BASES DE PARTICIPACION
PARA LA LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO El Gobierno del Estado de Veracruz a través de Radiotelevisión de Veracruz, con apoyo en lo dispuesto en los artículos 132 de la Constitución Política del Estado; 4º de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 1º, 7º, 9º, 23, 26, 28, 29, 30 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado; y 44 fracción III del Decreto Número 45 de Presupuesto de Egresos del Estado de Veracruz-Llave para el Ejercicio Fiscal 2002; ha publicado el día 30 de abril de 2002 en los periódicos estatales El Sur de Veracruz y Diario de Xalapa y en el periódico Milenio de la Ciudad de México, así como en el Sistema Compranet, CONVOCATORIA No. 001/02 dirigida a todas aquellas personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº LP/59085001/001/2002, por lo que los interesados deberán sujetarse a las siguientes:
PRIMERA.- Los bienes a adquirir son EQUIPO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y TÉCNICO PARA UN CANAL DE TELEVISIÓN, de conformidad con las cantidades y especificaciones técnicas establecidas en el anexo técnico de las presentes bases de licitación. SEGUNDA.- Los licitantes podrán participar parcial o totalmente por las partidas en concurso, admitiéndose una sola opción de cotización, misma que deberá sujetarse estrictamente al requerimiento solicitado. TERCERA.- La adjudicación se otorgará por partida o partidas según el resultado de la evaluación al o los proveedores que cumpla (n) con las especificaciones solicitadas y satisfaga (n) las mejores condiciones a juicio de la convocante. CUARTA.- Los bienes en licitación deberán estar garantizados por los participantes contra cualquier defecto de fabricación, composición o vicios ocultos, por un termino mínimo de un año a partir de la fecha de su recepción, debiendo incluir dentro de la propuesta técnica las garantías del
QUINTA.- El participante ó participantes a quien se le adjudique el contrato derivado de la presente licitación, deberán sujetarse a las siguientes condiciones: Plazo de entrega.-
45 días naturales contados a partir de la notificación del
fallo, la entrega será supervisada por las Subdirecciones Técnica
y de Recursos Materiales. No se aceptarán entregas parciales. SEPTIMA.- El seguro de traslado de los bienes correrá por cuenta del proveedor. Todos los costos que erogue el participante en la preparación y presentación de su propuesta será totalmente a su cargo, liberando a Radiotelevisión de Veracruz, Organismo Público Descentralizado de la obligación de reintegrarlos, cualquiera que sea el resultado de la licitación. CAPITULO II REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA OCTAVA.- La convocante tendrá a su cargo el procedimiento general del concurso. La evaluación de las proposiciones correrá a cargo del comité para la presente licitación. Ésta tendrá amplias facultades para aplicar las presentes bases y las leyes que sean relativas a la licitación. A los actos concernientes al procedimiento de la licitación, se invitará a los representantes de la Contraloría General del Estado, de la Contraloría Interna y de la Secretaria de Finanzas y Planeación.
DÉCIMA.- Para los efectos anteriormente mencionados, el domicilio de la convocante será el que ocupa la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz en Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad del Bosque de la ciudad de Xalapa, Veracruz, con teléfono 814 14 44 ext. 127. DÉCIMA PRIMERA.- En la presente licitación pública podrán participar todas las personas físicas y morales legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos de la convocatoria, bases y los señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado Veracruz-Llave, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Todo interesado que satisfaga los requisitos de la convocatoria y las bases de la presente licitación tendrá derecho a presentar sus proposiciones. La convocante proporcionará a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con la licitación. DÉCIMA SEGUNDA.- Los proveedores participantes deberán otorgar garantía por los actos o contratos que celebre conforme a lo siguiente: a) Para asegurar la
seriedad de las proposiciones en la presente licitación pública,
cada participante deberá entregar dentro del sobre de la propuesta
económica: fianza, giro bancario, cheque certificado o cheque de
caja a nombre de la Secretaría de Finanzas y Planeación
del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, por el equivalente al 5% (CINCO
POR CIENTO), del monto total de su propuesta antes de I.V.A., conforme
al anexo No. 2. Por ser las garantías un documento legal no deberán
ser perforadas ni engargoladas o adheridas a la propuesta económica.
