GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ

BASES DE PARTICIPACION DE LA

LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº. LP 59085001/004/2001

RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE

VIDEOCASSETTES, AUDIOCASSETTES Y CD'S

 

GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

RADIOTELEVISIÓN DE VERACRUZ

 

BASES DE PARTICIPACIÓN PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL    No.59085001/004/2001 RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE

VIDEOCASSETTES, AUDIOCASSETTES Y CD'S

 

______________________________________________________________________

 

El Gobierno del Estado de Veracruz a través de  Radiotelevisión de Veracruz, con apoyo en lo dispuesto en los artículos 2º y 3º transitorios de la Constitución Política del Estado; 4º, 44º y 46º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz; 1º,3º, 7º, 9º, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado; 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Veracruz-Llave; ha publicado el día 27 de Noviembre del 2001 en los periódicos estatales El Sur de Veracruz y Diario de Xalapa, en el periódico Milenio de la Ciudad de México y en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (Compranet), CONVOCATORIA 004/2001 dirigida a todas aquellas personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº LP/59085001/004/2001, por lo que los interesados deberán sujetarse a las siguientes:

 

 

 

B   A    S    E    S

 

 

CAPITULO  I

DESCRIPCION GENERAL DE LOS MATERIALES EN LICITACION

 

PRIMERA.- Los materiales a adquirir son VIDEOCASSETTES, AUDIOCASSETTES Y CD'S, de conformidad con las cantidades y especificaciones técnicas establecidas en el anexo técnico de las presentes bases de licitación.

 

         SEGUNDA.- Los licitantes podrán participar por partida, pudiendo cotizar por cada una de ellas o por la totalidad, admitiéndose una sola opción de cotización, misma que deberá sujetarse estrictamente al requerimiento solicitado.

 

            TERCERA.- La adjudicación se otorgará por partida o partidas según el resultado de la evaluación al o los proveedores que cumplan con las especificaciones solicitadas y satisfagan las mejores condiciones para la convocante, pudiéndose optar en casos justificados por el abastecimiento simultáneo, con una diferencial no mayor al 5% respecto de la propuesta solvente mas baja.

 

            CUARTA.- Los materiales en licitación deberán estar garantizados por los participantes contra cualquier defecto de fabricación, composición o vicios ocultos, por un término mínimo de un año a partir de la fecha de su recepción, debiendo incluir dentro de la propuesta técnica las garantías del fabricante. Se preferirán materiales de tecnología y calidad superior a las especificaciones mínimas requeridas, en igualdad de condiciones de precio y aun cuando resulte un diferencial de precio no mayor al 10% entre la oferta de mejor calidad o tecnología y la cotización o cotizaciones más bajas, a juicio de la convocante siempre y cuando con ello no se rebase la disponibilidad financiera autorizada.

 

         QUINTA.- El participante ó participantes a quienes se le adjudique el contrato derivado de la presente licitación, deberán sujetarse a las siguientes condiciones: Plazo de entrega.- 30   días naturales a partir de la suscripción del contrato; Lugar de entrega, libre a bordo en  Radiotelevisión de Veracruz sita en Cerro de la Galaxia s/n colonia Unidad del Bosque, Xalapa, Ver., el pago se hará en la Subdirección Administrativa de RTV, dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la factura debidamente requisitada y de entregados todos los materiales a entera satisfacción de la convocante.

 

         SEXTA.- Los participantes deberán sostener sus precios por un término de 45 días después de celebrado el acto de apertura de propuestas, y además se obligará a mantener en estricta confidencialidad toda la información de los requisitos establecidos en las presentes bases.

 

         SEPTIMA.- El seguro de traslado de los materiales correrá por cuenta del proveedor. Todos los costos que erogue el participante en la preparación y presentación de su propuesta será totalmente a su cargo, liberando a Radiotelevisión de Veracruz  de la obligación de reintegrarlos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.

 

 

 

CAPITULO II

REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA

 

OCTAVA.- La convocante tendrá a cargo el procedimiento general de la Licitación,  así como la evaluación de las proposiciones. Además tendrá amplias facultades para aplicar las presentes bases y las leyes que sean relativas a la licitación.

 

A los actos concernientes al procedimiento de Licitación, se invitará a representantes de la Contraloría Interna, de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría de Finanzas y Planeación.

 

NOVENA- La convocante será la única autoridad facultada para desechar cualquier proposición que no sea presentada conforme a lo dispuesto por la convocatoria, las presentes bases y sus anexos.

 

 

 

 

 

DECIMA.- Para los efectos anteriormente mencionados, el domicilio de la convocante será el ubicado en Cerro de la Galaxia s/n Colonia Unidad del Bosque, Tel: 814-14-44 ext. 127 de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

 

DECIMA PRIMERA.- En la presente licitación pública podrán participar todas las personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos de la convocatoria, bases y los señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado, a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con la ley antes mencionada.

