No. OF. RM: 2146/2003

                                                                                                ASUNTO: Notificación de fallo

 

 

C. GLORIA SAYNEZ

COMERCIAL DE MEDIOS, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

 

               En acatamiento a lo dispuesto en el resolutivo tercero del dictamen emitido por la convocante de la licitación simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, relativa a la adquisición de videocassettes, baterías y cd’s y en términos de lo establecido en la cláusula octava de las bases de la licitación citada, me permito hacer de su conocimiento el fallo correspondiente a dicho dictamen, cuyos puntos de resolución son los siguientes:

 

SE RESUELVE

PRIMERO.- Que valorados los aspectos técnico y económico de las propuestas presentadas por el licitante único y los proveedores participantes en el estudio de mercado y con el fin de elegir a favor de Radiotelevisión de Veracruz las mejores condiciones en cuanto a cumplimiento de especificaciones técnicas, precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes, se determinó adjudicar  a la siguiente empresa en los términos que a continuación se detallan. Conviene mencionar que por ajuste presupuestal se redujeron las cantidades de los  materiales requeridos en las partidas 1, 3, 4, 6, 7 y 8 de la licitación. Lo anterior de conformidad con la cláusula octava de las bases de licitación

 

Por otra parte, las áreas de producción y noticias, al evaluar los materiales propuestos, dictaminaron que de acuerdo con la experiencia en su uso preferían los de mayor calidad y rendimiento.

 

A).- A la empresa Focos Especiales del Sureste, S.A. de C.V., se le adjudica  por mejor calidad y rendimiento de los materiales, el contrato correspondiente a la partidas 1, 2, 3, 6, 7 y 8, así como por mejor precio las partidas 4 y 5,  en concurso, por un importe subtotal de $70,260.80 (Setenta mil doscientos sesenta pesos 80/100 M.N.)   más   15%  del  impuesto  al  valor  agregado $10,539.12 (Diez mil quinientos treinta y nueve pesos 12/100 M.N.) dando un total de $80,799.92 (Ochenta mil setecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N.).

 

Condiciones.

Tiempo de entrega: 8 días naturales a partir de la notificación del fallo; Lugar de entrega, L.A.B. en las instalaciones de Radiotelevisión de Veracruz; Garantía, 1 año, en el caso de las baterías con una caducidad no menor de un año; Forma de pago, crédito a 20 días naturales a partir de la recepción total de los materiales a entera satisfacción de la convocante y entrega de la factura debidamente requisitada. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor; Vigencia de precios, 45 días naturales.

 

Es de señalar que la empresa Foto Contino de Veracruz, S.A. de C.V., ofertó un mejor precio en las partidas 1, 2 y 3 pero no cumplió los requisitos de calidad y rendimiento requeridos por el área usuaria, de acuerdo con dictamen presentado. Asimismo el proveedor Comercial de Medios, S.A. de C.V., propuso un mejor precio en las partidas 6, 7 y 8, sin embargo sus condiciones de venta son inaceptables, pues solicita pago de contado y no accede a proporcionar póliza de fianza.

 

SEGUNDO.- Apercíbase al proveedor adjudicado que deberá comparecer ante la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz a firmar el contrato respectivo, dentro del término de 5 días hábiles, siguientes a la notificación del fallo, de no hacerlo se procederá a la cancelación de la adjudicación respectiva y se aplicarán las sanciones estipuladas en la cláusula décima cuarta, fracción III de las bases de la presente licitación y del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,  Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave.

 

TERCERO.- Notifíquese por escrito a las empresas participantes, en los términos previstos en las bases de la licitación, al Comité para las Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave  y  a la Contraloría General del Estado.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes de la comisión integrada para la Licitación Simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, firmando al calce y margen para la debida constancia.

 

POR RADIOTELEVISION DE VERACRUZ

 

A T E N T A M E N T E

Xalapa, Veracruz a 3 de diciembre de 2003

SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA

 

 

 

C.P. BEATRIZ EUGENIA BELLO CONDE

 

 

 

 

 

 

 

No. OF. RM: 2145/2003

                                                                                                ASUNTO: Notificación de fallo

 

 

C. JOSE CARLOS TORRES SÁNCHEZ

REPRESENTANTE LEGAL DE

FOCOS ESPECIALES DEL SURESTE, S.A.