I.- La fianza y la póliza deberán estar vigentes por un año contado a partir de la fecha en que Radiotelevisión de Veracruz reciba de conformidad los bienes materia de la licitación. II.- Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. III.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de la convocante el cumplimiento del contrato. IV.- Se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no firme el contrato que se derive del fallo de la presente licitación y no sostenga su oferta, aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza. V.- La póliza sólo podrá cancelarse a petición por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz. Por ser las garantías un documento legal no deberán ser perforadas ni engargoladas o adheridas a algún papel. DECIMA TERCERA.- La convocante conservará en custodia las garantías hasta la fecha del fallo o que se haga la declaración de desierta, en la que serán devueltas a los participantes a cambio de los recibos expedidos por la convocante, con excepción de aquel a quien se hubiere adjudicado el pedido o contrato o presente inconformidad. Ésta se retendrá hasta el momento en que se constituya la garantía de cumplimiento del pedido o contrato correspondientes o hasta que la inconformidad se resuelva.
DECIMA CUARTA.- El procedimiento de la presente licitación pública nacional, se compondrá de la siguiente forma: a).- Publicación de la convocatoria.
f).- Notificación del fallo. g).- Suscripción del contrato. h).- Entrega de los bienes de conformidad con la convocante. A los actos señalados en las presentes bases deberá comparecer sólo un representante o apoderado legal de la empresa participante. DÉCIMA QUINTA.- Los interesados podrán adquirir las bases en la Subdirección de Recursos Materiales de Radiotelevisión de Veracruz, sita en Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad del Bosque de la ciudad de Xalapa, Veracruz los días 30 de abril, 2, 3, 6 y 7 de mayo del 2002, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 18:00 a 20:00 horas. Las bases también estarán disponibles en el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales (COMPRANET), con dirección electrónica en internet: www.veracruz.compranet.gob.mx durante los mismos días. DÉCIMA SEXTA.-
El costo de las presentes bases de la licitación será de:
Cuando la adquisición
de las bases se realice a través de COMPRANET VER. deberá
remitirse el comprobante de pago al fax 01 22 88 14 14 44 ext. 127.
DECIMA OCTAVA.- Cualquier duda o aclaración con respecto a la convocatoria y bases de licitación, será resuelta en la junta de aclaraciones, debiendo formularlas por escrito y remitirlas a mas tardar el día 8 de mayo a las 12:00 horas a Radiotelevisión de Veracruz, con domicilio en Cerro de la Galaxia s/n colonia Unidad del Bosque, de la ciudad de Xalapa, Veracruz, mediante oficio, correo, telégrafo o fax 01 2288 14-14-44 ext. 127. Anexo a sus preguntas deberán enviar copia del recibo de compra de bases de participación, de no ser así, no se considerarán para la resolución de dudas. DÉCIMA NOVENA.- La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 9 de mayo del 2002 a las 11:00 horas en la sala de juntas de Radiotelevisión de Veracruz, con domicilio en Cerro de la Galaxia s/n, colonia Unidad del Bosque de la ciudad de Xalapa, Veracruz, ante la presencia del representante de la Contraloría General del Estado, de la Contraloría Interna y de la Secretaría de Finanzas y Planeación. La asistencia a este acto será opcional para los participantes, pero los acuerdos que se tomen serán obligatorios para todos. Será responsabilidad de los concursantes que no asistan a la junta de aclaraciones, informarse de los pormenores derivados de la misma ya sea a través del sistema COMPRANET o directamente en las oficinas de la convocante. VIGÉSIMA.- En la junta se dará respuesta a las preguntas que sean presentadas en tiempo y forma por los participantes, hasta el día 8 de mayo a las 12:00 horas. Los concursantes se abstendrán de formular preguntas que no se realicen en su oportunidad. VIGÉSIMA PRIMERA.