 

Todo interesado que satisfaga los requisitos de la convocatoria y las bases de la presente licitación tendrá derecho a presentar sus proposiciones. La convocante proporcionará a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con la licitación.

 

DECIMA SEGUNDA.- Los proveedores participantes deberán otorgar garantía  por los actos o contratos que celebre conforme a lo siguiente:

 

a) Para asegurar la seriedad de las proposiciones en la presente Licitación Pública, cada participante deberá entregar dentro del sobre de la propuesta económica: fianza, giro bancario, cheque certificado o cheque de caja a nombre de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, por el equivalente al 5% (CINCO POR CIENTO), del monto total de su propuesta antes de I.V.A., conforme al anexo 2.

 

b) Para asegurar el cumplimiento de los contratos derivados de la presente licitación, el monto de la garantía será como mínimo del 10% del importe total de la operación, sin considerar el importe del IVA, constituida mediante póliza de fianza otorgada por institución nacional debidamente autorizada a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación  del Gobierno del Estado (anexo 3).

 

Tratándose de fianzas y pólizas de fianza la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente cumplir con los siguientes requisitos:

 

I.- La fianza y la póliza fianza deberán estar vigentes por un año contado a partir de la fecha en que Radiotelevisión de Veracruz reciba de conformidad los materiales materia de la licitación.

 

II.- Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

 

 

 

 

 

 

 

III.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de Radiotelevisión de Veracruz el cumplimiento del contrato.

 

IV.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no firme el contrato que se derive del fallo de la licitación y no sostenga su oferta, aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza.

 

V.- La póliza sólo podrá cancelarse a petición por escrito, de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado.

 

Por ser las garantías un documento legal no deberán ser perforadas ni engargoladas o adheridas a algún papel.

 

DECIMA TERCERA.- La convocante conservará en custodia las garantías de sostenimiento hasta la fecha del fallo, o que se haga la declaración desierta en la que serán devueltas a los participantes a cambio de los recibos otorgados por la convocante con excepción de aquel a quien se hubiere adjudicado el pedido o contrato o presente inconformidad. Ésta se retendrá hasta el momento en que se constituya la garantía de cumplimiento del pedido o contrato correspondientes o hasta que la inconformidad se resuelva.

 

 

CAPITULO  III

DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

 

DECIMA CUARTA.- El procedimiento de la presente licitación pública, se compondrá de la siguiente forma:

 

a).- Publicación de la convocatoria.

 

b).- Venta de bases.

 

c).- Junta de aclaraciones.

 

d).- Acto de recepción y apertura de proposiciones técnicas y económicas.

 

e).- Análisis de propuestas y emisión del dictamen.

 

f).-  Notificación del fallo.

 

g).- Suscripción del contrato.

 

h).- Entrega de los materiales de conformidad con la convocante.

 

 

 

 

DÉCIMA QUINTA.- Los interesados podrán adquirir las bases los días 27, 28, 29 y 30 de Noviembre y 3 de Diciembre del año en curso en la Subdirección Administrativa, en un horario de 10:00 a 14:00  y de 18:00 a 20:00 hrs.

 

 

DECIMA SEXTA.- El costo de las presentes bases de licitación será de:  ------

$ 1,500.00 (UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N. ) mas I.V.A. con la convocante y su pago se realizará mediante depósito bancario a la cuenta No. 1051223-2 de Bancomer sucursal Museo a nombre de Radiotelevisión de Veracruz.

 

Una vez realizado el mismo, los interesados acudirán con su ficha de depósito a la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en el Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad del Bosque,  en la ciudad de Xalapa, Veracruz para la entrega de las bases en su caso y la factura correspondiente.

           

La venta de bases también estará disponible en el sistema electrónico de contrataciones Gubernamentales (COMPRANET) con dirección electrónica en internet: www.veracruz.compranet.gob.mx; los días 27, 28, 29 y 30 de Noviembre y 3 de Diciembre del 2001, su costo será de $ 1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M. N.) y su adquisición se realizará a través del sistema de pago por medio de los recibos que para dicho efecto genere COMPRANET, VER., en bancos.

 

Cuando la adquisición de las bases se realice a través de COMPRANET. VER deberá remitirse el comprobante de pago al fax No. 01 (28) 40-07-17.

 

            DECIMA SEPTIMA.- Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases o en las proposiciones presentadas por los participantes podrán ser negociadas. Así mismo la mención de que el derecho a presentar proposiciones no puede ser transferido.

