GOBIERNO DEL ESTADO
DE VERACRUZ-LLAVE
RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ
_________________________________________________________________________________________________________________
Radiotelevisión de Veracruz,
con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 1°, 2º, 3º, 25, 26, 27,
28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38
y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, asimismo de conformidad con el Reglamento
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios relacionados con Bienes Muebles,
en lo que no se oponga y disposiciones administrativas complementarias;
ha publicado el día 26 de
noviembre del 2002 en el Diario Oficial de la Federación y en el Sistema
Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (Compranet), con dirección
electrónica en internet: http//:compranet.gob.mx CONVOCATORIA
PÚBLICA NACIONAL 001/2002 dirigida a todas aquellas personas físicas
y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados
Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº 594001-001-02,
por lo que los interesados deberán sujetarse a las siguientes:
B A S
E S
CAPITULO I
DESCRIPCION GENERAL DE LOS BIENES EN LICITACION
PRIMERA.-
Los
bienes a adquirir son EQUIPO PARA
ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN, de conformidad con las cantidades
y especificaciones técnicas establecidas en el anexo técnico de las presentes
bases de licitación. Los recursos para la adquisición son de origen federal.
SEGUNDA.-
Los licitantes podrán participar por partida, pudiendo cotizar por cada
una de ellas o por la totalidad, admitiéndose una sola opción de cotización,
misma que deberá sujetarse estrictamente al requerimiento solicitado.
TERCERA.- La
adjudicación se otorgará por partida o partidas según el resultado de
la evaluación al o a los proveedores que cumplan con las especificaciones
solicitadas y satisfagan las mejores condiciones para la convocante.
CUARTA.- Los
bienes en licitación deberán estar garantizados por los participantes
contra cualquier defecto de fabricación, composición o vicios ocultos,
por un término mínimo de un año a partir de la fecha de su recepción,
instalación y puesta en operación, de acuerdo con el anexo técnico de
las presentes bases, debiendo incluir dentro de la propuesta técnica las
garantías del fabricante. Se preferirán bienes de tecnología y calidad
superior a las especificaciones mínimas requeridas, en igualdad de condiciones
de precio y aun cuando resulte un diferencial de precio no mayor al 10%
entre la oferta de mejor calidad o tecnología y la cotización o cotizaciones
más bajas, a juicio de la convocante siempre y cuando con ello no se rebase
la disponibilidad financiera autorizada.
QUINTA.-
El participante ó participantes a quienes se le adjudique el contrato
derivado de la presente licitación, deberán sujetarse a las siguientes
condiciones: PLAZO DE ENTREGA.- máximo 90 días naturales
para las partidas 12 y 13, así como 120 días naturales para las partidas
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, a partir de la notificación del fallo.
No se aceptarán entregas parciales y la entrega deberá ser supervisada
por las áreas Técnica y de Recursos Materiales; LUGAR DE ENTREGA.- libre
a bordo en el sitio indicado en el anexo técnico de las
bases; PAGO.- En la Subdirección Administrativa, dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la factura debidamente
requisitada y de entregados todos los bienes a entera satisfacción de
la convocante. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la
cuenta del proveedor.
SEXTA.-
Los participantes deberán sostener sus precios por un término de 45 días
naturales después de celebrado el acto de apertura económica, y además
se obligará a mantener en estricta confidencialidad toda la información
de los requisitos establecidos en las presentes bases.
SEPTIMA.-
El seguro de traslado de los bienes correrá por cuenta del proveedor.
Todos los costos que erogue el participante en la preparación y presentación
de su propuesta será totalmente a su cargo, liberando a Radiotelevisión
de Veracruz, Organismo Público Descentralizado de la obligación de reintegrarlos,
cualquiera que sea el resultado de la licitación.
CAPITULO II
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
OCTAVA.- La convocante tendrá
a cargo el procedimiento general de la licitación. La evaluación de las proposiciones correrá a cargo de la convocante.
Ésta tendrá amplias facultades para aplicar las presentes bases y las
leyes que sean relativas al proceso de la licitación.
A
los actos concernientes al procedimiento de licitación, se invitará a
representantes, de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría
de Finanzas y Planeación.
NOVENA- La convocante será
la única autoridad facultada para desechar cualquier proposición que no
sea presentada conforme a lo dispuesto por la convocatoria, las presentes
bases y sus anexos.
DECIMA.- Para los efectos
anteriormente mencionados, el domicilio de la convocante será el ubicado
en Cerro de la Galaxia s/n, colonia
Unidad del Bosque, Tel: 814-14-44 ext. 127, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
DECIMA PRIMERA.- En
la presente licitación pública podrán participar todas las personas físicas
y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados
Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos de la convocatoria, bases,
sus anexos y los señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y demás disposiciones
de la materia relativas y aplicables, a fin de asegurar al estado
las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Todo
interesado que satisfaga los requisitos de la convocatoria y las bases
de la presente licitación tendrá derecho a presentar sus proposiciones.
