GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE
RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ


BASES DE PARTICIPACION DE LA
LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº. 59114001-001-02
RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE  TELEVISIÓN

GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE
RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ

BASES DE PARTICIPACIÓN PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº  59114001-001-02 RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE

EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN


_________________________________________________________________________________________________________________

Radiotelevisión de Veracruz, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 1°, 2º, 3º, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38  y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asimismo de conformidad con el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios relacionados con Bienes Muebles, en lo que no se oponga y disposiciones administrativas complementarias; ha publicado el día 26 de noviembre del 2002 en el Diario Oficial de la Federación y en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (Compranet), con dirección electrónica en internet: http//:compranet.gob.mx CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 001/2002 dirigida a todas aquellas personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº 594001-001-02, por lo que los interesados deberán sujetarse a las siguientes:

B   A    S    E    S

  CAPITULO  I

DESCRIPCION GENERAL DE LOS BIENES EN LICITACION

         PRIMERA.- Los bienes a adquirir son EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN, de conformidad con las cantidades y especificaciones técnicas establecidas en el anexo técnico de las presentes bases de licitación. Los recursos para la adquisición son de origen  federal.

           SEGUNDA.- Los licitantes podrán participar por partida, pudiendo cotizar por cada una de ellas o por la totalidad, admitiéndose una sola opción de cotización, misma que deberá sujetarse estrictamente al requerimiento solicitado.  

            TERCERA.- La adjudicación se otorgará por partida o partidas según el resultado de la evaluación al o a los proveedores que cumplan con las especificaciones solicitadas y satisfagan las mejores condiciones para la convocante.

            CUARTA.- Los bienes en licitación deberán estar garantizados por los participantes contra cualquier defecto de fabricación, composición o vicios ocultos, por un término mínimo de un año a partir de la fecha de su recepción, instalación y puesta en operación, de acuerdo con el anexo técnico de las presentes bases, debiendo incluir dentro de la propuesta técnica las garantías del fabricante. Se preferirán bienes de tecnología y calidad superior a las especificaciones mínimas requeridas, en igualdad de condiciones de precio y aun cuando resulte un diferencial de precio no mayor al 10% entre la oferta de mejor calidad o tecnología y la cotización o cotizaciones más bajas, a juicio de la convocante siempre y cuando con ello no se rebase la disponibilidad financiera autorizada.

         QUINTA.- El participante ó participantes a quienes se le adjudique el contrato derivado de la presente licitación, deberán sujetarse a las siguientes condiciones: PLAZO DE ENTREGA.- máximo 90 días naturales para las partidas 12 y 13, así como 120 días naturales para las partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, a partir de la notificación del fallo. No se aceptarán entregas parciales y la entrega deberá ser supervisada por las áreas Técnica y de Recursos Materiales; LUGAR DE ENTREGA.- libre a bordo en  el sitio indicado en el anexo técnico de las bases; PAGO.- En la Subdirección  Administrativa, dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la factura debidamente requisitada y de entregados todos los bienes a entera satisfacción de la convocante. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor.

         SEXTA.- Los participantes deberán sostener sus precios por un término de 45 días naturales después de celebrado el acto de apertura económica, y además se obligará a mantener en estricta confidencialidad toda la información de los requisitos establecidos en las presentes bases.

         SEPTIMA.- El seguro de traslado de los bienes correrá por cuenta del proveedor. Todos los costos que erogue el participante en la preparación y presentación de su propuesta será totalmente a su cargo, liberando a Radiotelevisión de Veracruz, Organismo Público Descentralizado de la obligación de reintegrarlos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.

CAPITULO II

REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA

OCTAVA.- La convocante tendrá a cargo el procedimiento general de la licitación. La evaluación de las proposiciones correrá a cargo de la convocante. Ésta tendrá amplias facultades para aplicar las presentes bases y las leyes que sean relativas al proceso de la licitación.

A los actos concernientes al procedimiento de licitación, se invitará a representantes, de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría de Finanzas y Planeación.

NOVENA- La convocante será la única autoridad facultada para desechar cualquier proposición que no sea presentada conforme a lo dispuesto por la convocatoria, las presentes bases y sus anexos.