 

           

 

CAPITULO IV

DE LA JUNTA DE ACLARACIONES

           

DECIMA OCTAVA.- Cualquier duda o aclaración con respecto a la convocatoria y bases de licitación, será resuelta en la junta de aclaraciones, debiendo formularlas por escrito hasta del día 4 de Diciembre del 2001 hasta las 12:00 hrs., remitiéndolas a Radiotelevisión de Veracruz, Cerro de la Galaxia s/n Col. Unidad del Bosque, mediante oficio, correo, telégrafo o fax 840-07-17 y 814-14-44 ext. 127. Anexo a sus preguntas deberán enviar copia del recibo de compra de bases de participación, de no ser así, no se tomarán en cuenta para resolver sus dudas.

 

 

 

 

DECIMA NOVENA.- La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 5 de Diciembre del 2001, a las 11:00 horas en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, con domicilio Cerro de la Galaxia S/N, Col. Unidad del Bosque, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, ante la presencia del representante de la Contraloría Interna, de la Contraloría General del Estado y de la Secretaría de Finanzas y Planeación. La asistencia a este acto será opcional para los participantes, pero los acuerdos que se tomen serán obligatorios para todos. Será responsabilidad de los concursantes que no asistan al acto de la junta de aclaraciones, informarse de los pormenores derivados de la misma ya sea a través del sistema COMPRANET o directamente en las oficinas de la convocante.

 

VIGESIMA.- En la junta se dará respuesta  a las preguntas que sean presentadas en tiempo y forma por los participantes. Los concursantes se abstendrán de formular preguntas que no se realicen en su oportunidad.

 

VIGESIMA PRIMERA.-  Se elaborará acta circunstanciada que deberán rubricar los asistentes a la misma; la omisión de firma por parte de alguno de ellos no invalidará su contenido. Las modificaciones a las bases que se deriven de la junta de aclaraciones, se asentarán en el acta y se entregará copia de la misma a cada uno de los participantes anexando las respuestas emitidas por la convocante a las preguntas de los participantes.

 

 

 

CAPITULO  V

INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE OFERTAS

 

VIGESIMA SEGUNDA.- Las propuestas que presentarán los participantes, serán: técnicas y económicas y contendrán los datos que a continuación se indican, debiéndose elaborar de la siguiente forma:

 

         I.- Mecanografiadas en papel membretado de la participante, sin que contengan tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán ser en idioma español y totalmente en moneda nacional (PESOS), indicando domicilio y teléfono donde se le pueda hacer cualquier tipo de notificación

 

         II.- Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse por separado en sobres cerrados, de manera que los hagan inviolables.

 

       III.- Las propuestas técnicas y económicas, así como los documentos que las integran deberán ser firmados por quien legalmente tenga facultad para asumir las obligaciones que de esta licitación pública se generen, debiendo sostenerse los precios aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza.

 

       IV.- En el sobre de la propuesta técnica, deberá incluirse toda la documentación técnica que indique las especificaciones y características de los materiales que cotiza así como:

 

                        a) Escrito bajo propuesta de decir verdad, de no encontrarse bajo los supuestos del artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave según anexo 4.

 

                        b).-  Presentar folletos, catálogos y demás documentos que contengan de manera clara y precisas las características y especificaciones de los materiales cotizados.

 

                        c).- Los proveedores que participen a través de un representante y con objeto de acreditar su personalidad para participar en la presente licitación deberán:

 

·         Presentar un escrito donde el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente.

 

·          Presentar debidamente requisitado el anexo 1 de las presentes bases.

 

·         Copia de comprobante de adquisición de las bases de Licitación.

 

No deberán incluirse en la propuesta técnica aspectos o condiciones de venta que hagan referencia al monto de la garantía de sostenimiento, tiempo de entrega, vigencia de precios, etc., su inobservancia será motivo de descalificación.

 

Los documentos que al efecto se presenten deberán ser en original, específicamente para la licitación en referencia. La autenticidad de dichos documentos puede ser cotejada por la convocante con quienes los hayan expedido.

 

       V.- En el sobre único de la propuesta económica, los requisitos serán:

 

         a).- Describir en forma detallada los precios unitarios y globales, desglosando el importe del concepto del Impuesto al Valor Agregado, así como los descuentos que en su caso ofrezcan.

 

                        b).-  Deberá incluirse la garantía de sostenimiento de propuestas a que se hace referencia en la cláusula décima segunda inciso a) de las presentes bases.

 

       c).- Deberá estipularse el tiempo y la forma de entrega, tipo de garantía que ofrecen de sus productos, así como todas aquellas condiciones que beneficien a Radiotelevisión de Veracruz, las que serán tomadas en consideración en el dictamen correspondiente.

 

       d).- Indicar domicilio y teléfono donde se le podrá hacer cualquier tipo de notificación.

        

         e).- Escrito bajo protesta de decir verdad que se leyeron las presentes bases y se está conforme con lo establecido en las mismas.