La convocante proporcionará a todos los interesados igual acceso a la
información relacionada con la licitación.
DECIMA SEGUNDA.- Los
proveedores participantes deberán otorgar garantía por los actos o contratos que celebren de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 48 fracción II
y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público:
a)
Para asegurar el cumplimiento de los contratos derivados de la presente
licitación, el monto de la garantía será como mínimo del 10% del importe
total de la operación, sin considerar el importe del IVA, constituida
mediante póliza de fianza otorgada por institución nacional debidamente
autorizada a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado
de Veracruz, de acuerdo con el texto que se presenta en el anexo 1.
Tratándose
de fianzas la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente cumplir
con los siguientes requisitos:
I.-
La póliza de fianza deberá estar vigente por un año contado a partir de
la fecha en que Radiotelevisión de Veracruz reciba de conformidad los
bienes materia de la licitación, habiéndose levantado la correspondiente
acta de entrega-recepción. Asimismo el proveedor se compromete a renovar
las fianzas por los montos acordados, en caso necesario.
II.-
Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido
en los artículos 95, 95 Bis, 118 y 120
de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
III.-
Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza,
en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de Radiotelevisión
de Veracruz el cumplimiento del contrato.
IV.-
Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza,
en caso de que su fiado no firme el contrato que se derive del fallo de
la licitación y no sostenga su oferta, aún en caso de errores aritméticos
o de otra naturaleza.
V.-
La póliza sólo podrá cancelarse a petición por escrito, de la Secretaría
de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz. Pudiéndose iniciar el
proceso de recuperación de fianzas, de acuerdo con lo prescrito en el
artículo 120 de las Ley de Instituciones de Fianzas.
Por
ser las garantías un documento legal no deberán ser perforadas ni engargoladas
o adheridas a algún papel.
DECIMA
TERCERA.- La convocante conservará en custodia las garantías de cumplimiento
de contrato, a fin de promover cualquier acción derivada del incumplimiento
de las obligaciones por parte del proveedor adjudicado.
CAPITULO III
DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
DECIMA CUARTA.- El
procedimiento de la presente licitación pública nacional, se compondrá
de la siguiente forma:
a).-
Publicación de la convocatoria.
b).-
Venta de bases.
c).-
Visita de reconocimiento a los sitios de instalación.
d).-
Junta de aclaraciones.
e).-
Acto de presentación de proposiciones y apertura técnica
f).-
Dictamen técnico
g).- Acto de apertura económica
h).-
Análisis de propuestas y emisión del dictamen.
i).- Notificación del fallo.
j).- Suscripción del contrato.
k).-
Entrega de los bienes a entera satisfacción de la convocante.
DÉCIMA QUINTA.- Los
interesados podrán adquirir las bases los días 26, 27, 28, 29 de noviembre
y 2 de diciembre del 2002 en la Subdirección de Recursos Materiales
de Radiotelevisión de Veracruz, en un horario de 10:00 a 14:00 y de 18:00 a 20:00 hrs.
DÉCIMA SEXTA.-
El costo de las presentes bases de licitación será de: $ 1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N. ) mas I.V.A. con la convocante
y su pago se realizará mediante depósito bancario a la cuenta No. 0451429817
del Banco BBVA Bancomer , sucursal Museo, a nombre de Radiotelevisión de Veracruz.
Una
vez realizado el pago los interesados acudirán con su ficha de depósito
a la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en Cerro de la Galaxia
s/n, colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa Veracruz para la
entrega de las bases y la factura correspondiente en su caso.
La
venta de bases también estará disponible en el sistema electrónico de
contrataciones Gubernamentales (COMPRANET) con dirección electrónica en
internet: http//:compranet.gob.mx,
los días 26, 27, 28, 29 de noviembre y 2 de diciembre del 2002, su costo será de $ 850.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M. N.) y su adquisición
se realizará a través del sistema de pago por medio de los recibos que
para dicho efecto genere COMPRANET, VER., en bancos.
Cuando
la adquisición de las bases se realice a través de COMPRANET. deberá remitirse
el comprobante de pago al fax No. 01 2288 14 14 44 ext. 127.
DECIMA SEPTIMA.-
Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases o en
las proposiciones presentadas por los participantes podrán ser negociadas.
Asímismo el derecho a presentar proposiciones no puede ser transferido.