DECIMA.- Para los efectos anteriormente mencionados, el domicilio de la convocante será el ubicado en Cerro de la Galaxia s/n,  colonia Unidad del Bosque, Tel: 814-14-44 ext. 127, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

DECIMA PRIMERA.- En la presente licitación pública podrán participar todas las personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos de la convocatoria, bases, sus anexos y los señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones  de la materia relativas y aplicables, a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Todo interesado que satisfaga los requisitos de la convocatoria y las bases de la presente licitación tendrá derecho a presentar sus proposiciones. La convocante proporcionará a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con la licitación.

DECIMA SEGUNDA.- Los proveedores participantes deberán otorgar garantía  por los actos o contratos que celebren de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48  fracción II y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público:

a) Para asegurar el cumplimiento de los contratos derivados de la presente licitación, el monto de la garantía será como mínimo del 10% del importe total de la operación, sin considerar el importe del IVA, constituida mediante póliza de fianza otorgada por institución nacional debidamente autorizada a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz, de acuerdo con el texto que se presenta en el anexo 1.

Tratándose de fianzas la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente cumplir con los siguientes requisitos:

I.- La póliza de fianza deberá estar vigente por un año contado a partir de la fecha en que Radiotelevisión de Veracruz reciba de conformidad los bienes materia de la licitación, habiéndose levantado la correspondiente acta de entrega-recepción. Asimismo el proveedor se compromete a renovar las fianzas por los montos acordados, en caso necesario.

II.- Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 Bis, 118 y 120  de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

III.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de Radiotelevisión de Veracruz el cumplimiento del contrato.

IV.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no firme el contrato que se derive del fallo de la licitación y no sostenga su oferta, aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza.

V.- La póliza sólo podrá cancelarse a petición por escrito, de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz. Pudiéndose iniciar el proceso de recuperación de fianzas, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 120 de las Ley de Instituciones de Fianzas. 

Por ser las garantías un documento legal no deberán ser perforadas ni engargoladas o adheridas a algún papel.

DECIMA TERCERA.- La convocante conservará en custodia las garantías de cumplimiento de contrato, a fin de promover cualquier acción derivada del incumplimiento de las obligaciones por parte del proveedor adjudicado.

CAPITULO  III

DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

DECIMA CUARTA.- El procedimiento de la presente licitación pública nacional, se compondrá de la siguiente forma:

a).- Publicación de la convocatoria.

b).- Venta de bases.

c).- Visita de reconocimiento a los sitios de instalación.

d).- Junta de aclaraciones.

e).- Acto de presentación de proposiciones y apertura técnica

f).- Dictamen técnico

g).- Acto de apertura económica

h).- Análisis de propuestas y emisión del dictamen.

 i).- Notificación del fallo.

 j).- Suscripción del contrato.

k).- Entrega de los bienes a entera satisfacción de la convocante.

DÉCIMA QUINTA.- Los interesados podrán adquirir las bases los días 26, 27, 28, 29 de noviembre y 2 de diciembre del 2002 en la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, en un horario de 10:00 a 14:00  y de 18:00 a 20:00 hrs.

DÉCIMA SEXTA.- El costo de las presentes bases de licitación será de:  $ 1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N. ) mas I.V.A. con la convocante y su pago se realizará mediante depósito bancario a la cuenta No. 0451429817 del Banco BBVA Bancomer , sucursal Museo,  a nombre de Radiotelevisión de Veracruz.

Una vez realizado el pago los interesados acudirán con su ficha de depósito a la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa Veracruz para la entrega de las bases y la factura correspondiente en su caso.    

La venta de bases también estará disponible en el sistema electrónico de contrataciones Gubernamentales (COMPRANET) con dirección electrónica en internet:  http//:compranet.gob.mx, los días 26, 27, 28, 29 de noviembre y 2 de diciembre del 2002, su costo será de $ 850.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M. N.) y su adquisición se realizará a través del sistema de pago por medio de los recibos que para dicho efecto genere COMPRANET, VER., en bancos.

Cuando la adquisición de las bases se realice a través de COMPRANET. deberá remitirse el comprobante de pago al fax No. 01 2288 14 14 44 ext. 127.

            DECIMA SEPTIMA.- Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases o en las proposiciones presentadas por los participantes podrán ser negociadas. Asímismo el derecho a presentar proposiciones no puede ser transferido.