 

                        VIGESIMA TERCERA.- Los anexos que son parte integrante de estas bases deberán ser mecanografiados en papel membretado de la participante .

 

 

 

CAPITULO  VI

ACTO DE RECEPCION Y APERTURA DE PROPOSICIONES

 

VIGESIMA CUARTA.- El acto de registro de participantes se efectuará en el lapso de la hora anterior a la celebración del acto de recepción y apertura de proposiciones, en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia S/N, Colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

 

VIGESIMA QUINTA.- Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar carta poder simple y original y copia de una identificación oficial para participar en dicho acto.

 

 

El acto de recepción y apertura de proposiciones técnicas y económicas se llevará a cabo el día 7 de Diciembre del 2001, a las 11:00 hrs., en la Sala de Juntas de Radiotelevisión de Veracruz, en el domicilio anteriormente citado.

 

VIGESIMA SEXTA.- Al acto de recepción y apertura deberá concurrir únicamente un representante por empresa participante. Queda prohibida la utilización de teléfonos celulares o localizadores durante el proceso del acto.

 

VIGESIMA SEPTIMA.- El acto de apertura de ofertas será presidido por el funcionario que Radiotelevisión de Veracruz designe, el cual será la única autoridad facultada para aceptar o desechar alguna proposición de las presentadas durante dicho acto, en los términos de la  ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz.

 

VIGESIMA OCTAVA.- Iniciado el acto de apertura de ofertas se pasará lista y al ser nombrados, los participantes entregarán en sobres cerrados sus proposiciones técnicas y económicas. Se procederá a la apertura de los mismos, ante la presencia de los asistentes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las bases de la presente licitación, se dará lectura a la parte sustantiva de las proposiciones, mencionando los precios totales con y sin incluir el IVA, lugar y tiempo de entrega, condiciones de pago, garantía de los materiales, forma de pago y demás condiciones ofrecidas para la convocante.

 

VIGESIMA NOVENA.- Las propuestas recibidas deberán firmarse en las partes correspondientes a las especificaciones, aspectos económicos, tiempo y lugar de entrega, cuando menos por dos proveedores designados por los concursantes y por los servidores públicos de la convocante, así como de la Contraloría Interna, de la Contraloría General del Estado y la Secretaría de Finanzas y Planeación presentes en el acto.

 

TRIGESIMA.- Se levantará acta circunstanciada en la que se harán constar las proposiciones recibidas y sus importes; las rechazadas con las causas que las motivaron y las observaciones que manifiesten los participantes, entregándose a cada uno de ellos copia del acta, misma que será firmada por todos los asistentes al acto; la omisión de firmas por parte de alguno de ellos no invalidará el contenido y efecto del acta.

 

 

CAPITULO VII

ELABORACION DEL DICTAMEN

 

TRIGESIMA PRIMERA.- La convocante, para efectuar el análisis de las proposiciones, y su propio presupuesto, elaborará un dictamen técnico-económico en el que se hará constar las propuestas admitidas y desechadas, así mismo se expresará cual de los participantes reúne las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio y demás condiciones favorables para la dependencia, indicando también las razones y las causas por las que en su caso se descalifique.

 

TRIGESIMA SEGUNDA.- El dictamen se hará por escrito y contendrá los puntos resolutivos, expresando de manera resumida en favor de quién ó quienes se debe pronunciar el fallo para celebrar los contratos y fincar los pedidos de la presente licitación, con el apercibimiento para los ganadores de que si no comparecen a suscribirlos en el término estipulado para ello, se adjudicará si la oferta resulta conveniente, a la siguiente mejor postura, perdiendo a favor del Gobierno del Estado de Veracruz, el importe de la garantía de seriedad de su propuesta. La adjudicación de la licitación se hará en los términos estipulados en la cláusula tercera de estas bases.

 

TRIGESIMA TERCERA.- En caso de ser necesario, la convocante podrá solicitar para la elaboración y emisión del dictamen, la opinión técnica de una dependencia o instancia gubernamental, perita en el análisis de los materiales objeto de la presente licitación. Además, podrá realizar visitas a las instalaciones de los participantes cuando así lo determine conveniente, con el fin de comprobar y determinar su capacidad y aptitud para dar cumplimiento a su oferta.

 

Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes podrá ser negociada.

 

 

 

CAPITULO   VIII

DESCALIFICACION DE PARTICIPANTES

 

TRIGESIMA CUARTA.- Se descalificará a los participantes que incumplan con cualquiera de los requisitos exigidos por las presentes bases; asimismo, cuando se compruebe que algún proveedor ha acordado con otro u otros para elevar el precio del bien.