Los participantes en la
licitación deberán realizar una visita de reconocimiento al los sitios
donde se instalará el equipo objeto del concurso. Cerro Potroltepec, los
días 3 y 4 de diciembre del 2002, Cerro Verde, el día 6 de diciembre del
2002, y Cerro Matamoros el día 9 de diciembre de 2002. La visita es obligatoria,
para tal efecto se expedirá constancia de asistencia, la que se integrará
en el sobre de la propuesta técnica.
CAPITULO
IV
DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
DECIMA OCTAVA.- Cualquier
duda o aclaración con respecto a la convocatoria, bases y anexo de la
licitación, será resuelta en la junta de aclaraciones, debiendo formularlas
por escrito, en hoja membretada de la empresa y firmadas por su representante
legal a más tardar el día 10 de diciembre del 2002 hasta las 12:00 hrs., remitiéndolas a Radiotelevisión
de Veracruz, Cerro de la Galaxia s/n Col. Unidad del Bosque, mediante
oficio, correo, telégrafo o fax 840-07-17 y 814-14-44 ext. 127. Anexo
a sus preguntas deberán enviar copia del recibo de compra de bases de
participación, de no ser así, no se tomarán en cuenta para resolver sus
dudas.
DECIMA NOVENA.- La
junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 11 de diciembre del 2002,
a las 11:00 horas en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz,
con domicilio en Cerro de la Galaxia S/N, colonia. Unidad del Bosque,
en la ciudad de Xalapa, Veracruz, ante la presencia del representante
de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría de Finanzas y
Planeación. La asistencia a este acto será opcional para los participantes,
pero los acuerdos que se tomen serán obligatorios para todos. Será responsabilidad
de los concursantes que no asistan al acto de la junta de aclaraciones,
informarse de los pormenores derivados de la misma ya sea a través del
sistema COMPRANET o directamente en las oficinas de la convocante.
VIGESIMA.- En
la junta se dará respuesta a las
preguntas que sean presentadas en tiempo y forma por los participantes.
Los concursantes se abstendrán de formular preguntas que no se realicen
en su oportunidad.
VIGESIMA PRIMERA.- De acuerdo con lo establecido en el artículo
33 de la Ley Federal de la materia, se elaborará acta circunstanciada
que deberán rubricar los asistentes a la misma; la omisión de firma por
parte de alguno de ellos no invalidará su contenido. Las modificaciones
a las bases que se deriven de la junta de aclaraciones, se asentarán en
el acta y se entregará copia de la misma a cada uno de los participantes,
anexando las respuestas emitidas por la convocante a las preguntas enviadas
por los licitantes en tiempo y forma. Cualquier modificación de las bases
de la licitación, derivado del resultado de la Junta de Aclaraciones,
será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación.
CAPITULO V
INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE OFERTAS
VIGESIMA SEGUNDA.- De conformidad con los artículos 34 y 35 de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las proposiciones técnicas y económicas que presenten los licitantes se deberán elaborar de la siguiente
forma:
I.- Mecanografiadas en papel membretado
de la participante, sin que contengan tachaduras o enmendaduras. Las propuestas
deberán ser en idioma español y totalmente en moneda nacional (pesos mexicanos),
indicando domicilio y teléfono donde se le pueda hacer cualquier tipo
de notificación
II.- Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse por separado en sobres cerrados,
de manera que los hagan inviolables.
III.-
Las propuestas técnicas y económicas, así como los documentos que
las integran deberán ser firmados por quien legalmente tenga facultad
para asumir las obligaciones que de esta licitación pública se deriven,
debiendo sostenerse los precios aún en caso
de errores aritméticos o de otra naturaleza.
IV.-
En el sobre único de la propuesta
técnica, deberá incluirse toda la documentación técnica que indique
las especificaciones y características de los bienes que cotiza así como:
a).-
Carta compromiso de garantizar los bienes por un término mínimo de un
año contado a partir de su puesta en operación, obligándose a cambiar
aquellos bienes que por sus defectos o vicios ocultos así lo ameriten,
por otros nuevos de la misma marca y calidad.
b).- Escrito
bajo protesta de decir verdad que es una empresa establecida en México.
Así mismo que cuenta con personal técnico capacitado suficiente, con laboratorio
técnico y stock de refacciones
c).- Escrito bajo protesta de comprometerse
a proporcionar la capacitación a dos personas, en la operación del equipo
correspondiente a las partidas 5 y 12, en fabrica o donde lo requiera
Radiotelevisión de Veracruz y en los períodos que previamente se acuerden.