- Se elaborará acta circunstanciada que deberán rubricar los asistentes a la misma; la omisión de firma por parte de alguno de ellos no invalidará su contenido. Las modificaciones a las bases que se deriven de la junta de aclaraciones, se asentarán en el acta y se entregará copia de la misma a cada uno de los participantes, anexando las respuestas emitidas por la convocante a las preguntas de los participantes y se notificará por escrito a quienes no las hubieran adquirido por haber estado ausentes de dicho reunión.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Las propuestas que presentarán los participantes, serán: técnicas y económicas y contendrán los datos que a continuación se indican, debiéndose elaborar de la siguiente forma:
II.- Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse por separado en sobres cerrados, de manera que los hagan inviolables. III.- Las propuestas técnicas y económicas, así como los documentos que las integran deberán ser firmados por quien legalmente tenga facultad para asumir las obligaciones que de esta licitación pública se generen, debiendo sostenerse los precios aún en caso de errores aritméticos o de otra naturaleza. IV.- En el sobre de la propuesta técnica, deberá incluirse toda la documentación técnica que indique las especificaciones y características de los bienes que cotiza así como: a) Garantizar la existencia de refacciones mínimo por 10 años. b) Carta compromiso de garantizar los bienes por un término mínimo de un año contados a partir de su recepción, obligándose a cambiar aquellos bienes que por sus defectos o vicios ocultos así lo ameriten. c) Escrito bajo protesta de decir verdad que es una empresa establecida en México por un término no menor de cinco años (copia certificada de comprobante de domicilio). Así mismo que cuenta con personal técnico capacitado suficiente, con laboratorio técnico y stock de refacciones. d) Escrito bajo propuesta de comprometerse a proporcionar la capacitación y mantenimiento a satisfacción de la convocante. Entregando los manuales de operación y servicio correspondientes en original, no se aceptarán copias ni documentos de internet. e) Escrito bajo protesta de decir verdad que los bienes que cotiza cuentan con un 30% de integración nacional, conforme al anexo Nº 6. f).- Los participantes deberán presentar con carácter de obligatorio, las cartas de acreditación como distribuidor autorizado de los bienes que cotiza. g).- Presentar dentro del sobre de su propuesta técnica, en una carpeta ordenada por partida, folletos, catálogos y demás documentos que contengan de manera clara y precisas las características y especificaciones de los bienes cotizados. h).- Los proveedores que participen a través de un representante y con objeto de acreditar su personalidad para participar en la presente licitación deberán : · Presentar un escrito donde el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente, conforme al anexo No. 5 · Presentar
debidamente requisitado el anexo No. 1 de las presentes bases. V.- En el sobre único de la propuesta económica, los requisitos serán: a).- Describir en forma detallada los precios unitarios y globales, desglosando el importe del concepto del Impuesto al Valor Agregado, así como los descuentos que en su caso ofrezcan. b).- Deberá incluirse la garantía de sostenimiento de propuestas a que se hace referencia en la cláusula décima segunda inciso a) de las presentes bases. c).- Deberá estipularse el tiempo y la forma de entrega, tipo de garantía que ofrecen de sus productos, así como todas aquellas condiciones que beneficien a Radiotelevisión de Veracruz, las que serán tomadas en consideración en el dictamen correspondiente. d).- Indicar domicilio y teléfono donde se le podrá hacer cualquier tipo de notificación. e).- Escrito bajo protesta de decir verdad que se leyeron las bases y que está conforme con lo establecido en las mismas. VIGÉSIMA TERCERA.- Los anexos que son parte integrante de estas bases deberán ser mecanografiados en papel membretado de la participante. CAPITULO
IV VIGESIMA CUARTA.-
El acto de registro de participantes se efectuará en el lapso de