 

 

CAPITULO  IX

NOTIFICACION DEL FALLO

 

TRIGESIMA QUINTA.- Elaborado el dictamen correspondiente, si el fallo de la licitación no puede emitirse en el acto de apertura de ofertas, podrá darse a conocer en acto público posterior al cual se invitará a un representante de la Contraloría Interna, un representante de la Contraloría General del Estado y a un representante de la Secretaría de Finanzas y Planeación y se levantará acta que podrá incluir, si hubiere, las observaciones de los asistentes y será firmada por éstos, a cada uno de los cuales se les entregará copia. La omisión de firma de los proveedores no invalidará el contenido y efectos del acta. Si a quien se le haya adjudicado el contrato no está presente, se le notificará el fallo correspondiente en un plazo no mayor de tres días.

 

Se podrá optar por comunicar el fallo a los participantes, mediante escrito con acuse de recibo.

 

 

 

 

 

CAPITULO  X

SUSCRIPCION DEL CONTRATO

 

TRIGESIMA SEXTA.- Los contratos que deban formalizarse como resultado de la adjudicación, deberán suscribirse en un término no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que se hubiere notificado al participante adjudicado el fallo correspondiente, así mismo deberá comparecer ante el titular de la Subdirección Administrativa de Radiotelevisión de Veracruz  para suscribir el contrato correspondiente presentando la siguiente documentación:

 

a)      Original y copia para cotejo del Acta Constitutiva de la persona moral de que se trate, incluyendo las modificaciones que en su caso se hubiesen realizado.

b)     Original y copia para cotejo del testimonio notarial que acredite la personalidad de su representante.

c)      Comprobante de domicilio

d)     Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público donde constate dedicarse al giro relacionado con los equipos materia de la licitación.

e)      Fianza de cumplimiento de contrato conforme a la cláusula décima segunda inciso b).

 

TRIGESIMA SEPTIMA.-  Los contratos los firmará el Director General de Radiotelevisión de Veracruz, y el representante legal de la participante ganadora de la licitación. El participante a quien se hubiere adjudicado el contrato como resultado de la licitación, perderá a favor de la convocante la garantía del sostenimiento de la oferta que hubiere otorgado, en caso de no comparecer dentro del plazo a que se refiere la cláusula anterior, cancelándose la adjudicación y asignándose a la siguiente mejor postura si así conviene al interés de la convocante.

 

TRIGESIMA OCTAVA.- El pago de los materiales se hará a los 20 días de recibida la factura debidamente requisitada, en la Subdirección Administrativa, y de entregada la totalidad del material a entera satisfacción de la convocante.

 

Los participantes a quienes se les hubiere adjudicado los contratos, no estarán obligados a suministrar los materiales, si la convocante, por causas no imputables al participante, no firmare el contrato dentro del plazo establecido en este artículo.

 

TRIGÉSIMA NOVENA.- Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a ninguna otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa de la convocante.

 

CUADRAGESIMA.- Los proveedores dispondrán de un plazo de dos días hábiles a partir de la fecha en que reciban el pedido o contrato, para presentar por escrito las aclaraciones correspondientes al contenido de esos documentos. La convocante contará con un plazo similar para dar respuesta, así mismo la condición de que serán a precio fijo.

 

CUADRAGESIMA PRIMERA.- Dentro de su presupuesto aprobado y disponible, la convocante, bajo su responsabilidad y por razones fundadas, podrán acordar el incremento en la cantidad de artículos solicitados mediante modificaciones al contrato vigente, dentro de los seis meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los artículos sea igual al pactado originalmente.

 

CUADRAGESIMA SEGUNDA.- Cualquier modificación a los contratos deberán formalizarse por escrito. Los instrumentos legales respectivos serán suscritos por el servidor público que lo haya hecho en el contrato o por quien lo sustituya. Así mismo, la convocante se  abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, y en general cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.

 

 

 

CUADRAGESIMA TERCERA.- Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir administrativamente el contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así como revocarlos anticipadamente cuando concurran razones de interés público.

 

CUADRAGESIMA CUARTA.- Radiotelevisión de Veracruz, únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado; los proveedores cubrirán las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia pudiere estar sujeta la importación de materiales objeto de los contratos. En estos casos no procederán incrementos a los precios pactados ni cualquier otra modificación al contrato, así como las demás contribuciones que se causen por motivo de la celebración de los contratos o pedidos correrán a cargo del proveedor.

 

CUADRAGESIMA QUINTA.- Los proveedores contratantes se responsabilizan expresamente en los casos que se infrinjan derechos de autor, patentes o marcas, quedando liberado totalmente de ello Radiotelevisión de Veracruz.

 

 

CAPITULO   XI

DECLARACION DEL CONCURSO DESIERTO

 

CUADRAGESIMA SEXTA.- Radiotelevisión de Veracruz, podrá declarar desierta la presente Licitación Pública y expedirá una nueva convocatoria en los siguientes casos:

 

I.- Cuando ningún proveedor se hubiere inscrito para participar o no hubieren concurrido al acto de recepción y apertura de propuestas.