Entregando además los manuales de operación y servicio correspondientes
a las partidas que le hayan sido adjudicadas.
d) Escrito bajo protesta de decir verdad que
los bienes que cotiza cuentan por lo menos con un 50% de integración nacional.
e).- Escrito bajo protesta de decir verdad,
de no encontrarse bajo los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
f).- El proveedor deberá presentar carta original
del distribuidor mayorista, acompañada de una copia de la que el fabricante
le expide al mismo.
g).- Presentar folletos, catálogos y demás documentos
que contengan de manera clara y precisa las características y especificaciones
de los bienes cotizados, en una carpeta y ordenados conforme a las partidas
propuestas y separados con señaladores.
h).- Los proveedores que participen a través
de un representante y con objeto de acreditar su personalidad para participar
en la presente licitación deberán:
·
Presentar un escrito donde el firmante manifieste bajo protesta de decir
verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre
de su representada la propuesta correspondiente.
·
Presentar debidamente requisitado el anexo 2 de las presentes bases.
·
Copia de comprobante de adquisición de las bases de licitación.
·
Presentar un escrito donde el firmante exprese bajo protesta de decir
verdad, haber leído las presentes bases de licitación y la aceptación de sus términos.
No
deberán incluirse en la propuesta técnica aspectos o condiciones de venta.
Su inobservancia será motivo de descalificación.
Los
documentos que al efecto se presenten deberán ser en original,
específicamente para la licitación de referencia. La autenticidad de dichos
documentos puede ser cotejada por la convocante con quienes los hayan
expedido.
V.-
En el sobre único de la propuesta
económica, los requisitos serán:
a).- Describir en forma detallada los precios unitarios y globales, desglosando
el importe del concepto del Impuesto al Valor Agregado, así como los descuentos
que en su caso ofrezcan.
b).- Deberá estipularse el tiempo y la forma
de entrega, tipo de garantía que ofrecen de sus productos, así como todas
aquellas condiciones que beneficien a Radiotelevisión de Veracruz, las
que serán tomadas en consideración en el dictamen correspondiente.
d).-
Indicar domicilio y teléfono donde se le podrá hacer cualquier tipo de
notificación.
VIGESIMA
TERCERA.- Los anexos que son parte integrante de estas bases deberán
ser mecanografiados en papel membretado
de la participante .
CAPITULO
VI
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
VIGESIMA CUARTA.-
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo
en dos etapas: en la primera se procederá a la apertura técnica, en la
segunda, una vez conocido el resultado técnico se efectuará la apertura
de las propuestas económicas.
VIGESIMA QUINTA.- El acto de presentación de proposiciones y apertura técnica se llevará a
cabo el día
13 de diciembre de 2002 a las 11:00 horas, en la Sala de Juntas
de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia S/N, colonia
Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
VIGESIMA SEXTA.- El acto de registro de participantes
se efectuará en el lapso de la hora anterior a la celebración del acto
de recepción de proposiciones y apertura técnica, en la Sala de Juntas
de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia S/N, colonia
Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
VIGESIMA SÉPTIMA.-
Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto
de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar carta poder simple y original y copia de una identificación oficial para
participar en dicho acto.
VIGESIMA OCTAVA.- A
los actos de apertura deberá concurrir
únicamente un representante por empresa participante. Queda prohibida la utilización de teléfonos celulares o localizadores
durante el desarrollo del acto.
VIGESIMA NOVENA.- Los
actos del presente proceso licitatorio serán presididos por el
funcionario que Radiotelevisión de Veracruz designe, el cual será la única
autoridad facultada para aceptar o desechar alguna proposición de las
presentadas durante dichos actos.
TRIGÉSIMA.- Iniciado
el acto de presentación de proposiciones
y apertura técnica, se
pasará lista y al ser nombrados, los participantes entregarán en sobres
cerrados sus proposiciones técnicas y económicas. Se procederá a la apertura
de las propuestas técnicas, ante la presencia de los asistentes, previa
verificación del cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las
bases de la presente licitación, se dará lectura a la parte sustantiva
de las proposiciones.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Las
propuestas técnicas recibidas deberán firmarse en las partes correspondientes
a las especificaciones, cuando menos por dos proveedores designados por
los concursantes y por los servidores públicos de la convocante, así como
de la Contraloría General del Estado y la Secretaría de Finanzas y Planeación
presentes en el acto. Por otro lado,
rubricarán los sobres cerrados que contengan las propuestas económicas
de los licitantes.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Se
levantará acta circunstanciada de esta primera etapa, en la cual se hará
constar las proposiciones recibidas, las rechazadas con las causas que
las motivaron y las observaciones que manifiesten los participantes, misma
que será firmada por todos los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma. La falta
de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
El
acto de recepción de apertura económica,
se llevará a cabo el día 17
de diciembre del 2002, a las 11:00
horas., en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, en el
domicilio anteriormente citado.