la hora anterior a la celebración del acto de recepción
y apertura de proposiciones, en la sala de juntas de Radiotelevisión
de Veracruz, ubicada en Cerro de la Galaxia s/n , colonia Unidad del Bosque
de la ciudad de Xalapa, Veracruz. El acto de recepción y apertura de proposiciones técnicas y económicas se llevará a cabo el día 15 de mayo del 2002, a las 11:00 horas en la sala de juntas de Radiotelevisión de Veracruz, en el domicilio anteriormente citado. VIGÉSIMA SEXTA.- Al acto de recepción y apertura deberá concurrir únicamente un representante por empresa participante,. Queda prohibida la utilización de teléfonos celulares o localizadores durante el proceso del acto. VIGESIMA SÉPTIMA.- El acto de apertura de ofertas será presidido por el funcionario que Radiotelevisión de Veracruz designe, el cual será la única autoridad facultada para aceptar o desechar alguna proposición de las presentadas durante dicho acto, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave. VIGÉSIMA OCTAVA.- Iniciado el acto de apertura de ofertas se pasará lista y al ser nombrados, los participantes entregarán en sobres cerrados sus proposiciones técnicas y económicas. Se procederá a la apertura de los mismos, ante la presencia de los asistentes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las bases de la presente licitación, se dará lectura a la parte sustantiva de las proposiciones aceptadas, mencionando los precios totales con y sin incluir el Impuesto al Valor Agregado I.V.A., lugar y tiempo de entrega, condiciones de pago, garantía de los bienes y demás condiciones ofrecidas por los proveedores. VIGÉSIMA NOVENA.- Las propuestas recibidas deberán firmarse por lo menos en las partes correspondientes a las especificaciones, aspectos económicos, tiempo y lugar de entrega, cuando menos por dos proveedores designados por los concursantes y por los servidores públicos de la convocante así como de la Contraloría General del Estado, de la Contraloría Interna y de la Secretaría de Finanzas y Planeación presentes en el acto. TRIGÉSIMA.- Se levantará acta circunstanciada en la que se harán constar las proposiciones recibidas y sus importes; las rechazadas con las causas que las motivaron y las observaciones que manifiesten los participantes, entregándose a cada uno de ellos copia del acta, misma que será firmada por todos los asistentes al acto; la omisión de firmas por parte de alguno de ellos no invalidará el contenido y efecto del acta.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- La convocante, para efectuar el análisis de las proposiciones y de acuerdo con su presupuesto, elaborará un dictamen técnico- económico en el que se harán constar las propuestas admitidas y desechadas, asimismo se expresará cual de los participantes reúne las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y demás circunstancias pertinentes para la convocante, indicando también las razones y las causas por las que en su caso se preceda a su descalificación. TRIGESIMA SEGUNDA.- El dictamen se hará por escrito y contendrá los puntos resolutivos, expresando de manera resumida en favor de quién ó quienes se debe pronunciar el fallo para celebrar los contratos y fincar los pedidos de la presente licitación, con el apercibimiento para los ganadores de que si no comparecen a suscribirlos en el término estipulado para ello, se adjudicará si la oferta resulta conveniente, a la siguiente mejor postura, perdiendo a favor del Gobierno del Estado de Veracruz, el importe de la garantía de seriedad de su propuesta. La adjudicación de la licitación se hará en los términos estipulados en la cláusula tercera de estas bases. TRIGESIMA TERCERA.- En caso de ser necesario, la convocante podrá solicitar para la elaboración y emisión del dictamen, la opinión técnica de un asesor perito en la materia para el análisis de los bienes objeto de la presente licitación. Además, podrá realizar visitas a las instalaciones de los participantes cuando así lo determine conveniente, con el fin de comprobar y determinar su capacidad y aptitud para dar cumplimiento a su oferta.