 

II.- Cuando ninguna de las ofertas presentadas reúnan los requisitos establecidos en las bases de la licitación o que sus precios no sean aceptables, de acuerdo a estudio de mercado efectuada por la dependencia convocante.

 

La declaración que haga Radiotelevisión de Veracruz, de considerar desierta alguna partida o en su caso la licitación pública, en su totalidad se comunicará por escrito a los participantes.

 

CUADRAGESIMA SEPTIMA.- Declarada desierta la licitación, se procederá a expedir una segunda convocatoria para una nueva licitación, a la cual podrán inscribirse todos los participantes de la primera, incluyendo los que fueron descalificados, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en las bases respectivas.

 

 

CAPITULO  XII

CANCELACION O REDUCCION DE LAS PARTIDAS EN CONCURSO

 

CUADRAGESIMA OCTAVA.- Cuando concurran razones de interés público, la dependencia convocante podrá proceder a la cancelación o reducción de la partida en concurso, haciéndolo del conocimiento de los participantes en forma oportuna, con anterioridad o durante la celebración de la junta de aclaraciones.

 

 

CAPITULO   XIII

DE LAS INCONFORMIDADES

 

CUADRAGESIMA NOVENA.- Las inconformidades por parte de los participantes, se harán valer por escrito ante la Contraloría General del Estado, por los actos que contravengan las disposiciones de las presentes bases y de la Ley que regula la presente licitación, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los actos ocurran o a partir de que tengan conocimiento de ellos, sin perjuicio de que manifiesten previamente ante el Órgano Interno de control de Radiotelevisión de Veracruz, las irregularidades que a su juicio se hayan cometido, quienes resolverán lo procedente conforme a lo estipulado en las leyes aplicables.

 

La Contraloría General del Estado en atención a las inconformidades, realizará las verificaciones correspondientes y resolverá lo conducente dentro de un plazo que no excederá de 45 días naturales contados a partir de la fecha en que se interponga la inconformidad.

 

 

CAPITULO  XIV

DE LAS SANCIONES

 

QUINCUAGESIMA.- Las sanciones que se aplicarán con motivo del incumplimiento de las obligaciones derivadas de la convocatoria, bases, pedidos y contrato respectivo de la presente licitación pública serán las siguientes:

 

       I.- Se hará efectiva la garantía relativa al sostenimiento de ofertas en los siguientes casos:

 

         a).- Cuando los participantes no sostengan sus ofertas.

 

       b).- Cuando el participante ganador no suscriba el contrato o confirme el pedido, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del fallo.

 

       II.- Cuando el participante ganador una vez celebrado el contrato o pedido se atrase en la entrega de los artículos, se aplicará una pena convencional consistente en el importe correspondiente al CINCO AL MILLAR por cada día de atraso, el cual será deducido del importe total a pagar; dicha sanción se establecerá en el contrato o pedido respectivo.

 

       III.- Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato y pedido, cuando no se hagan las entregas de los materiales en el término acordado para ello. Asimismo, deberán reintegrar los anticipos más los intereses correspondientes. Los cargos se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado y se computarán por días de calendario desde la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la convocante.

      

         IV.- Se hará acreedor a una suspensión no menor de un año, a partir de la fecha del incumplimiento como proveedor del Gobierno del Estado, boletinándose a las demás dependencias o entidades la conducta del infractor, para que se abstengan de contratar con el mismo.

 

         V.- Las demás que procedan de acuerdo a las leyes aplicables.

 

 

CAPITULO XV

DE LAS MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Y LAS BASES

 

QUINCUAGESIMA PRIMERA.- La convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la licitación, siempre que no se busque con ello limitar el número de participantes y que las modificaciones se realizasen en una fecha que no exceda de aquella en que se realice la junta de aclaraciones.

 

Tratándose de la convocatoria las modificaciones se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación.

 

Cuando las modificaciones a las bases deriven de la junta de aclaraciones, se entregará copia del acta respectiva a cada uno de los licitadores y se notificará por escrito a quienes no la hubieran adquirido por estar ausentes de dicha reunión.

 

 

 

 

A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION

XALAPA, VER., A 27 DE NOVIEMBRE DEL 2001

 

 

 

 

 

 


C.P. BEATRIZ EUGENIA BELLO CONDE

SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A N E X O    Nº 1

LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº. LP 59085001/004/2001

RELATIVA A LA ADQUISICION DE

VIDEOCASSETES, AUDIOCASSETES Y CD'S

 

1.- DEL PROVEEDOR

 

R.F.C.

 

NOMBRE DE SU APODERADO:

 

DOMICILIO:

 

 

 

CALLE

 

 

 

 

COLONIA

C.P.