TRIGÉSIMA
SEGUNDA.- Se levantará acta circunstanciada de la segunda
etapa, en la que se hará constar el resultado técnico, las propuestas
económicas aceptadas para su análisis, mencionando los precios totales,
con y sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, lugar y tiempo de entrega,
pago, garantía de los bienes y demás condiciones ofrecidas por los proveedores.;
el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o
se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún licitante
no invalidará su contenido y efectos.
CAPITULO VII
ELABORACIÓN DEL DICTAMEN
TRIGESIMA TERCERA.- De conformidad con el artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
la
convocante, para efectuar el análisis de las proposiciones y con base
en su presupuesto, elaborará un dictamen técnico-económico en el que se
hará constar las propuestas admitidas y desechadas, así mismo se expresará
cual de los participantes reúne las mejores condiciones en cuanto a calidad,
precio y demás estipulaciones favorables para el Organismo, indicando
también las razones y las causas por las que en su caso se desechen.
TRIGESIMA CUARTA.- El
dictamen se hará por escrito y contendrá la reseña cronológica de los
actos del procedimiento y los puntos resolutivos, expresando de manera
resumida en favor de quién ó quienes se debe pronunciar el fallo para
celebrar los contratos y fincar los pedidos de la presente licitación,
con el apercibimiento para los ganadores de que si no comparecen a suscribirlos
en el término estipulado para ello, se adjudicará si la oferta resulta
conveniente, a la siguiente mejor postura. La adjudicación de la licitación
se hará en los términos estipulados en la cláusula tercera de estas bases.
TRIGESIMA QUINTA.-
En caso de ser necesario, la convocante podrá solicitar para la elaboración
y emisión del dictamen, la opinión técnica de una dependencia, instancia
gubernamental o persona física o moral, perita en el análisis de los bienes
objeto de la presente licitación. Además, podrá realizar visitas a las
instalaciones de los participantes cuando así lo determine conveniente,
con el fin de comprobar y determinar su capacidad y aptitud para dar cumplimiento
a su oferta.
Ninguna
de las condiciones contenidas en las presentes bases, así como en las
proposiciones presentadas por los concursantes podrá ser negociada.
CAPITULO VIII
DESCALIFICACION DE
PARTICIPANTES
TRIGESIMA SEXTA.- Se descalificará a los participantes
que incumplan con cualquiera de los requisitos exigidos por las presentes
bases; asimismo, cuando se compruebe que algún proveedor ha acordado con
otro u otros elevar el precio
del bien.
CAPITULO IX
NOTIFICACION DEL FALLO
TRIGESIMA SEPTIMA.- Elaborado
el dictamen correspondiente y
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Federal de la
materia, en junta pública se dará a conocer el fallo de la licitación,
a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran participado
en el acto de presentación y apertura de proposiciones, levantándose el
acta respectiva que firmarán los asistentes, a quienes se entregará copia
de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará
su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición
de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación. En sustitución
de esa junta, la convocante podrá optar por notificar el fallo de la licitación
por escrito a cada uno de los licitantes, dentro de los cinco días naturales
siguientes a su emisión.
CAPITULO X
SUSCRIPCION DEL CONTRATO
TRIGESIMA OCTAVA.- De conformidad con el artículo 46 de Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los
contratos que deban formalizarse como resultado de la adjudicación, deberán
suscribirse en un término no mayor de veinte días naturales contados a
partir de la fecha en que se hubiere notificado al participante adjudicado
el fallo correspondiente, así mismo deberá comparecer ante el titular
de la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz,
para suscribir el contrato correspondiente presentando la siguiente documentación:
a)
Original
y copia para cotejo del Acta Constitutiva de la persona moral de que se
trate, incluyendo las modificaciones que en su caso se hubiesen realizado.
b)
Original
y copia para cotejo del testimonio notarial que acredite la personalidad
de su representante, debiendo estar inscrito en el Registro Público de
la Propiedad .
c)
Comprobante
de domicilio
d)
Original
y copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la Alta ante la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público donde constate dedicarse al giro relacionado
con los bienes materia de la licitación.
e)
Fianza
de cumplimiento de contrato conforme a la cláusula décima segunda inciso
a).
" Este procedimiento tiene
como propósito dinamizar la ejecución de la obra pública correspondiente
al año 2003 y aprovechar el período de secas desde el inicio de año, y
en consecuencia estar en condiciones de realizar le ejecución del gasto
de inversión en forma más eficiente; sin embargo, el presente proceso
licitatorio no generará para el Gobierno del Estado obligación alguna
o compromiso de pago con cargo al presupuesto de egresos del 2003, sino
hasta que el H. Congreso del Estado apruebe el Decreto de Presupuesto
de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2003, con las previsiones presupuestales
suficientes propuestas por el Ejecutivo del Estado. Por lo anterior el
contrato que se derive del proceso licitatorio, en su caso se suscribirá
en los primeros días hábiles del mes de enero, una vez publicado en la
Gaceta Oficial del Estado el decreto antes citado ".