Los participantes en la licitación deberán realizar una visita de reconocimiento al los sitios donde se instalará el equipo objeto del concurso. Cerro Potroltepec, los días 3 y 4 de diciembre del 2002, Cerro Verde, el día 6 de diciembre del 2002, y Cerro Matamoros el día 9 de diciembre de 2002. La visita es obligatoria, para tal efecto se expedirá constancia de asistencia, la que se integrará en el sobre de la propuesta técnica.  

CAPITULO IV

DE LA JUNTA DE ACLARACIONES

           

DECIMA OCTAVA.- Cualquier duda o aclaración con respecto a la convocatoria, bases y anexo de la licitación, será resuelta en la junta de aclaraciones, debiendo formularlas por escrito, en hoja membretada de la empresa y firmadas por su representante legal a más tardar el día  10 de diciembre del 2002 hasta las 12:00 hrs., remitiéndolas a Radiotelevisión de Veracruz, Cerro de la Galaxia s/n Col. Unidad del Bosque, mediante oficio, correo, telégrafo o fax 840-07-17 y 814-14-44 ext. 127. Anexo a sus preguntas deberán enviar copia del recibo de compra de bases de participación, de no ser así, no se tomarán en cuenta para resolver sus dudas.

DECIMA NOVENA.- La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día                   11 de diciembre del 2002, a las 11:00 horas en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, con domicilio en Cerro de la Galaxia S/N, colonia. Unidad del Bosque, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, ante la presencia del representante de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría de Finanzas y Planeación. La asistencia a este acto será opcional para los participantes, pero los acuerdos que se tomen serán obligatorios para todos. Será responsabilidad de los concursantes que no asistan al acto de la junta de aclaraciones, informarse de los pormenores derivados de la misma ya sea a través del sistema COMPRANET o directamente en las oficinas de la convocante.

VIGESIMA.- En la junta se dará respuesta  a las preguntas que sean presentadas en tiempo y forma por los participantes. Los concursantes se abstendrán de formular preguntas que no se realicen en su oportunidad.

VIGESIMA PRIMERA.-  De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Federal de la materia, se elaborará acta circunstanciada que deberán rubricar los asistentes a la misma; la omisión de firma por parte de alguno de ellos no invalidará su contenido. Las modificaciones a las bases que se deriven de la junta de aclaraciones, se asentarán en el acta y se entregará copia de la misma a cada uno de los participantes, anexando las respuestas emitidas por la convocante a las preguntas enviadas por los licitantes en tiempo y forma. Cualquier modificación de las bases de la licitación, derivado del resultado de la Junta de Aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación.

 

CAPITULO  V

INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE OFERTAS

 

VIGESIMA SEGUNDA.- De conformidad con los artículos 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las  proposiciones técnicas y económicas que presenten los licitantes se deberán elaborar de la siguiente forma:

         I.- Mecanografiadas en papel membretado de la participante, sin que contengan tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán ser en idioma español y totalmente en moneda nacional (pesos mexicanos), indicando domicilio y teléfono donde se le pueda hacer cualquier tipo de notificación

         II.- Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse por separado en sobres cerrados, de manera que los hagan inviolables.

       III.- Las propuestas técnicas y económicas, así como los documentos que las integran deberán ser firmados por quien legalmente tenga facultad para asumir las obligaciones que de esta licitación pública se deriven, debiendo sostenerse los precios aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza.

       IV.- En el sobre único de la propuesta técnica, deberá incluirse toda la documentación técnica que indique las especificaciones y características de los bienes que cotiza así como:

a).- Carta compromiso de garantizar los bienes por un término mínimo de un año contado a partir de su puesta en operación, obligándose a cambiar aquellos bienes que por sus defectos o vicios ocultos así lo ameriten, por otros nuevos de la misma marca y calidad.

                       b).- Escrito bajo protesta de decir verdad que es una empresa establecida en México. Así mismo que cuenta con personal técnico capacitado suficiente, con laboratorio técnico y stock de refacciones

                       c).- Escrito bajo protesta de comprometerse a proporcionar la capacitación a dos personas, en la operación del equipo correspondiente a las partidas 5 y 12, en fabrica o donde lo requiera Radiotelevisión de Veracruz y en los períodos que previamente se acuerden. Entregando además los manuales de operación y servicio correspondientes a las partidas que le hayan sido adjudicadas.

                       d) Escrito bajo protesta de decir verdad que los bienes que cotiza cuentan por lo menos con un 50% de integración nacional.

                       e).- Escrito bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse bajo los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

                        f).- El proveedor deberá presentar carta original del distribuidor mayorista, acompañada de una copia de la que el fabricante le expide al mismo.