P R E S E N T E

 

               En acatamiento a lo dispuesto en el resolutivo tercero del dictamen emitido por la convocante de la licitación simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, relativa a la adquisición de videocassettes, baterías y cd’s y en términos de lo establecido en la cláusula octava de las bases de la licitación citada, me permito hacer de su conocimiento el fallo correspondiente a dicho dictamen, cuyos puntos de resolución son los siguientes:

 

SE RESUELVE

PRIMERO.- Que valorados los aspectos técnico y económico de las propuestas presentadas por el licitante único y los proveedores participantes en el estudio de mercado y con el fin de elegir a favor de Radiotelevisión de Veracruz las mejores condiciones en cuanto a cumplimiento de especificaciones técnicas, precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes, se determinó adjudicar  a la siguiente empresa en los términos que a continuación se detallan. Conviene mencionar que por ajuste presupuestal se redujeron las cantidades de los  materiales requeridos en las partidas 1, 3, 4, 6, 7 y 8 de la licitación. Lo anterior de conformidad con la cláusula octava de las bases de licitación

 

Por otra parte, las áreas de producción y noticias, al evaluar los materiales propuestos, dictaminaron que de acuerdo con la experiencia en su uso preferían los de mayor calidad y rendimiento.

 

A).- A la empresa Focos Especiales del Sureste, S.A. de C.V., se le adjudica  por mejor calidad y rendimiento de los materiales, el contrato correspondiente a la partidas 1, 2, 3, 6, 7 y 8, así como por mejor precio las partidas 4 y 5,  en concurso, por un importe subtotal de $70,260.80 (Setenta mil doscientos sesenta pesos 80/100 M.N.)   más   15%  del  impuesto  al  valor  agregado $10,539.12 (Diez mil quinientos treinta y nueve pesos 12/100 M.N.) dando un total de $80,799.92 (Ochenta mil setecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N.).

 

Condiciones.

Tiempo de entrega: 8 días naturales a partir de la notificación del fallo; Lugar de entrega, L.A.B. en las instalaciones de Radiotelevisión de Veracruz; Garantía, 1 año, en el caso de las baterías con una caducidad no menor de un año; Forma de pago, crédito a 20 días naturales a partir de la recepción total de los materiales a entera satisfacción de la convocante y entrega de la factura debidamente requisitada. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor; Vigencia de precios, 45 días naturales.

 

Es de señalar que la empresa Foto Contino de Veracruz, S.A. de C.V., ofertó un mejor precio en las partidas 1, 2 y 3 pero no cumplió los requisitos de calidad y rendimiento requeridos por el área usuaria, de acuerdo con dictamen presentado. Asimismo el proveedor Comercial de Medios, S.A. de C.V., propuso un mejor precio en las partidas 6, 7 y 8, sin embargo sus condiciones de venta son inaceptables, pues solicita pago de contado y no accede a proporcionar póliza de fianza.

 

SEGUNDO.- Apercíbase al proveedor adjudicado que deberá comparecer ante la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz a firmar el contrato respectivo, dentro del término de 5 días hábiles, siguientes a la notificación del fallo, de no hacerlo se procederá a la cancelación de la adjudicación respectiva y se aplicarán las sanciones estipuladas en la cláusula décima cuarta, fracción III de las bases de la presente licitación y del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,  Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave.

 

TERCERO.- Notifíquese por escrito a las empresas participantes, en los términos previstos en las bases de la licitación, al Comité para las Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave  y  a la Contraloría General del Estado.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes de la comisión integrada para la Licitación Simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, firmando al calce y margen para la debida constancia.