TRIGESIMA NOVENA.- Los contratos los firmará
la Subdirectora Administrativa de Radiotelevisión de Veracruz, Apoderada Legal de Radiotelevisión de Veracruz
y el representante legal de la participante ganadora de la licitación.
Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo,
dentro del plazo a que se refiere el artículo 46 de la Ley de la materia,
la convocante podrá, si conviene a su interés, sin necesidad de un nuevo
procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado
la siguiente proposición solvente más baja, de acuerdo con lo asentado
en el dictamen a que se refiere el artículo 36 del mismo ordenamiento.
CUADRAGESIMA.- El
pago de los bienes se hará a los 20 días de recibida la factura debidamente
requisitada y de entregados y puestos en operación la totalidad de los bienes a entera satisfacción de la convocante.
El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor.
Los
participantes a quienes se les hubiere adjudicado los contratos, no estarán
obligados a suministrar los bienes, si la convocante, por causas no imputables
al participante, no firmare el contrato dentro del plazo establecido en
el artículo antes citado.
CUADRAGESIMA PRIMERA.- Los
derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse
en forma parcial o total a ninguna otra persona física o moral, con excepción
de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad
previa de la convocante.
CUADRAGESIMA SEGUNDA.-
Conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de su presupuesto
aprobado y disponible, la convocante, bajo su responsabilidad y por razones
fundadas, podrán acordar la disminución o en su caso el incremento en
la cantidad de bienes solicitados mediante modificaciones al contrato
vigente, dentro de los doce meses posteriores a su firma, siempre que
el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto, el 20% de
los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el
precio de los bienes sea igual al pactado originalmente.
CUADRAGESIMA TERCERA.-
Cualquier modificación a los contratos deberán formalizarse por escrito.
Los instrumentos legales respectivos serán suscritos por el servidor público
que lo haya hecho en el contrato o por quien lo sustituya. Así mismo,
la convocante se abstendrá de
hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, y en general
cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un
proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
CUADRAGESIMA CUARTA.-
Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir administrativamente el contrato,
en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así
como revocarlos anticipadamente cuando concurran razones de interés general,
de conformidad con lo planteado en el artículo 54 de la ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CUADRAGESIMA QUINTA.- Radiotelevisión
de Veracruz, únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado; los proveedores
cubrirán las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia
pudiere estar sujeta la importación de bienes objeto de los contratos.
En estos casos no procederán incrementos a los precios pactados ni cualquier
otra modificación al contrato, así como las demás contribuciones que se
causen por motivo de la celebración de los contratos o pedidos, correrán
a cargo del proveedor.
CUADRAGESIMA SEXTA.-
Los proveedores contratantes se responsabilizan expresamente en los casos
que se infrinjan derechos de autor, patentes o marcas, quedando liberado
totalmente de ello Radiotelevisión de Veracruz.
CAPITULO XI
DECLARACION DEL CONCURSO DESIERTO
CUADRAGESIMA SEPTIMA.- De conformidad con el artículo 38 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamiento y Servicios del Sector Público, Radiotelevisión de Veracruz,
podrá declarar desierta la presente licitación pública y expedirá una
nueva convocatoria en los siguientes casos:
.-
Cuando ningún proveedor se hubiere inscrito para participar o no hubieren
presentado propuestas.
II.-
Cuando ninguna de las ofertas presentadas reúnan los requisitos establecidos
en las bases de la licitación o que sus precios no sean aceptables, de
acuerdo con estudio de mercado efectuado por el Organismo.
La
declaración que haga Radiotelevisión de Veracruz, de considerar desierta
alguna partida o en su caso la licitación pública, en su totalidad
se comunicará por escrito a los participantes.
CUADRAGESIMA OCTAVA.- Declarada
desierta la licitación, se procederá a expedir una segunda convocatoria
para una nueva licitación, a la cual podrán inscribirse todos los participantes
de la primera, incluyendo los que fueron descalificados, siempre y cuando
cumplan con los requisitos exigidos en las bases respectivas.
CAPITULO XII
CANCELACION O REDUCCION DE LAS PARTIDAS EN CONCURSO
CUADRAGESIMA NOVENA.- Conforme al artículo 38 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la entidad convocante
podrá proceder a la cancelación del concurso por caso fortuito o fuerza
mayor o cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen
la extinción de la necesidad para adquirir.