MUNICIPIO:

 

ESTADO:

 

TELÉFONO:

 

FAX:

 

CORREO ELECTRÓNICO:

 

ESCRITURA PÚBLICA DONDE CONSTE:

ACTA CONSTITUTIVA:

 

FECHA:

 

REFORMAS:

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

 

 

FECHA

 

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO QUE DIO FE A LOS MISMOS:

 

Nº DE LA NOTARIA:

 

LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO:

 

RELACIÓN DE LOS ACCIONISTAS:

 

 

 

 

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.- DEL REPRESENTANTE DEL PROVEEDOR:

 

ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA:

Nº:

 

FECHA:

 

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL FUE OTORGADA LA REPRESENTACIÓN:

 

Nº DE LA NOTARIA

 

LUGAR DE ADSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO:

 

 

A N E X O   Nº. 2

 

 

TEXTO QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES QUE DEBERAN INCLUIRSE EN LAS POLIZAS DE GARANTIA SOLICITADAS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LAS OFERTAS EN LA LICITACION PUBLICA Nº. LP 59085001/004/2001, RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE

VIDEOCASSETES, AUDIOCASSETES Y CD'S

 

 

Ante: la SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.-LLAVE.

 

Para garantizar por: (nombre de la persona que participa en la Licitación), hasta por la expresada cantidad de: ($ número y letra) el cumplimiento de las propuestas que se presenten en la Licitación Pública Nacional Nº. LP 59085001/004/2001, relativa a la adquisición de VIDEOCASSETES, AUDIOCASSETES Y CD'S.

A celebrarse el día 7 de Diciembre del 2001 y convocada por Radiotelevisión de Veracruz, para la adquisición de (descripción general de los bienes), en las cantidades, características y especificaciones que se describen en las bases correspondientes; la presente fianza estará en vigor hasta por un término de tres meses posteriores a la recepción y apertura de proposiciones. (nombre de la compañía afianzadora) acepta someterse al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.- Esta fianza solo podrá ser cancelada mediante autorización por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz-Llave.

 


 

 

A N E X O  Nº. 3

 

TEXTO QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES QUE DEBERAN INCLUIRSE EN LAS POLIZAS DE GARANTIA SOLICITADAS PARA CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN LA LICITACION PUBLICA Nº. LP 59085001/004/2001, RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE  DE VIDEOCASSETES, AUDIOCASSETES Y CD'S

 

 

Ante: la SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.-LLAVE.

 

Para garantizar por: ( nombre de la empresa que participa en la licitación ), hasta por la expresada cantidad de: ($ número y letra) el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato con folio no._____ celebrado con la ________________________________________________, fecha _________________________ relacionado con los pedidos nos. ____________ de fecha _________________ para la adquisición de ( Descripción general de los materiales ),.- Esta fianza garantiza también la calidad, defectos de fabricación  o vicios ocultos de los bienes materia del contrato y pedidos de referencia durante 1 año contados a partir de la fecha en que sean recibidos por Radiotelevisión de Veracruz; .- ( nombre de la compañía afianzadora) acepta expresamente continuar garantizando las obligaciones a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al deudor para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.- La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otra.- Esta fianza solo podrá ser cancelada mediante autorización por escrito de la dependencia o entidad convocante.

 

 

 

C. _______________________________________________

DE LA ___________________________________________.

P R E S E N T E.

 

 

 

            En relación a la Licitación Pública Nacional No. _____________, relativa _______________________________________ y en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que la empresa _________________________________________, no se encuentra en los supuestos que establece el artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado, como impedimentos para celebrar pedidos o contratos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTENIDO DEL ARTICULO 38

 

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y ADMINISTRACION DE LOS BIENES MUEBLES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

 

 

            Artículo 38.- Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar pedido o contrato alguno, en las materias a que se refiere esta ley, de las personas físicas o morales siguientes:

 

            I.- Aquellas en las que el servidor público que intervenga en cualquier forma en la adjudicación del contrato tenga un interés personal, familiar o de negocios. Se incluyen aquellas de cuyas operaciones pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles; o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; o bien para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte de algún modo;

 

            II.- Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público; o bien las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Contraloría; así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

 

            III.- Aquellos proveedores que por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato en más de una ocasión, dentro de un lapso de dos años calendario, contados a partir de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante dos años calendario contados a partir de la fecha de rescisión del segundo contrato;

 

            IV.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto de la fracción anterior respecto de dos o más dependencias o entidades, durante un año calendario contado a partir de la fecha en que la Secretaría lo haga del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal;

 

            V.- Las que no hubieren cumplido sus obligaciones contractuales respecto de las materias de esta ley, por causas imputables a ellas y, con ello, hayan ocasionado daños o perjuicios a la dependencia o entidad respectiva;

 

 