TRIGESIMA CUARTA.- Se descalificará a los participantes que incumplan con cualquiera de los requisitos exigidos por las presentes bases; asimismo, quienes se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave. CAPITULO
VII TRIGESIMA QUINTA.- Elaborado el dictamen correspondiente, si el fallo de la licitación no puede emitirse en el acto de apertura de ofertas, podrá darse a conocer en acto público posterior al cual se invitará a un representante de la Contraloría General del Estado, un representante de la Contraloría Interna y a un representante de la Secretaría de Finanzas y Planeación y se levantará acta que podrá incluir, si hubiere, las observaciones de los asistentes y será firmada por éstos, a cada uno de los cuales se les entregará copia. La omisión de firma de los proveedores no invalidará el contenido y efectos del acta. Si a quien se le haya adjudicado el contrato no está presente, se le notificará el fallo correspondiente en un plazo no mayor de tres días. Se podrá optar por comunicar el fallo a los participantes, mediante escrito con acuse de recibo.
TRIGESIMA SEXTA.- Los contratos que deban formalizarse como resultado de la adjudicación, deberán suscribirse en un término no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que se hubiere notificado al participante el fallo correspondiente. Asimismo deberá comparecer ante la Subdirección de Recursos Materiales para suscribir el contrato respectivo, presentando la siguiente documentación: a).- Original y copia para cotejo del acta constitutiva de la persona moral de que se trate, incluyendo modificaciones que en sus caso se hubieren realizado. b).- Original y copia para cotejo del testimonio notarial que acredite la personalidad de su representante. c).- Comprobante de domicilio. d).- Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la alta ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público donde conste dedicarse al giro relacionado con los bienes materia de la licitación. e).- Fianza de cumplimiento de contrato conforme a la cláusula décima segunda inciso b). d).- Número
de cuenta bancaria a efecto de depositar el pago de la factura respectiva
por sistema electrónico. TRIGÉSIMA OCTAVA.- El pago de los bienes se hará en moneda nacional a los 20 días posteriores a la entrega de los bienes a entera satisfacción de la convocante y de entregada la factura correspondiente debidamente requisitada. El pago se hará efectivo en la Subdirección Administrativa de Radiotelevisión de Veracruz. El participante a quien se hubiere adjudicado el contrato, no estará obligado a suministrar los bienes, si la convocante, por causas no imputables al participante, no firmare el contrato dentro del plazo establecido en este artículo. TRIGÉSIMA NOVENA.- Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a ninguna otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa de la convocante. CUADRAGÉSIMA.- Los proveedores dispondrán de un plazo de dos días hábiles a partir de la fecha en que reciban el pedido o contrato, para presentar por escrito las aclaraciones correspondientes al contenido de esos documentos. La convocante con plazo similar para dar respuesta, asimismo la condición de que serán a precio fijo. CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- Dentro de su presupuesto aprobado y disponible, la convocante, bajo su responsabilidad y por razones fundadas, podrá acordar el incremento en la cantidad de artículos solicitados mediante modificaciones al contrato vigente, dentro de los seis meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los artículos sea igual al pactado originalmente. CUADRAGÉSIMA SEGUNDA.- Cualquier modificación a los contratos deberá formalizarse por escrito. Los instrumentos legales respectivos serán suscritos por el servidor público que lo haya hecho en el contrato o por quien lo sustituya. Asimismo la convocante se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a preciso, anticipos y en general cualquier
CUADRAGÉSIMA TERCERA.- Radiotelevisión de Veracruz podrá rescindir administrativamente el contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así como revocarlos anticipadamente cuando concurran razones de interés público. CUADRAGESIMA CUARTA.- Radiotelevisión de Veracruz, únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado; los proveedores cubrirán las cuotas compensatorias a que, conforme la Ley de la materia pudiera estar sujeta la importación de bienes objeto de los contratos. En estos casos no procederán incrementos a los precios pactados o cualquier otra modificación al contrato, así como las demás contribuciones que se causen por motivo de la celebración de los contratos o pedidos, correrán a cargo del proveedor. CUADRAGÉSIMA QUINTA.- Los proveedores contratantes se responsabilizan expresamente en los casos que se infrinjan derechos de autor, patentes o marcas, quedando liberado totalmente de ello Radiotelevisión de Veracruz .
