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ACTA CONSTITUTIVA: |
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FECHA: |
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REFORMAS: |
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FECHA |
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FECHA |
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FECHA |
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FECHA |
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NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO QUE DIO FE A
LOS MISMOS: |
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Nš DE LA NOTARIA: |
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LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO: |
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RELACIÓN DE LOS ACCIONISTAS: |
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N° DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD: |
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DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA
EMPRESA: |
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N° DE CLABE PARA TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA: |
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ESCRITURA
PÚBLICA EN LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR
LA PROPUESTA: |
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Nš: |
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FECHA: |
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NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL FUE OTORGADA LA
REPRESENTACIÓN: |
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Nš DE LA NOTARIA |
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LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO: |
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A N E X O Nš. 3
C.
_______________________________________________
DE
LA ___________________________________________.
P
R E S E N T E.
En relación a la Licitación Simplificada No. _____________, relativa _______________________________________ y en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que la empresa _________________________________________, no se encuentra en los supuestos que establece el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave, como impedimentos para celebrar pedidos o contratos.