Fecha de actualización: 18 de Julio de 2012
El Poder Judicial del Estado deberá hacer públicas las sentencias y resoluciones que hayan causado estado o ejecutoria, dentro de las que deberá solicitarse a las partes que manifiesten en el plazo de ocho días hábiles su oposición a la publicación de sus datos personales; de no manifestarlo así se tendrá por afirmativa su publicación.
Validación aprobada por el Consejo General del IVAI, por acuerdo CG/SE-216/11/08/2008, de fecha 11 de agosto de 2008.