                         g).- Presentar folletos, catálogos y demás documentos que contengan de manera clara y precisa las características y especificaciones de los bienes cotizados, en una carpeta y ordenados conforme a las partidas propuestas y separados con señaladores.

                        h).- Los proveedores que participen a través de un representante y con objeto de acreditar su personalidad para participar en la presente licitación deberán:

·         Presentar un escrito donde el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente.

                      ·         Presentar debidamente requisitado el anexo 2 de las presentes bases.

                      ·         Copia de comprobante de adquisición de las bases de licitación.

·         Presentar un escrito donde el firmante exprese bajo protesta de decir verdad, haber leído las presentes bases de licitación  y la aceptación de sus términos.

No deberán incluirse en la propuesta técnica aspectos o condiciones de venta. Su inobservancia será motivo de descalificación.

Los documentos que al efecto se presenten deberán ser en original, específicamente para la licitación de referencia. La autenticidad de dichos documentos puede ser cotejada por la convocante con quienes los hayan expedido.

       V.- En el sobre único de la propuesta económica, los requisitos serán:

         a).- Describir en forma detallada los precios unitarios y globales, desglosando el importe del concepto del Impuesto al Valor Agregado, así como los descuentos que en su caso ofrezcan.

                        b).- Deberá estipularse el tiempo y la forma de entrega, tipo de garantía que ofrecen de sus productos, así como todas aquellas condiciones que beneficien a Radiotelevisión de Veracruz, las que serán tomadas en consideración en el dictamen correspondiente.

       d).- Indicar domicilio y teléfono donde se le podrá hacer cualquier tipo de notificación.             

                        VIGESIMA TERCERA.- Los anexos que son parte integrante de estas bases deberán ser mecanografiados en papel membretado de la participante .

CAPITULO  VI

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

            VIGESIMA CUARTA.- El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en dos etapas: en la primera se procederá a la apertura técnica, en la segunda, una vez conocido el resultado técnico se efectuará la apertura de las propuestas económicas.

 VIGESIMA QUINTA.- El acto de presentación de proposiciones y apertura técnica se llevará a cabo el día 13 de diciembre de 2002 a las 11:00 horas, en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia S/N, colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

VIGESIMA SEXTA.- El acto de registro de participantes se efectuará en el lapso de la hora anterior a la celebración del acto de recepción de proposiciones y apertura técnica, en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia S/N, colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

VIGESIMA SÉPTIMA.- Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar carta poder simple y original y copia de una identificación oficial para participar en dicho acto.

VIGESIMA OCTAVA.- A los  actos de apertura deberá concurrir únicamente un representante por empresa participante. Queda prohibida la utilización de teléfonos celulares o localizadores durante el desarrollo del acto.

VIGESIMA NOVENA.- Los actos del presente proceso licitatorio serán presididos por el funcionario que Radiotelevisión de Veracruz designe, el cual será la única autoridad facultada para aceptar o desechar alguna proposición de las presentadas durante dichos actos.

TRIGÉSIMA.- Iniciado el acto de presentación de proposiciones  y apertura técnica,  se pasará lista y al ser nombrados, los participantes entregarán en sobres cerrados sus proposiciones técnicas y económicas. Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas, ante la presencia de los asistentes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las bases de la presente licitación, se dará lectura a la parte sustantiva de las proposiciones.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- Las propuestas técnicas recibidas deberán firmarse en las partes correspondientes a las especificaciones, cuando menos por dos proveedores designados por los concursantes y por los servidores públicos de la convocante, así como de la Contraloría General del Estado y la Secretaría de Finanzas y Planeación presentes en el acto. Por otro lado,  rubricarán los sobres cerrados que contengan las propuestas económicas de los licitantes.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- Se levantará acta circunstanciada de esta primera etapa, en la cual se hará constar las proposiciones recibidas, las rechazadas con las causas que las motivaron y las observaciones que manifiesten los participantes, misma que será firmada por todos los asistentes y se pondrá a su disposición  o se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.