CAPITULO XIII
DE LAS INCONFORMIDADES
QUINCUAGESIMA.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las inconformidades por parte
de los participantes, se harán valer por escrito ante la Secretaría de
la Contraloría y Desarrollo Administrativo SECODAM, por los actos que
contravengan las disposiciones de las presentes bases y de la Ley que
regula la presente licitación, dentro de los diez días hábiles siguientes
a aquel en que los actos ocurran o a partir de que tengan conocimiento
de ellos.
La
Contraloría de la Federación, en atención a las inconformidades, realizará
las investigaciones pertinentes, a fin de verificar que los actos de cualquier
procedimiento de contratación se ajusten a las disposiciones de la Ley
de la materia, dentro de un plazo
que no excederá de 45 días naturales contados a partir de la fecha en
que se tenga conocimiento del acto irregular, transcurrido dicho plazo,
deberá emitir la resolución correspondiente dentro de los treinta días
hábiles siguientes. Posterior a esta instancia corresponderá al Tribunal
de lo Contencioso Administrativo conocer del asunto.
CAPITULO XIV
DE LAS SANCIONES
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.- En acatamiento de las disposiciones de los artículos
59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, los licitantes que infrinjan lo establecido por esta Ley, serán
sancionados por la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo
SECODAM con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces
el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes,
en la fecha de la infracción.
La contraloría Federal además de la sanción referida,
inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación
o celebrar contratos regulados por esta ley, al licitante o proveedor
que se ubique en alguno de los supuestos siguientes:
I.- Los licitantes
que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado
por la convocante.
II.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto
de la fracción III del artículo 50 del
ordenamiento legal citado, respecto de dos o más dependencias o entidades.
III.- Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales, por causas imputables
a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la
convocante, así como aquellos que entreguen bienes con especificaciones
distintas de las convenidas. Asimismo, Se hará efectiva la garantía relativa
al cumplimiento del contrato y pedido, cuando no se hagan las entregas
de los bienes en el término y condiciones acordados para ello.
IV.- Los licitantes o proveedores que proporcionen
información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento
de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia,
o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de
conciliación o de una inconformidad.
V.-
Las demás que procedan de acuerdo con las leyes aplicables.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.-
De conformidad con el artículo 53 de la Ley de la materia, cuando el participante
ganador una vez celebrado el contrato o pedido se atrase en la entrega
de los bienes, se aplicará una pena convencional consistente en el importe
correspondiente al CINCO AL MILLAR
por cada día de atraso, el cual será deducido del importe total a
pagar; dicha sanción se establecerá en el contrato o pedido respectivo.
CAPITULO XV
DE LAS MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Y
LAS BASES
QUINCUAGESIMA SEGUNDA.-
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público, la convocante
podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria
o en las bases de la licitación, siempre que no se busque con ello limitar
el número de participantes y que las modificaciones se realizasen a partir
de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el
sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones.
Tratándose
de la convocatoria, las modificaciones se harán del conocimiento de los
interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación.
En
el caso de las bases de la licitación, se deberá publicar un aviso en
el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los interesados concurran
ante la propia convocante para conocer, de manera específica, las modificaciones
respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso anterior
, cuando las modificaciones se deriven de la junta de aclaraciones.
A T E N T A M E N T E
Xalapa, Ver., a 26 de noviembre de 2002
C.P.
BEATRIZ E. BELLO CONDE
SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA
A N E X O Nº. 1
TEXTO QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES QUE DEBERAN INCLUIRSE EN
LAS POLIZAS DE GARANTIA SOLICITADAS PARA CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN
LA LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº. 59114001-001-02,
RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO
PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN
Ante: la SECRETARÍA
DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.-LLAVE.
Para garantizar por: (
nombre de la empresa que participa en la licitación ), hasta por la expresada
cantidad de: ($ número y letra) el cumplimiento de todas y cada una de
las obligaciones estipuladas en el contrato con folio no._____ celebrado
con Radiotelevisión de Veracruz, de fecha _________________________ relacionado
con los pedidos nos. ____________ de fecha _________________ para la adquisición
de equipo para estaciones retransmisoras de televisión. Esta fianza garantiza
también la calidad, defectos de fabricación
o vicios ocultos de los bienes materia del contrato y pedidos de
referencia durante 1 año contados a partir de la fecha en que sean recibidos
y puestos en operación a entera satisfacción de Radiotelevisión de Veracruz.
(nombre de la compañía afianzadora) acepta expresamente continuar garantizando
las obligaciones a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se
otorguen prórrogas o esperas al deudor para el cumplimiento de las obligaciones
que se afianzan.- La institución afianzadora se somete al procedimiento
administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis,118
y 120 de la Ley Federal de Instituciones
de Fianzas con exclusión de cualquier otra.- Esta fianza solo podrá ser
cancelada mediante autorización por escrito de la Secretaria de Finanzas
y Planeación de Veracruz-Llave.