            VI.- Los proveedores o prestadores de servicios cuya actividad mercantil o de negocios, de conformidad con su objeto social registrado y autorizado, no corresponda o no tenga relación con los materiales o servicios solicitados por la dependencia o entidad;

 

            VII.- Las que hubieren proporcionado información falsa, o que hayan actuado con dolo o mala fe en algún proceso para la adjudicación de un contrato en su celebración, durante su vigencia o bien en la presentación o desahogo de una inconformidad;

 

            VIII.- Las que hayan celebrado contratos en contravención a lo dispuesto por esta ley;

 

            IX.- Los proveedores que se encuentren atrasados en la entrega de materiales o servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto al cumplimiento de otro u otros contratos;

 

            X.- Aquellas a las que se haya declarado en suspensión de pagos o estado de quiebra, o que estén sujetas a concurso de acreedores;

 

            XI.- Las que realicen o vayan a realizar suministros de materiales y servicios por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, en paralelo y en relación con otros trabajos de coordinación, supervisión, control de obra, instalaciones o de programas especiales; laboratorio de mecánica de análisis y control de calidad, laboratorio de mecánica de suelos y de resistencia de materiales y radiografías industriales; preparación de especificaciones de construcción, presupuestos o la elaboración de cualquier otro documento para la licitación de adjudicación del contrato de la misma obra o prestación de servicios;

 

            XII.- Las que por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, elaboren dictámenes, peritajes y avalúos, cuando se requiera dirimir controversias entre tales personas y la dependencia o entidad; y

 

            XIII.- Las demás que por cualquier otra causa se encuentren impedidas para ello por disposición de ley.

 

 

 

ANEXO TÉCNICO DE LA LICITACIÓN PUBLICA

Nº LP/59085001/001/2001 RELATIVA  A LA ADQUISICIÓN DE

VIDEOCASETES, AUDIOCASSETES Y CD'S.

 
 

 

 

 

 

 

 

PARTIDA

CANTIDAD

DESCRIPCIÓN

NOMBRE DEL PROVEEDOR

 

 

 

P. UNITARIO

TOTAL

1

100

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP 5 MINUTOS MA PARA CÁMARA PORTÁTIL.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

2

100

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP 10 MINUTOS MA PARA CÁMARA PORTÁTIL.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

3

100

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP 20 MINUTOS MA PARA CÁMARA PORTÁTIL.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

4

50

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP 30 MINUTOS MA PARA CÁMARA PORTÁTIL.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

5

50

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP MLA 60 MINUTOS.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

6

50

VIDEOCASSETTE BETACAM BCT SP MLA 90 MINUTOS.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

7

300

VIDEOCASSETTE AJ-P12 MP DVCPRO 12.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

8

60

VIDEOCASSETTE AJ-P23 MP DVCPRO 23.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

9

500

VIDEOCASSETTE AJ-P33 MP DVCPRO 33.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

10

500

VIDEOCASSETTE AJ-P66 MP DVCPRO 66.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

11

200

VIDEOCASSETTE AJ-P94 MP DVCPRO 94.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

12

400

VIDEOCASSETTE AJ P126 MP DVCPRO 126.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

13

50

VIDEOCASSETTE Hi 8 Pro MP 60 MIN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

14

180

VIDEOCASETTE VHS ED 5 MIN ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

15

180

VIDEOCASETTE VHS ED 10 MIN ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

16

180

VIDEOCASSETTE VHS ED 15 MIN CON ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

17

180

VIDEOCASSETTE VHS ED 30 MIN CON ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

18

120

VIDEOCASSETTE VHS ED 60 MINUTOS CON ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

19

120

VIDEOCASSETTE VHS ED 120 MINUTOS CON ESTUCHE DE CARTÓN.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

20

50

MINI DV DE 60 MIN (DVM 60 PR2).

$ 0,000.00

$ 0,000.00

21

50

MINI DV DE 90 MIN (DVM 90 PR2).

$ 0,000.00

$ 0,000.00

22

300

AUDIOCASSETE EFX 60 MINUTOS.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

23

1700

CD'S DE 75 MINUTOS CON ESTUCHE INDIVIDUAL  GENÉRICO.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

24

300

CAJAS DE PLÁSTICO PARA VIDEOCASSETTE VHS.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

25

5

CONVERTIDOR PARA DVC PRO MODELO AJ-CS75OP.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

26

1,000

BATERÍAS ALCALINA AA.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

27

300

BATERÍA ALCALINA 9 VOLTS.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

28

100

BATERÍA ALCALINA AAA.

$ 0,000.00

$ 0,000.00

 

SUBTOTAL

$ 0,000.00

 

 

I.V.A.:

$ 0,000.00

 

 

TOTAL:

$ 0,000.00

 

 

 

 

Anexo técnico