El acto de recepción de apertura económica,  se llevará a cabo el día    17 de diciembre del 2002, a las 11:00 horas., en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, en el domicilio anteriormente citado.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Se levantará acta circunstanciada de la segunda etapa, en la que se hará constar el resultado técnico, las propuestas económicas aceptadas para su análisis, mencionando los precios totales, con y sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, lugar y tiempo de entrega, pago, garantía de los bienes y demás condiciones ofrecidas por los proveedores.; el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. 

CAPITULO VII

ELABORACIÓN DEL DICTAMEN

 

TRIGESIMA TERCERA.- De conformidad con el artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,  la convocante, para efectuar el análisis de las proposiciones y con base en su presupuesto, elaborará un dictamen técnico-económico en el que se hará constar las propuestas admitidas y desechadas, así mismo se expresará cual de los participantes reúne las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio y demás estipulaciones favorables para el Organismo, indicando también las razones y las causas por las que en su caso se desechen.

TRIGESIMA CUARTA.- El dictamen se hará por escrito y contendrá la reseña cronológica de los actos del procedimiento y los puntos resolutivos, expresando de manera resumida en favor de quién ó quienes se debe pronunciar el fallo para celebrar los contratos y fincar los pedidos de la presente licitación, con el apercibimiento para los ganadores de que si no comparecen a suscribirlos en el término estipulado para ello, se adjudicará si la oferta resulta conveniente, a la siguiente mejor postura. La adjudicación de la licitación se hará en los términos estipulados en la cláusula tercera de estas bases.

TRIGESIMA QUINTA.- En caso de ser necesario, la convocante podrá solicitar para la elaboración y emisión del dictamen, la opinión técnica de una dependencia, instancia gubernamental o persona física o moral, perita en el análisis de los bienes objeto de la presente licitación. Además, podrá realizar visitas a las instalaciones de los participantes cuando así lo determine conveniente, con el fin de comprobar y determinar su capacidad y aptitud para dar cumplimiento a su oferta.

Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes podrá ser negociada.

CAPITULO   VIII

DESCALIFICACION DE PARTICIPANTES

TRIGESIMA SEXTA.- Se descalificará a los participantes que incumplan con cualquiera de los requisitos exigidos por las presentes bases; asimismo, cuando se compruebe que algún proveedor ha acordado con otro u otros  elevar el precio del bien.

 

CAPITULO  IX

NOTIFICACION DEL FALLO

 

TRIGESIMA SEPTIMA.- Elaborado el dictamen correspondiente  y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Federal de la materia, en junta pública se dará a conocer el fallo de la licitación, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran participado en el acto de presentación y apertura de proposiciones, levantándose el acta respectiva que firmarán los asistentes, a quienes se entregará copia de la misma. La  falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación. En sustitución de esa junta, la convocante podrá optar por notificar el fallo de la licitación por escrito a cada uno de los licitantes, dentro de los cinco días naturales siguientes a su emisión. 


CAPITULO  X

SUSCRIPCION DEL CONTRATO

 

TRIGESIMA OCTAVA.- De conformidad con el artículo 46 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los contratos que deban formalizarse como resultado de la adjudicación, deberán suscribirse en un término no mayor de veinte días naturales contados a partir de la fecha en que se hubiere notificado al participante adjudicado el fallo correspondiente, así mismo deberá comparecer ante el titular de la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, para suscribir el contrato correspondiente presentando la siguiente documentación:

a)      Original y copia para cotejo del Acta Constitutiva de la persona moral de que se trate, incluyendo las modificaciones que en su caso se hubiesen realizado.

b)     Original y copia para cotejo del testimonio notarial que acredite la personalidad de su representante, debiendo estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad .

c)      Comprobante de domicilio

d)     Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público donde constate dedicarse al giro relacionado con los bienes materia de la licitación.

e)      Fianza de cumplimiento de contrato conforme a la cláusula décima segunda inciso a).