 

POR RADIOTELEVISION DE VERACRUZ

 

A T E N T A M E N T E

Xalapa, Veracruz a 3 de diciembre de 2003

SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA

 

 

C.P. BEATRIZ EUGENIA BELLO CONDE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No. OF. RM: 2148/2003

                                                                                                ASUNTO: Notificación de fallo

 

 

C. MARÍA EMILIA VERA GONZÁLEZ

GERENTE REGIONAL DE

FOTO CONTINO DE VERACRUZ, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

 

               En acatamiento a lo dispuesto en el resolutivo tercero del dictamen emitido por la convocante de la licitación simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, relativa a la adquisición de videocassettes, baterías y cd’s y en términos de lo establecido en la cláusula octava de las bases de la licitación citada, me permito hacer de su conocimiento el fallo correspondiente a dicho dictamen, cuyos puntos de resolución son los siguientes:

 

SE RESUELVE

PRIMERO.- Que valorados los aspectos técnico y económico de las propuestas presentadas por el licitante único y los proveedores participantes en el estudio de mercado y con el fin de elegir a favor de Radiotelevisión de Veracruz las mejores condiciones en cuanto a cumplimiento de especificaciones técnicas, precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes, se determinó adjudicar  a la siguiente empresa en los términos que a continuación se detallan. Conviene mencionar que por ajuste presupuestal se redujeron las cantidades de los  materiales requeridos en las partidas 1, 3, 4, 6, 7 y 8 de la licitación. Lo anterior de conformidad con la cláusula octava de las bases de licitación

 

Por otra parte, las áreas de producción y noticias, al evaluar los materiales propuestos, dictaminaron que de acuerdo con la experiencia en su uso preferían los de mayor calidad y rendimiento.

 

A).- A la empresa Focos Especiales del Sureste, S.A. de C.V., se le adjudica  por mejor calidad y rendimiento de los materiales, el contrato correspondiente a la partidas 1, 2, 3, 6, 7 y 8, así como por mejor precio las partidas 4 y 5,  en concurso, por un importe subtotal de $70,260.80 (Setenta mil doscientos sesenta pesos 80/100 M.N.)   más   15%  del  impuesto  al  valor  agregado $10,539.12 (Diez mil quinientos treinta y nueve pesos 12/100 M.N.) dando un total de $80,799.92 (Ochenta mil setecientos noventa y nueve pesos 92/100 M.N.).

 

Condiciones.

Tiempo de entrega: 8 días naturales a partir de la notificación del fallo; Lugar de entrega, L.A.B. en las instalaciones de Radiotelevisión de Veracruz; Garantía, 1 año, en el caso de las baterías con una caducidad no menor de un año; Forma de pago, crédito a 20 días naturales a partir de la recepción total de los materiales a entera satisfacción de la convocante y entrega de la factura debidamente requisitada. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor; Vigencia de precios, 45 días naturales.

 

Es de señalar que la empresa Foto Contino de Veracruz, S.A. de C.V., ofertó un mejor precio en las partidas 1, 2 y 3 pero no cumplió los requisitos de calidad y rendimiento requeridos por el área usuaria, de acuerdo con dictamen presentado. Asimismo el proveedor Comercial de Medios, S.A. de C.V., propuso un mejor precio en las partidas 6, 7 y 8, sin embargo sus condiciones de venta son inaceptables, pues solicita pago de contado y no accede a proporcionar póliza de fianza.

 

SEGUNDO.- Apercíbase al proveedor adjudicado que deberá comparecer ante la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz a firmar el contrato respectivo, dentro del término de 5 días hábiles, siguientes a la notificación del fallo, de no hacerlo se procederá a la cancelación de la adjudicación respectiva y se aplicarán las sanciones estipuladas en la cláusula décima cuarta, fracción III de las bases de la presente licitación y del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,  Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave.

 

TERCERO.- Notifíquese por escrito a las empresas participantes, en los términos previstos en las bases de la licitación, al Comité para las Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave  y  a la Contraloría General del Estado.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes de la comisión integrada para la Licitación Simplificada No. LS/RTV/91121/016/2003, firmando al calce y margen para la debida constancia.

 

POR RADIOTELEVISION DE VERACRUZ

 

A T E N T A M E N T E

Xalapa, Veracruz a 3 de diciembre de 2003

SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA

 

 

 

C.P. BEATRIZ EUGENIA BELLO CONDE