CUADRAGÉSIMA SEXTA.- Radiotelevisión de Veracruz, podrá declarar desierta la presente Licitación Pública y expedirá una nueva convocatoria en los siguientes casos: I.- Cuando ningún proveedor se hubiere inscrito para participar o no hubieren concurrido al acto de recepción y apertura de propuestas. II.- Cuando ninguna de las ofertas presentadas reúnan los requisitos establecidos en las bases de la licitación o que sus precios no sean aceptables, de acuerdo a estudio de mercado efectuada por la dependencia convocante. La declaración que haga Radiotelevisión de Veracruz, de considerar desierta alguna partida o en su caso la licitación pública en su totalidad se comunicará por escrito a los participantes. CUADRAGÉSIMA SEPTIMA.- Declarada desierta la licitación, se procederá a expedir una segunda convocatoria para una nueva licitación, a la cual podrán inscribirse todos los participantes de la primera, incluyendo los que fueron descalificados, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en las bases respectivas. CAPITULO
XIV CUADRAGÉSIMA OCTAVA.- Cuando concurran razones de interés público, la dependencia convocante podrá proceder a la cancelación o reducción de la partida en concurso, haciéndolo del conocimiento de los participantes en forma oportuna, con anterioridad o durante la celebración de la junta de aclaraciones. CAPITULO
XV CUADRAGÉSIMA NOVENA.- Las inconformidades por parte de los participantes, se harán valer por escrito ante la Contraloría General del Estado, por los actos que contravengan las disposiciones de las presentes bases y de la Ley que regula la presente licitación, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los actos ocurran o a partir de que tengan conocimiento de ellos, sin perjuicio de que manifiesten previamente ante el Órgano Interno de control de Radiotelevisión de Veracruz, las irregularidades que a su juicio se hayan cometido, quienes resolverán lo procedente conforme a lo estipulado en las leyes aplicables. La Contraloría General del Estado en atención a las inconformidades, realizará las verificaciones correspondientes y resolverá lo conducente dentro de un plazo que no excederá de 45 días naturales contados a partir de la fecha en que se interponga la inconformidad. CAPITULO
XVI QUINCUAGÉSIMA.- Las sanciones que se aplicarán con motivo del incumplimiento de las obligaciones derivadas de la convocatoria, bases, pedidos y contrato respectivo de la presente licitación pública serán las siguientes: I.- Se hará efectiva la garantía relativa al sostenimiento de ofertas en los siguientes casos: a).- Cuando los participantes no sostengan sus ofertas. b).- Cuando el participante ganador no suscriba el contrato o confirme el pedido, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del fallo.
III.- Se hará efectiva la fianza relativa al cumplimiento del contrato y pedido, cuando no se hagan las entregas de los bienes en el término acordado para ello. IV.- Se hará acreedor a una suspensión no menor de un año, a partir de la fecha del incumplimiento, como proveedor del Gobierno del Estado, boletinándose a las demás dependencias o entidades la conducta del infractor, para que se abstengan de contratar con el mismo, de conformidad con el artículo 88 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Estado de Veracruz-Llave. V.- Las demás que procedan de acuerdo a las leyes aplicables.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.- La concocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la licitación, siempre que no se busque con ello limitar el número de participantes y que las modificaciones se realicen en una fecha que no exceda de aquella en que se efectúe la junta de aclaraciones. Tratándose de la convocatoria las modificaciones se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación. Cuando las modificaciones a las bases deriven de la junta de aclaraciones, se entregará copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes y se notificará por escrito a quienes no la hubieren adquirido por estar ausentes de dicha reunión. A T E N T A M E N T E Xalapa,
Veracruz a 29 de abril del 2002 C.P. BEATRIZ EUGENIA BELLO CONDE
1.- DEL PROVEEDOR
2.- DEL REPRESENTANTE DEL PROVEEDOR:
A N E X O Nº. 2
Ante: la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE. Para garantizar por: (nombre de la persona que participa en la Licitación), hasta por la expresada cantidad de: ($ número y letra) el cumplimiento de las propuestas que se presenten en la Licitación Pública Nacional Nº. LP/59085001/001/2002, relativa a la adquisición de EQUIPO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y TÉCNICO PARA UN CANAL DE TELEVISIÓN convocada por Radiotelevisión de Veracruz, para la adquisición de (descripción general de los bienes), en las cantidades, características y especificaciones que se describen en las bases correspondientes; la presente fianza estará en vigor hasta por un término de tres meses posteriores a la recepción y apertura de proposiciones. (nombre de la compañía afianzadora) acepta someterse al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.- Esta fianza solo podrá ser cancelada mediante autorización por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz-Llave.