  " Este procedimiento tiene como propósito dinamizar la ejecución de la obra pública correspondiente al año 2003 y aprovechar el período de secas desde el inicio de año, y en consecuencia estar en condiciones de realizar le ejecución del gasto de inversión en forma más eficiente; sin embargo, el presente proceso licitatorio no generará para el Gobierno del Estado obligación alguna o compromiso de pago con cargo al presupuesto de egresos del 2003, sino hasta que el H. Congreso del Estado apruebe el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2003, con las previsiones presupuestales suficientes propuestas por el Ejecutivo del Estado. Por lo anterior el contrato que se derive del proceso licitatorio, en su caso se suscribirá en los primeros días hábiles del mes de enero, una vez publicado en la Gaceta Oficial del Estado el decreto antes citado ".

TRIGESIMA NOVENA.-  Los contratos los firmará la Subdirectora Administrativa de Radiotelevisión de Veracruz,  Apoderada Legal de Radiotelevisión de Veracruz y el representante legal de la participante ganadora de la licitación. Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere el artículo 46 de la Ley de la materia, la convocante podrá, si conviene a su interés, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, de acuerdo con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 36 del mismo ordenamiento. 

 

CUADRAGESIMA.- El pago de los bienes se hará a los 20 días de recibida la factura debidamente requisitada y de entregados y puestos en operación  la totalidad de los bienes a entera satisfacción de la convocante. El pago se efectuará mediante sistema electrónico a la cuenta del proveedor.

Los participantes a quienes se les hubiere adjudicado los contratos, no estarán obligados a suministrar los bienes, si la convocante, por causas no imputables al participante, no firmare el contrato dentro del plazo establecido en el artículo antes citado.

 

CUADRAGESIMA PRIMERA.- Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a ninguna otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa de la convocante.

 

CUADRAGESIMA SEGUNDA.- Conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, la convocante, bajo su responsabilidad y por razones fundadas, podrán acordar la disminución o en su caso el incremento en la cantidad de bienes solicitados mediante modificaciones al contrato vigente, dentro de los doce meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente.

CUADRAGESIMA TERCERA.- Cualquier modificación a los contratos deberán formalizarse por escrito. Los instrumentos legales respectivos serán suscritos por el servidor público que lo haya hecho en el contrato o por quien lo sustituya. Así mismo, la convocante se  abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, y en general cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.

CUADRAGESIMA CUARTA.- Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir administrativamente el contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así como revocarlos anticipadamente cuando concurran razones de interés general, de conformidad con lo planteado en el artículo 54 de la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

CUADRAGESIMA QUINTA.- Radiotelevisión de Veracruz, únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado; los proveedores cubrirán las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia pudiere estar sujeta la importación de bienes objeto de los contratos. En estos casos no procederán incrementos a los precios pactados ni cualquier otra modificación al contrato, así como las demás contribuciones que se causen por motivo de la celebración de los contratos o pedidos, correrán a cargo del proveedor.

CUADRAGESIMA SEXTA.- Los proveedores contratantes se responsabilizan expresamente en los casos que se infrinjan derechos de autor, patentes o marcas, quedando liberado totalmente de ello Radiotelevisión de Veracruz.

CAPITULO   XI

DECLARACION DEL CONCURSO DESIERTO

 

CUADRAGESIMA SEPTIMA.- De conformidad con el artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, Radiotelevisión de Veracruz, podrá declarar desierta la presente licitación pública y expedirá una nueva convocatoria en los siguientes casos:

.- Cuando ningún proveedor se hubiere inscrito para participar o no hubieren presentado propuestas.

II.- Cuando ninguna de las ofertas presentadas reúnan los requisitos establecidos en las bases de la licitación o que sus precios no sean aceptables, de acuerdo con estudio de mercado efectuado por el Organismo.

La declaración que haga Radiotelevisión de Veracruz, de considerar desierta alguna partida o en su caso la licitación pública, en su totalidad se comunicará por escrito a los participantes.

CUADRAGESIMA OCTAVA.- Declarada desierta la licitación, se procederá a expedir una segunda convocatoria para una nueva licitación, a la cual podrán inscribirse todos los participantes de la primera, incluyendo los que fueron descalificados, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en las bases respectivas.