A N E X O Nº 2
RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS
DE TELEVISIÓN
1.-
DEL PROVEEDOR
R.F.C.
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NOMBRE DE SU APODERADO:
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DOMICILIO:
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CALLE
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Nº
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COLONIA
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C.P.
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MUNICIPIO:
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ESTADO:
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TELÉFONO:
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FAX:
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CORREO ELECTRÓNICO:
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ESCRITURA PÚBLICA DONDE CONSTE:
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ACTA CONSTITUTIVA:
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Nº
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FECHA:
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REFORMAS:
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Nº
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FECHA
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Nº
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FECHA
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Nº
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FECHA
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Nº
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FECHA
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NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO QUE DIO FE A LOS MISMOS:
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Nº DE LA NOTARIA:
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LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO:
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RELACIÓN DE LOS ACCIONISTAS:
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DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA:
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2.-
DEL REPRESENTANTE DEL PROVEEDOR:
ESCRITURA PÚBLICA EN
LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR
LA PROPUESTA:
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Nº:
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FECHA:
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NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL FUE OTORGADA
LA REPRESENTACIÓN:
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Nº DE LA NOTARIA
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LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO:
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A N E X O Nº. 3
C.
_______________________________________________
DE
LA ___________________________________________.
P
R E S E N T E.
En relación a la Licitación Pública Nacional No. _____________,
relativa _______________________________________ y en cumplimiento a las
bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted
bajo protesta de decir verdad
que la empresa _________________________________________, no se encuentra
en los supuestos que establece el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como impedimentos para
celebrar pedidos o contratos.
CONTENIDO DEL ARTICULO 50
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Artículo 50.-
Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar
contrato alguno, en las materias a que se refiere esta ley, con las personas
siguientes:
I.- Aquellas en las que el servidor público que intervenga
en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga un interés
personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda
resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos
hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles; o para terceros con los
que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; o bien para
socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes
referidas formen o hayan formado parte de algún modo;
II.- Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el
servicio público; o bien las sociedades de las que dichas personas formen
parte, sin la autorización previa y específica de la Contraloría Federal,
conforme ; así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo
o comisión en el servicio público;
III.- Aquellos proveedores que por causas imputables a ellos
mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente
un contrato en más de una ocasión, dentro de un lapso de dos años calendario,
contados a partir de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá
ante la propia dependencia o entidad convocante durante dos años calendario
contados a partir de la fecha de rescisión del segundo contrato;
IV.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto de
la fracción anterior respecto de dos o más dependencias o entidades, durante
un año calendario contado a partir de la fecha en que la Secretaría lo
haga del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración
Pública estatal;
V.- Las que no hubieren cumplido sus obligaciones contractuales
respecto de las materias de esta ley, por causas imputables a ellas y,
con ello, hayan ocasionado daños o perjuicios a la dependencia o entidad
respectiva;
VI.- Los proveedores o prestadores de servicios cuya actividad
mercantil o de negocios, de conformidad con su objeto social registrado
y autorizado, no corresponda o no tenga relación con los bienes o servicios
solicitados por la dependencia o entidad;
VII.- Las que hubieren proporcionado información falsa,
o que hayan actuado con dolo o mala fe en algún proceso para la adjudicación
de un contrato en su celebración, durante su vigencia o bien en la presentación
o desahogo de una inconformidad;
VIII.- Las que hayan celebrado contratos en contravención
a lo dispuesto por esta ley;
IX.- Los proveedores que se encuentren atrasados en la entrega
de bienes o servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto al
cumplimiento de otro u otros contratos;
X.- Aquellas a las que se haya declarado en suspensión de
pagos o estado de quiebra, o que estén sujetas a concurso de acreedores;
XI.- Las que realicen o vayan a realizar suministros de
bienes y servicios por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial,
en paralelo y en relación con otros trabajos de coordinación, supervisión,
control de obra, instalaciones o de programas especiales; laboratorio
de mecánica de análisis y control de calidad, laboratorio de mecánica
de suelos y de resistencia de materiales y radiografías industriales;
preparación de especificaciones de construcción, presupuestos o la elaboración
de cualquier otro documento para la licitación de adjudicación del contrato
de la misma obra o prestación de servicios;
XII.- Las que por sí o a través de empresas del mismo grupo
empresarial, elaboren dictámenes, peritajes y avalúos, cuando se requiera
dirimir controversias entre tales personas y la dependencia o entidad;
y
XIII.- Las demás que por cualquier otra causa se encuentren
impedidas para ello por disposición de ley.
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