Ante: la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE.
A N E X O Nº. 4 C. _______________________________________________ En relación a la Licitación Pública Nacional No. LP/59085005/001/2002, relativa a la adquisición de EQUIPO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y TÉCNICO PARA UN CANAL DE TELEVISIÓN y en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que la empresa _________________________________________, no se encuentra en los supuestos que establece el artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado, como impedimentos para celebrar pedidos o contratos. A T E N T A M E N T E
A N E X O Nº. 5
A T E N T A M E N T E REPRESENTANTE LEGAL
A N E X O Nº. 6
En relación a la licitación pública nacional No. LP/59085001/001/2002, relativa a la adquisición de EQUIPO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y TÉCNICO PARA UN CANAL DE TELEVISIÓN y en cumplimiento a las bases establecidas para participar en este concurso, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que los bienes cotizados cuentan con un 30% de integración nacional.
___________________________________
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y ADMINISTRACION DE LOS BIENES MUEBLES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE
I.- Aquellas en las que el servidor público que intervenga en cualquier forma en la adjudicación del contrato tenga un interés personal, familiar o de negocios. Se incluyen aquellas de cuyas operaciones pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles; o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; o bien para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte de algún modo; II.- Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público; o bien las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Contraloría; así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; III.- Aquellos proveedores que por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato en más de una ocasión, dentro de un lapso de dos años calendario, contados a partir de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante dos años calendario contados a partir de la fecha de rescisión del segundo contrato; IV.- Los proveedores que se encuentren en el supuesto de la fracción anterior respecto de dos o más dependencias o entidades, durante un año calendario contado a partir de la fecha en que la Secretaría lo haga del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal; V.- Las que no hubieren cumplido sus obligaciones contractuales respecto de las materias de esta ley, por causas imputables a ellas y, con ello, hayan ocasionado daños o perjuicios a la dependencia o entidad respectiva; VI.- Los proveedores o prestadores de servicios cuya actividad mercantil o de negocios, de conformidad con su objeto social registrado y autorizado, no corresponda o no tenga relación con los bienes o servicios solicitados por la dependencia o entidad; VII.- Las que hubieren proporcionado información falsa, o que hayan actuado con dolo o mala fe en algún proceso para la adjudicación de un contrato en su celebración, durante su vigencia o bien en la presentación o desahogo de una inconformidad; VIII.- Las que hayan celebrado contratos en contravención a lo dispuesto por esta ley; IX.- Los proveedores que se encuentren atrasados en la entrega de bienes o servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto al cumplimiento de otro u otros contratos; X.- Aquellas a las que se haya declarado en suspensión de pagos o estado de quiebra, o que estén sujetas a concurso de acreedores; XI.- Las que realicen o vayan a realizar suministros de bienes y servicios por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, en paralelo y en relación con otros trabajos de coordinación, supervisión, control de obra, instalaciones o de programas especiales; laboratorio de mecánica de análisis y control de calidad, laboratorio de mecánica de suelos y de resistencia de materiales y radiografías industriales; preparación de especificaciones de construcción, presupuestos o la elaboración de cualquier otro documento para la licitación de adjudicación del contrato de la misma obra o prestación de servicios; XII.- Las que por sí o a través de empresas del mismo grupo empresarial, elaboren dictámenes, peritajes y avalúos, cuando se requiera dirimir controversias entre tales personas y la dependencia o entidad; y XIII.- Las demás que por cualquier otra causa se encuentren impedidas para ello por disposición de ley. |