CAPITULO  XII

CANCELACION O REDUCCION DE LAS PARTIDAS EN CONCURSO

 

CUADRAGESIMA NOVENA.- Conforme al artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la entidad convocante podrá proceder a la cancelación del concurso por caso fortuito o fuerza mayor o cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir. 

CAPITULO   XIII

DE LAS INCONFORMIDADES

 

QUINCUAGESIMA.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,    las inconformidades por parte de los participantes, se harán valer por escrito ante la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo SECODAM, por los actos que contravengan las disposiciones de las presentes bases y de la Ley que regula la presente licitación, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los actos ocurran o a partir de que tengan conocimiento de ellos.

La Contraloría de la Federación, en atención a las inconformidades, realizará las investigaciones pertinentes, a fin de verificar que los actos de cualquier procedimiento de contratación se ajusten a las disposiciones de la Ley de la materia,  dentro de un plazo que no excederá de 45 días naturales contados a partir de la fecha en que se tenga conocimiento del acto irregular, transcurrido dicho plazo, deberá emitir la resolución correspondiente dentro de los treinta días hábiles siguientes. Posterior a esta instancia corresponderá al Tribunal de lo Contencioso Administrativo conocer del asunto.

 

CAPITULO  XIV

DE LAS SANCIONES

 

QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.- En acatamiento de las disposiciones de los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los licitantes que infrinjan lo establecido por esta Ley, serán sancionados por la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo SECODAM con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.

La contraloría Federal además de la sanción referida, inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta ley, al licitante o proveedor que se ubique en alguno de los supuestos siguientes:

I.-  Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los  mismos no formalicen el contrato adjudicado por la convocante.

II.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto de la fracción III del artículo 50  del ordenamiento legal citado, respecto de dos o más dependencias o entidades.

III.- Los proveedores que  no cumplan con sus obligaciones contractuales, por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la convocante, así como aquellos que entreguen bienes con especificaciones distintas de las convenidas. Asimismo, Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato y pedido, cuando no se hagan las entregas de los bienes en el término y condiciones acordados para ello.

IV.- Los licitantes o proveedores que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.

V.- Las demás que procedan de acuerdo con las leyes aplicables.

QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.- De conformidad con el artículo 53 de la Ley de la materia, cuando el participante ganador una vez celebrado el contrato o pedido se atrase en la entrega de los bienes, se aplicará una pena convencional consistente en el importe correspondiente al CINCO AL MILLAR por cada día de atraso, el cual será deducido del importe total a pagar; dicha sanción se establecerá en el contrato o pedido respectivo.

 

                  

CAPITULO XV

DE LAS MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Y LAS BASES

 

QUINCUAGESIMA SEGUNDA.- De acuerdo con el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la licitación, siempre que no se busque con ello limitar el número de participantes y que las modificaciones se realizasen a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones.

Tratándose de la convocatoria, las modificaciones se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación.

En el caso de las bases de la licitación, se deberá publicar un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los interesados concurran ante la propia convocante para conocer, de manera específica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso anterior , cuando las modificaciones se deriven de la junta de aclaraciones.

A T E N T A M E N T E

 

Xalapa, Ver., a  26 de noviembre de 2002

 

 

 

 

C.P. BEATRIZ E. BELLO CONDE

SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA

 

A N E X O  Nº. 1

 

TEXTO QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES QUE DEBERAN INCLUIRSE EN LAS POLIZAS DE GARANTIA SOLICITADAS PARA CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN LA LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº. 59114001-001-02, RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN

 

Ante: la SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.-LLAVE.

 

Para garantizar por: ( nombre de la empresa que participa en la licitación ), hasta por la expresada cantidad de: ($ número y letra) el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato con folio no._____ celebrado con Radiotelevisión de Veracruz, de fecha _________________________ relacionado con los pedidos nos. ____________ de fecha _________________ para la adquisición de equipo para estaciones retransmisoras de televisión. Esta fianza garantiza también la calidad, defectos de fabricación  o vicios ocultos de los bienes materia del contrato y pedidos de referencia durante 1 año contados a partir de la fecha en que sean recibidos y puestos en operación a entera satisfacción de Radiotelevisión de Veracruz. (nombre de la compañía afianzadora) acepta expresamente continuar garantizando las obligaciones a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al deudor para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.- La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis,118 y 120  de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otra.- Esta fianza solo podrá ser cancelada mediante autorización por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación de Veracruz-Llave.

 

 

 

 

 

A N E X O    Nº 2

LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº. 59114001-001-02

RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO PARA ESTACIONES RETRANSMISORAS DE TELEVISIÓN

1.- DEL PROVEEDOR

 

R.F.C.

 

NOMBRE DE SU APODERADO:

 

DOMICILIO:

 

 

 

CALLE

 

 

 

 

COLONIA

C.P.

MUNICIPIO:

 

ESTADO:

 

TELÉFONO:

 

FAX:

 

CORREO ELECTRÓNICO:

 

ESCRITURA PÚBLICA DONDE CONSTE:

ACTA CONSTITUTIVA:

 

FECHA:

 

REFORMAS:

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO QUE DIO FE A LOS MISMOS:

 

Nº DE LA NOTARIA:

 

LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO:

 

RELACIÓN DE LOS ACCIONISTAS:

 

 

 

 

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.- DEL REPRESENTANTE DEL PROVEEDOR:

 

ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA:

Nº:

 

FECHA:

 

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL FUE OTORGADA LA REPRESENTACIÓN:

 

Nº DE LA NOTARIA

 

LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO:

 

 

 

 

 

A N E X O   Nº. 3

 

 

C. _______________________________________________

DE LA ___________________________________________.

P R E S E N T E.

 

 

 

            En relación a la Licitación Pública Nacional No. _____________, relativa _______________________________________ y en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que la empresa _________________________________________, no se encuentra en los supuestos que establece el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como impedimentos para celebrar pedidos o contratos.

 

CONTENIDO DEL ARTICULO 50

 

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

 

 

            Artículo 50.- Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contrato alguno, en las materias a que se refiere esta ley, con las personas siguientes:

            I.- Aquellas en las que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga un interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles; o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; o bien para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte de algún modo;

            II.- Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público; o bien las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Contraloría Federal, conforme ; así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

            III.- Aquellos proveedores que por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato en más de una ocasión, dentro de un lapso de dos años calendario, contados a partir de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante dos años calendario contados a partir de la fecha de rescisión del segundo contrato;

            IV.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto de la fracción anterior respecto de dos o más dependencias o entidades, durante un año calendario contado a partir de la fecha en que la Secretaría lo haga del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal;

            V.- Las que no hubieren cumplido sus obligaciones contractuales respecto de las materias de esta ley, por causas imputables a ellas y, con ello, hayan ocasionado daños o perjuicios a la dependencia o entidad respectiva;

            VI.- Los proveedores o prestadores de servicios cuya actividad mercantil o de negocios, de conformidad con su objeto social registrado y autorizado, no corresponda o no tenga relación con los bienes o servicios solicitados por la dependencia o entidad;

            VII.- Las que hubieren proporcionado información falsa, o que hayan actuado con dolo o mala fe en algún proceso para la adjudicación de un contrato en su celebración, durante su vigencia o bien en la presentación o desahogo de una inconformidad;

            VIII.- Las que hayan celebrado contratos en contravención a lo dispuesto por esta ley;

            IX.- Los proveedores que se encuentren atrasados en la entrega de bienes o servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto al cumplimiento de otro u otros contratos;

            X.- Aquellas a las que se haya declarado en suspensión de pagos o estado de quiebra, o que estén sujetas a concurso de acreedores;

            XI.- Las que realicen o vayan a realizar suministros de bienes y servicios por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, en paralelo y en relación con otros trabajos de coordinación, supervisión, control de obra, instalaciones o de programas especiales; laboratorio de mecánica de análisis y control de calidad, laboratorio de mecánica de suelos y de resistencia de materiales y radiografías industriales; preparación de especificaciones de construcción, presupuestos o la elaboración de cualquier otro documento para la licitación de adjudicación del contrato de la misma obra o prestación de servicios;

            XII.- Las que por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, elaboren dictámenes, peritajes y avalúos, cuando se requiera dirimir controversias entre tales personas y la dependencia o entidad; y

            XIII.- Las demás que por cualquier otra causa se encuentren impedidas para ello por disposición de ley.